Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2015 (06/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Viernes 6 de febrero de 2015

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de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias y en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014 que establece disposiciones respecto a montos por Compensacion Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Mision Diplomatica, Comision Especial en el Exterior, Mision de Estudios, Comision de Servicios y Tratamiento Medico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 2622014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014 que establece disposiciones respecto a montos por Compensacion Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Mision Diplomatica, Comision Especial en el Exterior, Mision de Estudios, Comision de Servicios y Tratamiento Medico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo Nº 0242009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el senor Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru y a lo acordado con el senor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.-Autorizar el viaje en Comision Especial en el Exterior a la MORDAZA de Montreal ­ Canada, del Mayor General FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA CATERIANO, identificado con NSA: O-9456482 y DNI: 43656786, como Representante Alterno del Peru ante la Organizacion de Aviacion Civil Internacional (OACI), del 28 de febrero de 2015 al 28 de febrero de 2017, a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; asi como autorizar su salida del MORDAZA el 27 de febrero de 2015 y su retorno el 01 de marzo de 2017. Articulo 2º.-El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2015, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasaje Aereo de ida: MORDAZA ­ Montreal (Canada) Titular, esposa y tres (03) Hijos US $ 1,512.92 x 05 personas (Incluye TUUA) = US $ 7,564.60 ----------------------------Total a pagar = US $ 7,564.60 Gastos de Traslado ­ Ida (Equipaje, bagaje e instalacion) CAD 14,122.35 x 02 x 01 persona = CAD 28,244.70 Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero CAD 14,122.35 / 28 x 01 dia x 01 persona = CAD 504.37 CAD 14,122.35 x 10 meses x 01 persona = CAD 141,223.50 Total a pagar = CAD 169,972.57

seguros, regulares, eficientes y economicos; asimismo, se podra participar en la generacion de nuevas normas que permitan incrementar los niveles de seguridad operacional; Que, la Fuerza Aerea del Peru ha propuesto al Mayor General FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA CATERIANO, para ocupar el cargo de Representante Alterno del Peru ante la Organizacion de Aviacion Civil Internacional (OACI); Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje en Comision Especial en el Exterior, a la MORDAZA de Montreal ­ Canada, Mayor General FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA CATERIANO, como Representante Alterno del Peru ante la Organizacion de Aviacion Civil Internacional (OACI), del 28 de febrero de 2015 al 28 de febrero de 2017, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Fuerza Aerea del Peru, en vista que contara con personal calificado con la nueva normatividad y reglamentacion de la OACI para la aviacion comercial y mundial; Que, teniendo en cuenta que la duracion de la Comision Especial en el Exterior MORDAZA mas de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al periodo comprendido del 28 de febrero al 31 de diciembre de 2015, se efectuara con cargo al Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 y el pago correspondiente a los anos posteriores sera con cargo al Presupuesto del Sector Publico del Ano Fiscal que corresponda; Que, considerando la duracion de la Comision Especial en el Exterior, el viaje al exterior por decision del interesado lo realizara en compania de su senora esposa y de sus tres (03) hijos; debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de tramites administrativos de salida del pais; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2015, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aerea del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideracion los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participacion del personal designado durante la totalidad de la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del MORDAZA con un (01) dia de anticipacion, asi como su retorno un (01) dia despues de la fecha programada, sin que estos dias adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Publico; Que, con el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG de fecha 13 de febrero de 2009 se incorpora el "Capitulo VII: Comision Especial en el Exterior" al Titulo II "Modalidades de Viaje al Exterior" del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, estableciendo en el Articulo 18º.-Derechos, que el personal nombrado en Comision Especial en el Exterior goza de los derechos a que se refiere el Articulo 13º del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG de fecha 13 de diciembre de 2006; Que, el MORDAZA parrafo del numeral 2.1 del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensacion extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, sera reducido en la misma cantidad que la bonificacion otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policia Nacional del Peru; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008 DE/SG del 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento

Articulo 3º.- El pago correspondiente a los anos posteriores, se efectuara con cargo al presupuesto del ano fiscal que corresponda. Articulo 4º.- El monto de la compensacion extraordinaria mensual sera reducida por la Fuerza Aerea del Peru, en la misma cantidad que la bonificacion otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al MORDAZA parrafo del numeral 2.1 del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014. Articulo 5º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado

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