Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2015 (30/12/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Miércoles 30 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

571245

13.6 Toda la información suscrita y remitida al amparo de lo dispuesto en la presente Directiva tiene carácter de Declaración Jurada, bajo responsabilidad de los funcionarios que la suscriben y remiten; por lo que se sujetan a las responsabilidades que la legislación vigente determine. 13.7 Cualquier incumplimiento a lo dispuesto en la presente Directiva deberá ser comunicado al Órgano de Control Institucional de la Entidad (OCI) y de no contar con dicho organo a las Oficinas Regionales de Control de la Contraloria General de la Republica correspondiente, para que determine las acciones a que hubiere lugar. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA ÚNICA.- Respecto a la celeridad del trámite para las acciones de emergencia financiadas con los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley 30373 La tramitación al interior de cada una de las instituciones involucradas en la gestión de las acciones de emergencia financiadas con los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley 30373, deberán ser consideradas prioritariamente sobre cualquier otro trámite o acción, siempre que se cumpla con lo señalado en la presente Directiva. 1328674-1

Que, el Informe antes indicado sustenta la necesidad de precisar de una forma adecuada los roles y responsabilidades de las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) y de las Direcciones Regionales de Educación o Gerencias Regionales de Educación (DRE/ GRE), en la implementación de las acciones orientadas a garantizar el desarrollo del año escolar 2016 en la Educación Básica, en concordancia con las políticas priorizadas del Sector Educación; Que, mediante Resolución Ministerial N° 572-2015-MINEDU se aprobó la Norma Técnica denominada "Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2016 en Instituciones Educativas y Programas de la Educación Básica"; motivo por el cual resulta conveniente identificar en forma clara las responsabilidades de las DRE/GRE y las UGEL en el marco del desarrollo del Año Escolar 2016; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Resolución Ministerial N° 520-2013-ED, que aprueba la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada "Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación"; SE RESUELVE:

EDUCACION
Aprueban Norma Técnica "Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2016: Responsabilidades de las DRE/GRE y las UGEL"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 596-2015-MINEDU Lima, 29 de diciembre de 2015 Vistos, el Expediente N° 229183-2015, el Informe N° 012-2015-MINEDU/VMGI-DIGEGED de la Dirección General de Gestión Descentralizada, y el Informe N° 954-2015-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad el definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el literal a) del artículo 80 de la referida Ley señala, entre otras funciones del Ministerio de Educación, la de definir, dirigir, regular y evaluar, en coordinación con las regiones, la política educativa y pedagógica nacional, y establecer políticas específicas de equidad; Que, las actividades educativas deben desarrollarse en el respectivo año escolar, dentro del marco establecido en la Ley N° 28044 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED; Que, mediante Informe N° 012-2015-MINEDU/ VMGI-DIGEGED, suscrito por la Dirección General de Gestión Descentralizada, la Dirección General de Educación Básica Regular, la Dirección General de Desarrollo Docente, la Dirección General de Calidad de las Instituciones Educativas, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación, la Dirección de Gestión de Recursos Educativos, la Oficina de Defensa Nacional y de Gestión del Riesgo de Desastres, la Secretaría de Planificación Estratégica y el Programa Nacional de Infraestructura Educativa; se propone la aprobación de la Norma Técnica denominada "Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2016: Responsabilidades de las DRE/GRE y las UGEL";

Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2016: Responsabilidades de las DRE/GRE y las UGEL", la misma que, como Anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1328633-1

ENERGIA Y MINAS
Nominan peritos mineros en el ámbito nacional para el periodo 2016-2017
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 3437-2015-MEM-DGM Lima, 29 de diciembre de 2015 VISTO, el Oficio Nº 001-2015-MEM/DGM/DTM del Presidente de la Comisión Evaluadora constituida mediante Resolución Directoral Nº 1808-2015-MEM/ DGM de fecha 03 de noviembre de 2015, para efectuar la evaluación de los postulantes a la convocatoria realizada por la Dirección General de Minería para ser nominados o renovar nominación de Peritos Mineros para el Período 2016-2017. CONSIDERANDO: Que, el artículo 4º del Reglamento de Peritos Mineros, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-96-EM, modificado por el Decreto Supremo Nº 050-2002-EM, establece que por resolución de la Dirección General de Minería se nominará a los peritos mineros seleccionados por la Comisión Evaluadora nombrada para tal efecto; Que, la Comisión Evaluadora constituida por Resolución Directoral Nº 1808-2015-MEM/DGM ha realizado el procedimiento de evaluación de los expedientes presentados por los profesionales postulantes para el período 2016-2017 y ha informado los resultados de la evaluación;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.