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El Peruano Jueves 22 de enero de 2015 545236 CONVENIOS INTERNACIONALES Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre Cooperación en el ámbito de las materias primas, la industria y la tecnología (Rati fi cado por Decreto Supremo Nº 084-2014-RE de fecha 31 de diciembre de 2014) Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre Cooperación en el ámbito de las materias primas, la industria y la tecnología El Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federal de Alemania (en adelante las “Partes Contratantes“) En el espíritu de las relaciones amistosas existentes entre la República del Perú y la República Federal de Alemania, deseando intensi fi car sus relaciones económicas y políticas, reforzar estas relaciones amistosas mediante una cooperación entre ambas Partes en el ámbito de las materias primas, la industria y la tecnología, así como contribuir a la diversi fi cación y modernización de la economía alemana y peruana, animados por el deseo de desarrollar esta asociación en favor de un abastecimiento seguro de materias primas, de impulsar una cooperación en el ámbito industrial y tecnológico, así como del desarrollo económico y social sostenible de ambos países en bene fi cio de sus respectivos pueblos, afi rmando los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos y los Principios del Ecuador para el cumplimiento de estándares medioambientales y sociales, tomando en consideración la Declaración Conjunta de Intenciones fi rmada entre el Gobierno de la República del Perú y el Ministerio Federal de Educación e Investigación sobre la cooperación en materia de educación, ciencia, investigación e innovación el 11 de junio de 2012, han convenido en lo siguiente: Artículo 1 Ámbito de aplicación (1) El presente Convenio regulará la cooperación entre las Partes Contratantes en el ámbito de la prospección, exploración, extracción, procesamiento y uso de materias primas minerales, el cierre medioambientalmente sostenible de instalaciones mineras y la rehabilitación de áreas mineras, así como la cooperación en el ámbito industrial y tecnológico en conformidad con las respectivas legislaciones nacionales. (2) Las Partes Contratantes abogarán por la concertación de acuerdos concretos sobre la cooperación en el ámbito industrial y tecnológico, por un abastecimiento seguro de materias primas, así como por la sostenibilidad y la transparencia en el sector nacional e internacional de materias primas. Artículo 2 Objetivos y ejes de la cooperación (1) Las Partes Contratantes fomentarán la cooperación económica entre ambos Estados. En este sentido, tendrán como objetivo aportar un uso y desarrollo amplios y sostenibles al potencial de materias primas de la República del Perú mediante inversiones, innovaciones y relaciones de suministro. (2) Las Partes Contratantes apoyarán la cooperación entre empresas de ambos países en el terreno de la prospección, la exploración, la extracción, el procesamiento y el uso de materias primas minerales con el objetivo de lograr un abastecimiento y un uso seguros y sostenibles de materias primas. El apoyo se extiende asimismo al cierre medioambientalmente sostenible de instalaciones mineras y a la rehabilitación de áreas mineras. (3) Las Partes Contratantes acordarán los siguientes ejes para una cooperación sostenible: a) prospección, exploración, extracción, procesamiento y uso de materias primas, b) cierre medioambientalmente sostenible de instalaciones mineras y rehabilitación de áreas mineras, c) creación y ampliación de infraestructuras técnicas,d) mejora de la e fi ciencia de materias primas y recursos, e) aplicación de estándares medioambientales y sociales internacionales en la prospección, la exploración, la extracción, el procesamiento y el uso de materias primas, f) construcción de nuevas instalaciones minerasg) equipamiento, reconstrucción y modernización de empresas existentes, y h) apoyo en la concertación de contratos de derecho privado en el ámbito de las materias primas, la industria y la tecnología. (4) Las Partes Contratantes apoyarán la Iniciativa para la Transparencia en las Industrias Extractivas ( “Extractive Industries Transparency Initiative – EITI)” para una mayor transparencia en el sector de materias primas. (5) El presente Convenio no excluye que la cooperación económica entre las Partes Contratantes se amplíe más allá del ámbito de las materias primas, la industria y la tecnología, para lo cual las Partes Contratantes adoptarán acuerdos especí fi cos al respecto. Artículo 3 Bases de la Cooperación (1) Las Partes Contratantes mantendrán con regularidad un diálogo asociativo y decidirán de común acuerdo sobre objetivos, ejes y medidas de la futura cooperación en el marco del presente Convenio. (2) Las Partes Contratantes designarán al Ministerio Federal de Economía y Energía de la República Federal de Alemania y al Ministerio de Energía y Minas de la República del Perú como instancias responsables de la aplicación del presente Convenio. (3) Cualquier disputa o controversia que surja por la aplicación o interpretación del presente Convenio será resuelta por consultas entre las Partes Contratantes. (4) Cada Parte Contratante informará a la otra inmediatamente por vía diplomática sobre cualquier modi fi cación en la denominación o función de las instancias responsables de la aplicación del presente Convenio. Artículo 4 Acuerdo de medidas de cooperación (1) En base al presente Convenio, las Partes Contratantes podrán acordar medidas en el