Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2015 (24/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Sabado 24 de enero de 2015

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Y ASESORIA LEGAL ­ MORDAZA por Resolucion Viceministerial N° 278-2003-MTC/03; Que, con Expediente N° 2013-035065 del 12 de junio de 2013, la asociacion INSTITUTO DE DESARROLLO, EDUCACION Y ASESORIA LEGAL - MORDAZA solicito la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial N° 278-2003-MTC/03; Que, conforme a lo establecido en el articulo 15º de la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, el articulo 68° del citado Reglamento dispone que la solicitud puede presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion otorgada; verificandose en el presente caso, que la solicitud de renovacion fue presentada el 12 de junio de 2013, esto es, dentro del plazo establecido; Que, el articulo 19° de la Ley de Radio y Television, concordante con el numeral 3) del articulo 71° de su Reglamento, establece que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo establecido en el MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, con Informe N° 0093-2014-MTC/29.02.ECERAREQUIPA, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones da cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada el 29 de marzo de 2014, a la estacion de radiodifusion autorizada a la asociacion INSTITUTO DE DESARROLLO, EDUCACION Y ASESORIA LEGAL - MORDAZA, concluyendo que la administrada se encuentra prestando el servicio conforme a las caracteristicas tecnicas autorizadas y a las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; asimismo, cumple con el objetivo y programacion del proyecto de comunicacion; Que, por Resolucion Viceministerial N° 235-2005MTC/03 y sus modificatorias se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el Servicio de Radiodifusion sonora en Onda Media (OM), para las localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de MORDAZA ­ Juliaca ­ Huancane ­ MORDAZA ­ Moho ­ Azangaro ­ Putina ­ Ilave ­ Ayaviri, que comprende al distrito de MORDAZA, donde se ubica la estacion materia de renovacion; Que, mediante Informe N° 2375-2014MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera viable renovar la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial N° 278-2003-MTC/03 a la asociacion INSTITUTO DE DESARROLLO, EDUCACION Y ASESORIA LEGAL - MORDAZA, al haberse verificado el cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos para tal efecto y que la solicitante no ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion, contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278 y su modificatoria, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial N° 278-2003-MTC/03 a favor de la asociacion INSTITUTO DE DESARROLLO,

articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como las senaladas en la presente Resolucion. Articulo 8º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo previa solicitud presentada por el titular de la autorizacion hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia otorgado, o se MORDAZA verificado al momento de la renovacion, la continuidad de la operacion del servicio autorizado, conforme a lo dispuesto en la Ley de Radio y Television y su Reglamento. La renovacion se sujeta al cumplimiento de los requisitos y de las condiciones previstas en la Ley de Radio y Television y su Reglamento. Articulo 9º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, se procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 38º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 10º.- El titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38° del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Articulo 11º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 12º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. HENRRY MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones (e) 1192048-1

Renuevan autorizacion otorgada a Instituto de Desarrollo, Educacion y Asesoria Legal - MORDAZA, para prestar servicio de radiodifusion sonora educativa en localidades del departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 29-2015-MTC/03 MORDAZA, 15 de enero del 2015 VISTO, el Expediente Nº 2013-035065, presentado por la asociacion INSTITUTO DE DESARROLLO, EDUCACION Y ASESORIA LEGAL - MORDAZA, sobre renovacion de la autorizacion que le fuera otorgada para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM) en la localidad de MORDAZA ­ Juliaca ­ Huancane ­ MORDAZA ­ Moho ­ Azangaro ­ Putina ­ Ilave ­ Ayaviri, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial N° 278-2003MTC/03 del 19 de agosto de 2003, se otorgo a la asociacion INSTITUTO DE DESARROLLO, EDUCACION Y ASESORIA LEGAL - MORDAZA, autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM), en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, con vencimiento al 25 de setiembre de 2013; Que, mediante Resolucion Directoral N° 1590-2008MTC/28, del 29 de agosto de 2008, se aprobo el aumento de potencia y se precisaron las coordenadas geograficas de la estacion del servicio de radiodifusion, autorizada a la asociacion INSTITUTO DE DESARROLLO, EDUCACION

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