Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2015 (06/02/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

546212
CONSIDERANDO: Que, el articulo 14 de la Ley N°28359, Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, establece que solo los Oficiales en situacion de actividad seran nombrados para ocupar un cargo en el exterior de la Republica, en representacion de su Institucion; Que,el articulo 46 de la Ley Nº 28359, modificado por Decreto Legislativo N° 1143, regula el tiempo MORDAZA de servicios, senalando que el Oficial al cumplir cuarenta (40) anos de servicios reales y efectivos pasa automaticamente a la situacion de retiro; Que, en atencion a la modificacion referida en el parrafo precedente, es necesario establecer una nueva escala de anos de servicios de los Oficiales de las Fuerzas Armadas como requisito para postular y ser seleccionado para el desempeno de cargos en Mision Diplomatica, en reemplazo de los topes maximos previstos en los literales e), f) y g) del articulo 7 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica, con la finalidad que se encuentre acorde con el tiempo MORDAZA de anos de servicios para los Oficiales en actividad; Que, mediante el informe de visto, la Asesoria Legal de la Direccion General de Relaciones Internacionales expresa que el Reglamento de Agregadurias Militares se encuentra desarrollado en las disposiciones del Decreto Supremo Nº 028-2006-DE-SG, que aprueba el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica, por el cual se MORDAZA el procedimiento a seguir para el nombramiento de los Oficiales que se desempenaran en los cargos de Agregados de Defensa ante las Embajadas del Peru en el exterior, incluyendo sus actividades y derechos que les corresponden durante el ejercicio de funciones; Que, el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE de 28 de enero de 2015, vigente desde el 30 de enero de 2015, determina la jerarquia y uso de normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos Organos del Ministerio de Defensa; asimismo, el literal B) 15 de su articulo 1 establece que con Resolucion Ministerial se aprobara el Reglamento de Agregadurias Militares; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar mediante por resolucion del titular del Sector,la nueva escala de anos de servicios de los Oficiales de las Fuerzas Armadas que se desempenaran en Mision Diplomatica, en observancia de la normativa descrita en el parrafo precedente; De conformidad con el numeral 37) del articulo 10 del Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, concordante con el literal r) del articulo 8 de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-DE. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la nueva escala de anos de servicios de los Oficiales de las Fuerzas Armadas como requisito para postular y ser seleccionado para el desempeno de cargos en Mision Diplomatica, en reemplazo de los topes maximos previstos en los literales e), f) y g) del articulo 7 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica, de acuerdo al siguiente detalle: - En el caso de Oficiales del grado de General de Brigada, Contralmirante o Mayor General, deben tener como MORDAZA 34 anos de servicios como Oficial. - En el caso de Oficiales del Grado de MORDAZA, Capitan de Navio, deben tener como MORDAZA 32 anos de servicios como Oficial. - En el caso de Oficiales con el grado de MORDAZA MORDAZA, Comandante, Capitan de Fragata, deben tener como MORDAZA 28 anos de servicios como Oficial. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el MORDAZA institucional del Ministerio de Defensa (www.mindef.gob.pe), el mismo dia de su publicacion en el diario oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1197828-3

El Peruano Viernes 6 de febrero de 2015

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Credito Suplementario para la incorporacion de los recursos del FONIPREL en el Ano Fiscal 2015 a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales Ganadores de la Convocatoria FONIPREL 2013 MORDAZA Entrega
DECRETO SUPREMO N° 016-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28939, Ley que aprueba Credito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, dispone la creacion de Fondos y dicta otras medidas, creo el Fondo de Promocion a la Inversion Publica Regional y Local ­ FONIPREL, cuya finalidad es el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversion publica de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, para lo cual podran destinarse los recursos al financiamiento o cofinanciamiento de estudios de preinversion; Que, la Ley N° 29125, Ley que establece la implementacion y el funcionamiento del Fondo de Promocion a la Inversion Publica Regional y Local ­ FONIPREL y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 204-2007-EF, establecieron que los estudios de preinversion o proyectos de inversion publica MORDAZA referidos, deben estar orientados a reducir las brechas en la provision de los servicios e infraestructura basicos, que tengan el mayor impacto en la reduccion de la pobreza y pobreza extrema en el pais; Que, la Ley N° 29125 y su Reglamento establecieron la implementacion y el funcionamiento del FONIPREL, disponiendo que la Secretaria Tecnica presenta la lista de los estudios de preinversion y/o proyectos de inversion publica que hayan resultado seleccionados al Consejo Directivo del FONIPREL, el cual procede a su aprobacion; Que, el numeral 16.1 del articulo 16 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, autorizo a la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico a depositar en las cuentas del FONIPREL, con cargo a los saldos de los recursos del Tesoro Publico al 31 de diciembre de 2012, la suma de CUATROCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400 000 000,00), los que se sujetan a lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 030-2008, asi como a las disposiciones legales vigentes que regulan el referido Fondo, quedando dichos recursos exceptuados de lo establecido en el literal a) del numeral 7.1 del articulo 7 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y modificatorias, aprobado mediante Decreto Supremo N° 066-2009-EF; Que, los recursos del FONIPREL se encuentran constituidos por los recursos senalados en el articulo 6 de la Ley N° 29125; Que, el numeral 1.3 del articulo 1 del Decreto de Urgencia N° 030-2008 y la Unica Disposicion Complementaria de la Ley N° 29125, disponen que los recursos del FONIPREL se depositan en la cuenta del Fondo y se incorporan anualmente mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas en la fuente de financiamiento "Recursos Determinados" del presupuesto institucional de las entidades cuyos estudios de preinversion o proyectos de inversion resulten ganadores del concurso a solicitud de la Secretaria Tecnica del FONIPREL; Que, el Consejo Directivo del FONIPREL, en sesion ordinaria del 16 de octubre de 2013, aprobo la lista de los estudios de preinversion y proyectos de inversion publica de la Convocatoria FONIPREL 2013 seleccionados por la Secretaria Tecnica para el respectivo cofinanciamiento, por un monto total de SEISCIENTOS TRES MILLONES SETECIENTOS

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.