Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2015 (24/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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VISTA: La Resolucion Administrativa N° 435-2014-CEPJ de fecha 30 de diciembre de 2014. CONSIDERANDO: Primero.- Mediante Resolucion Administrativa Nº 3182014-CE-PJ de fecha 17 de setiembre de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 05 de octubre de 2014, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso convertir y/o reubicar a partir del 01 de noviembre de 2014, al 2° Juzgado Civil del Callao como Juzgado Civil de Ventanilla y al 1° Juzgado de Familia del Callao como Juzgado de Familia de Ventanilla. Segundo.- Por Resolucion Administrativa Nº 3802014-CE-PJ de fecha 19 de noviembre de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 11 de diciembre de 2014, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso modificar a partir del 01 de enero de 2015, la denominacion del Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla, en 1° Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla Tercero.- Asimismo, por Resolucion Administrativa Nº 398-2014-CE-PJ de fecha 26 de noviembre de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 18 de diciembre de 2014, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso modificar a partir del 01 de enero de 2015, la denominacion del Juzgado Mixto de Ventanilla por 2° Juzgado Civil de Ventanilla, Corte Superior de Justicia de Ventanilla; disponiendose, ademas, convertir a partir del 01 de enero hasta el 30 de junio de 2015, el Juzgado Mixto Transitorio de Ventanilla en Juzgado de Familia Transitorio de Ventanilla, Corte Superior de Justicia de Ventanilla. Cuarto.- Mediante Resolucion Administrativa del visto, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto, entre otros, la redistribucion de los expedientes en materia civil y laboral del ex Juzgado Mixto Transitorio (actualmente Juzgado de Familia Transitorio), en forma equitativa y aleatoria entre los Juzgados Civiles Permanentes de Ventanilla, asi como, la redistribucion de los expedientes en materia de familia del Juzgado Mixto Permanente (actualmente 2° Juzgado Civil de Ventanilla) al Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla (actualmente 1° Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla); redistribucion tal, que no fue prevista en la Resolucion Administrativa Nº 398-2014-CE-PJ publicada el 18 de diciembre de 2014. De otro lado, la citada resolucion del visto, ha dispuesto la modificacion de la denominacion del Juzgado Civil Permanente de Ventanilla como 1° Juzgado Civil Permanente de Ventanilla, Corte Superior de Justicia de Ventanilla. Quinto.- En tal sentido, existiendo una disposicion expresa del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, contenida en la Resolucion Administrativa N° 435-2014CE-PJ, publicada el 12 de enero de 2015; corresponde a esta Presidencia (e), como la MORDAZA autoridad administrativa de esta sede judicial, adoptar las medidas respectivas a efecto de no perjudicar el legitimo interes de los litigantes, y en aras de cautelar la correcta administracion de justicia. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en el Articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, la Presidencia (e) de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que, en el dia, el Juzgado de Familia Transitorio de Ventanilla, ex Juzgado Mixto Transitorio de Ventanilla, remita al Centro de Distribucion General ­CDG­ de esta Corte Superior de Justicia, para su redistribucion en forma equitativa y aleatoria entre los Juzgados Civiles Permanentes de Ventanilla, los expedientes en tramite pendientes en materia civil y laboral, que no tengan vista de causa ni se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de diciembre de 2014; asi como aquellos que se encuentren en etapa de ejecucion. Articulo Segundo.- DISPONER que, en el dia, el 2° Juzgado Civil Permanente de Ventanilla, ex Juzgado Mixto Permanente de Ventanilla, remita al Centro de Distribucion General ­CDG­ de esta Corte Superior de Justicia, para su redistribucion al Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla (actualmente 1° Juzgado de

El Peruano Sabado 24 de enero de 2015

Familia Permanente de Ventanilla), los expedientes en tramite pendientes en materia de familia, que no tengan vista de causa ni se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de diciembre de 2014; asi como aquellos que se encuentren en etapa de ejecucion. Articulo Tercero.- MODIFICAR la denominacion del Juzgado Civil Permanente de Ventanilla como 1° Juzgado Civil Permanente de Ventanilla, Corte Superior de Justicia de Ventanilla. Articulo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al Senor Presidente del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla- MORDAZA Noroeste, Oficina de Administracion Distrital y demas interesados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. ELICEA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidenta (e) 1191702-2

Oficializan acuerdos y proclaman Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla para el periodo 2015 - 2016 y Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA ACUERDO DE SALA PLENA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 030-2015-P-CSJV/PJ Ventanilla, 20 de enero de 2015 VISTOS: La Resolucion Administrativa N° 003-2015-CE-PJ de fecha 14 de enero de 2015, publicada el 17 de enero de 2015; y el Acta de Sesion Extraordinaria de Sala Plena de fecha 20 de enero de 2015, que contiene los acuerdos adoptados. CONSIDERANDO: Primero.- Mediante Resolucion Administrativa N° 2802014-CE-PJ de fecha 12 de agosto de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de setiembre de 2014, complementada por las Resoluciones Administrativas N° 317-2014-CE-PJ del 17 de agosto de 2014 y N° 366-2014CE-PJ, publicada el 10 de diciembre de 2014, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial designo a la doctora Jackeline MORDAZA MORDAZA, como Presidenta (e) de esta Corte Superior de Justicia, en tanto se produzca la eleccion conforme a ley; designando asimismo, a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Jefa (e) de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura. Posteriormente, mediante Acuerdo N° 1047-2014 de fecha 17 de diciembre de 2014, se dispuso prorrogar el destaque de la doctora Jackeline MORDAZA MORDAZA en esta Corte Superior de Justicia, por el plazo de tres meses. (el subrayado es nuestro) Segundo.- Por Resolucion Administrativa N° 3462014-CNM de fecha 04 de diciembre de 2014, el Consejo Nacional de la Magistratura nombro a los doctores Elicea MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Jueces Superiores Titulares del Distrito Judicial de Ventanilla, quienes juramentaron en el cargo, el 08 de enero de 2015; siendo designados mediante Resolucion de Presidencia N° 017-2015-PCSJV/PJ de fecha 09 de enero de 2015, como integrantes de la Sala Mixta Permanente de Ventanilla, asumiendo la Presidencia de dicha Sala Superior, la doctora Elicea MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Legua. Tercero.- Al haberse dado cabal cumplimiento a la responsabilidad encomendada de llevar a cabo la implementacion de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla y teniendo en cuenta el nombramiento de Jueces Superiores Titulares en el Distrito Judicial de

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