Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2015 (29/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Sábado 29 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES
A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : Gobierno Central

560323
En Nuevos Soles

considerada en su presupuesto institucional del presente año fiscal y que dicha demanda se orientará a financiar el inicio de la ejecución de dos (02) proyectos de inversión pública concernientes a Centros de Innovación Tecnológica, denominados "Instalación de Servicios Tecnológicos en la cadena productiva de frutos tropicales y acuícola en la región Loreto, distrito de Iquitos, provincia de Maynas" con código SNIP 316573 e "Instalación de Servicios para la Transferencia Tecnológica en la actividad minero artesanal, en los distritos de Madre de Dios, Huepetuhe y Laberinto de las provincias Manu y Tambopata del departamento de Madre de Dios" con código SNIP 316178; Que, mediante el Oficio Nº 1842-2015-PRODUCE/ SG, el Ministerio de la Producción solicita recursos adicionales a favor del pliego Instituto Tecnológico de la Producción ­ ITP hasta por la suma de SEIS MILLONES NOVECIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTITRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 906 223,00) para financiar el inicio de la ejecución de dos (02) proyectos de inversión pública concernientes a Centros de Innovación Tecnológica declarados viables en el marco del SNIP, señalados en el considerando precedente; para tal fin, adjunta el Informe Nº 481-2015-PRODUCE/ OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Producción; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos solicitados no han sido autorizados en la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, por lo que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma de SEIS MILLONES NOVECIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTITRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 906 223,00), a favor del pliego: 241 Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, para ser destinado a financiar el inicio de la ejecución de dos (02) proyectos de inversión pública concernientes a Centros de Innovación Tecnológica; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de SEIS MILLONES NOVECIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTITRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 906 223,00), a favor del pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, para financiar el inicio de la ejecución de dos (02) proyectos de inversión pública concernientes a Centros de Innovación Tecnológica, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles

241 : Instituto Tecnológico Producción - ITP 001 : Instituto Tecnológico Producción - ITP

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la la las

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0093: Desarrollo Productivo Empresas PROYECTO

2270500 : Instalación de Servicios Tecnológicos en la cadena productiva de frutos tropicales y acuícola en la región Loreto, distrito de Iquitos, provincia de Maynas 1 : Recursos Ordinarios

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros PROYECTO

4 565 344,00

2274748 : Instalación de Servicios para la Transferencia Tecnológica en la actividad minero artesanal, en los distritos de Madre de Dios, Huepetuhe y Laberinto de las provincias Manu y Tambopata del departamento de Madre de Dios 1 : Recursos Ordinarios 2 340 879,00 -----------------6 906 223,00 ==========

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de agosto del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas

SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS 6 906 223,00 -----------------6 906 223,00 ========== ACTIVIDAD

1280960-4

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