Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2015 (31/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 212

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NORMAS LEGALES

Jueves 31 de diciembre de 2015 /

El Peruano

Reglamento del ROP, este órgano colegiado considera necesario habilitar días no hábiles como válidos para la presentación de tachas contra los partidos políticos y alianzas electorales en proceso de inscripción. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la presidencia del magistrado Baldomero Elías Ayvar Carrasco, por ausencia del Presidente titular, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- HABILITAR, excepcionalmente, los días viernes 1, sábado 2 y domingo 3 de enero de 2016, para el cómputo del plazo de tachas contra los partidos políticos y alianzas electorales en proceso de inscripción ante el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. AYVAR CARRASCO FERNÁNDEZ ALARCÓN CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1329193-8

MINISTERIO PUBLICO
Prorrogan vigencia de los Despachos y Plazas Fiscales Transitorias, materia de Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 003-2015-MP-FN-JFS
RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 197 -2015-MP-FN-JFS Lima, 29 de diciembre de 2015 VISTOS y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 003-2015-MP-FN-JFS, de fecha 09 de enero de 2015, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2015, la vigencia de los despachos y plazas fiscales creadas con carácter transitorio, materia de Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 172-2013-MP-FN-JFS de fecha 26 de diciembre de 2013; Mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 061-2011-MP-FN-JFS de fecha 24 de junio de 2011 se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2011, la vigencia de los despachos y plazas fiscales creadas con carácter transitorio materia de las Resoluciones de Junta de Fiscales Supremos N° 052-2010-MP-FN-JFS de fecha 25 de junio de 2010 (comprende las Resoluciones N° 065-2009-MPFN-JFS, N° 082-2009-MP-FN-JFS, N° 084-2009-MP-FNJFS, N° 086-2009-MP-FN-JFS y N° 009-2010-MP-FNJFS); Resoluciones N° 035-2010-MP-FN-JFS de fecha 04 de mayo de 2010; N° 037-2010-MP-FN-JFS de fecha 14 de mayo de 2010; N° 040-2010-MP-FN-JFS de fecha 21 de mayo de 2010; N° 054-2010-MP-FN-JFS de fecha 25 de junio de 2010; N° 057-2010-MP-FN-JFS de fecha 09 de julio de 2010; N° 058-2010-MP-FN-JFS de fecha 09 de julio de 2010; N° 059-2010-MP-FN-JFS de fecha 09 de julio de 2010; N° 060-2010-MP-FN-JFS de fecha 13 de julio de 2010; N° 061-2010-MP-FN-JFS de fecha 13 de julio de 2010; N° 065-2010-MP-FN-JFS de fecha 16 de agosto de 2010; N° 070-2010-MP-FN-JFS de fecha 04 de

octubre de 2010; N° 080-2010-MP-FN-JFS de fecha 28 de octubre de 2010; y, N° 036-2011-MP-FN-JFS de fecha 10 de mayo de 2011; Que mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 005-2012-MP-FN-JFS de fecha 09 de enero de 2012, se prorrogó por 60 días, contados a partir del 01 de enero de 2012, la vigencia de los despachos y plazas fiscales transitorios materia de Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 061-2011-MP-FN-JFS, de fecha 24 de junio de 2011; Que mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 007-2012-MP-FN-JFS de fecha 19 de enero de 2012, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2012, la vigencia de los despachos y plazas fiscales transitorios materia de Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 005-2012-MP-FN-JFS, de fecha 09 de enero de 2012; Que mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 160-2012-MP-FN-JFS de fecha 17 de diciembre de 2012, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2013, la vigencia de los despachos y plazas fiscales transitorios materia de Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 007-2012-MP-FN-JFS, de fecha 19 de enero de 2012; Mediante Resoluciones de Junta de Fiscales Supremos N° 145 y 167-2013-MP-FN-JFS de fecha 20 de setiembre y 07 de noviembre de 2013, respectivamente, se crearon la Primera y Segunda Fiscalía Superior Penal Transitoria de Villa María del Triunfo; Mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 172-2013-MP-FN-JFS de fecha 24 de diciembre de 2013, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2014, la vigencia de los despachos y plazas fiscales transitorios materia de las Resoluciones de Junta de Fiscales Supremos N° 160-2012-MP-FN-JFS de fecha 17 de diciembre de 2012; N° 145-2013-MP-FN-JFS de fecha 20 de setiembre de 2013 y N° 167-2013-MP-FN-JFS de fecha 07 de noviembre de 2013; Que mediante Resolución de Fiscalía de la Nación N° 1678-2014-MP-FN de fecha 07 de mayo de 2014, se desactivó la Fiscalía Superior Mixta Transitoria de Barranca del Distrito Fiscal de Huaura, asignándose las plazas creadas mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N.° 167-2013-MP-FN-JFS, de fecha 07 de noviembre de 2013 al Distrito Fiscal de Lima; Que, mediante Oficio N.° 1250-2015-MP-FN-GGOCPLAP/02, el Gerente Central de la Oficina Central de Planificación y Presupuesto del Ministerio Público informó que el gasto que demanda la prórroga de los despachos y plazas de fiscales transitorios materia de Resolución de Junta de Fiscales Supremos N.° 003-2015-MPFN-JFS, tiene la naturaleza de gasto rígido o continuo, y por lo tanto está considerado en el Presupuesto Institucional del Ministerio Público para el ejercicio fiscal 2016, en concordancia con la normatividad del sistema presupuestario; Que, subsistiendo la necesidad que motivó la creación de los despachos y plazas fiscales transitorias antes indicadas, y estando a lo informado por la Gerencia Central de Planificación y Presupuesto, mediante Informe N° 004-2015-MP-FN-GG-OCPLA/02; La Junta de Fiscales Supremos mediante Acuerdo N.° 4117 en Sesión Extraordinaria de fecha 23 de diciembre de 2015, acordó por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, prorrogar la vigencia de los Despachos y Plazas Transitorias, que se encuentran en funcionamiento a la fecha y que son materia de Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 003-2015-MP-FN-JFS de fecha 09 de enero de 2015 a partir del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016; En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y estando a lo dispuesto en el Acuerdo Nº 4117, adoptado por la Junta de Fiscales Supremos; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016, la vigencia de los Despachos y Plazas Fiscales Transitorias, materia de Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 003-2015-MP-FN-JFS de fecha 09 de enero de 2015. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia y Presidencias de Juntas de

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