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El Peruano Sábado 24 de enero de 2015 545370 Artículo Tercero.- REMITIR copia de la presente resolución a la Equipo Técnico de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – ETI LABORAL, O fi cina Desconcentrada de Control de La Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este – ODECMA, O fi cina de Administración Distrital y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.MARIA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta 1192695-1 Designan Jueces Supernumerarias y disponen la redistribución de procesos en trámite de juzgados penales de Ate, Corte Superior de Justicia de Lima Este CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 038-2015-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, 23 de enero de 2015VISTAS: Las Resoluciones Administrativas N°s. 101-2014-CE- PJ, 410-2014-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, el Informe Nº 008-2015-AE-ADM-CSJLE/PJ, el O fi cio N° 213-2015-GRHB-GG-PJ, del diecinueve de enero del año en curso; y CONSIDERANDO: Primero.- Por Resolución Administrativa N° 101- 2014-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, estableció el funcionamiento del Distrito Judicial de Lima Este. Segundo.- Mediante la Resolución Administrativa N° 410-2014-CE-PJ, se dispuso la reubicación del Juzgado Penal Transitorio del Distrito de Independencia, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, a la Corte Superior de Justicia de Lima Este, como Tercer Juzgado Penal Transitorio del Distrito de Ate, en atención a la elevada carga procesal que soporta dicho Distrito. Tercero.- Que, por o fi cio de vistos, la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General informa que se ha procedido a realizar la transferencia de las plazas transitorias del Juzgado de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte a esta Corte Superior de Justicia. Cuarto.- Estando a lo antes mencionado, corresponde implementar el Tercer Juzgado Penal Transitorio del Distrito de Ate, designando al Magistrado que asuma el Despacho en base a la normatividad administrativa pertinente y el análisis del per fi l académico del Abogado que lo asumirá. Por las consideraciones expuestas, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3 y 9 del Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la señora Abogada JUANA BEATRIZ DURAND FLORES como Jueza Supernumeraria del Tercer Juzgado Penal Transitorio del Distrito de Ate, con efectividad al veintiséis de enero del año en curso. Artículo Segundo.- DESIGNAR a la señora Abogada NATALI PAULINA GODOY CANALES como Jueza Supernumeraria del Sétimo Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho con sede en la Comisaría de Zárate, a partir del veintiséis de enero del presente año. Artículo Tercero.- DISPONER la REDISTRIBUCIÓN de los procesos en trámite del Segundo Juzgado Penal de Ate y del Primer Juzgado Penal Transitorio de Ate, atendiendo al periodo de descanso vacacional y el ingreso de los expedientes al Sistema Informático Judicial, de la siguiente manera: • Del 26 al 30 de enero Del Juzgado Remitente Al Juzgado receptor Cantidad Segundo Juzgado Penal de AteTercer Juzgado Penal Transitorio de Ate300 Exp. • Del 9 al 13 de marzo Del Juzgado Remitente Al Juzgado receptor Cantidad Segundo Juzgado Penal de AteTercer Juzgado Penal Transitorio de Ate500 Exp. • Del 23 al 27 de marzo Del Juzgado Remitente Al Juzgado receptor Cantidad Segundo Juzgado Penal de AteTercer Juzgado Penal Transitorio de Ate200 Exp. Primer Juzgado Penal Transitorio de AteTercer Juzgado Penal Transitorio de Ate200 Exp. • Del 13 al 17 de abril Del Juzgado Remitente Al Juzgado receptor Cantidad Segundo Juzgado Penal de AteTercer Juzgado Penal Transitorio de Ate200 Exp. Primer Juzgado Penal Transitorio de AteTercer Juzgado Penal Transitorio de Ate200 Exp. Artículo Cuarto.- La redistribución comprende a los procesos cualquiera sea el año de ingreso del expediente, los cuales deben ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de noti fi cación completos, debidamente cosidos, foliados en números y letras, asimismo, todos los escritos deberán estar debidamente proveídos bajo responsabilidad. Artículo Quinto.- No se considerará para la redistribución: a) Los expedientes en lo que se ha llevado a cabo informe oral. b) Los expedientes en reserva, ni con mandato de archivo de fi nitivo. Artículo Sexto.- Culminados los plazos señalados en la redistribución, tanto el Segundo Juzgado Penal de Ate, como el Primer Juzgado Penal Transitorio de Ate, deberán hacer llegar por medio electromagnético en detalle, la relación de expedientes redistribuidos, la cual tendrá carácter de declaración jurada y será publicada en la página web de esta Corte Superior de Justicia, para conocimiento de los justiciables. Artículo Séptimo.- Con el fin de no afectar el derecho de los usuarios y/o litigantes y hasta que culmine el proceso de redistribución de expedientes dispuesto en la presente resolución, las Mesas de Partes del Segundo Juzgado Penal de Ate y del Primer Juzgado Penal Transitorio de Ate deberán recibir los escritos relacionados a actos procesales con plazos de vencimiento y/o perentorios de los procesos a ser redistribuidos que se encuentren aún bajo su custodia, debiendo ser remitidos junto con el expediente al Tercer Juzgado Penal Transitorio de Ate. Artículo Octavo.- REMITIR copia de la presente Resolución O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, O fi cina de Administración Distrital, O fi cina de