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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (06/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 74

El Peruano Viernes 6 de febrero de 2015 546268 Que, el Informe Nº 007-2015-GSAS/MDCLR, de la Gerencia de Saneamiento Ambiental y Sanidad, indica que, en atención al pedido de la Administradora de los Servicios de Agua y Alcantarillado del AA.HH. Villa Señor de los Milagros (Exp. 0417-2015), respecto al uso de las piscinas portátiles (pozas de agua), existen potenciales riesgos de convertirse en focos de infección, generando criaderos de zancudos Aedes aegypti, vector de enfermedades (Dengue y Chikunguya), enfermedades oftalmológicas, dermatológicas e infecciosas; Que, asimismo la Gerencia de Saneamiento Ambiental y Sanidad informa que el Ministerio de Salud, mediante Resolución Ministerial Nº 015-2015/MINSA, ha dispuesto la declaración de Alerta Amarilla en los establecimientos de salud ubicados en Lima Metropolitana, así como las Direcciones Regionales de Salud del Callao, Tumbes, Piura, Lambayeque, Cajamarca, Loreto y Ucayali, ante el riesgo de la transmisión del virus Chikunguya (CHIKV), estando nuestro distrito dentro del marco de vigilancia y control vectorial; Que, la Gerencia de Saneamiento Ambiental y Sanidad, por último, señala que, el agua de las piscinas portátiles (pozas de agua) una vez utilizada es vertida a las calles, ocasionando grandes aniegos y acumulación de aguas estancadas, ensuciando las pistas, veredas y parques, y dañando la infraestructura urbana; además su instalación impide el libre tránsito de peatones y vehículos, poniéndose de manifi esto una ocupación indebida de la vía pública; Que, la Gerencia de Asesoría Legal, mediante Informe Nº 014-2015-GAL/MDCLR, OPINA que se eleven los actuados al Concejo para su revisión y elaboración de la Ordenanza Municipal que prohíba la instalación de las piscinas portátiles en la vía pública, debiendo contemplarse las medidas restrictivas y coercitivas que se aplicarían; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades establece que las ordenanzas municipales son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal; asimismo, indica que mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen, exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley; Que, es de interés público prohibir el uso y/o instalación de piscinas portátiles (pozas de agua) en la vía pública, en el ámbito de la jurisdicción del distrito, en salvaguarda de la salud de la población y del ornato de la ciudad; Estando a lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, de conformidad con el Memorándum Nº 060- 2015-GM/MDCLR, y contando con el VOTO UNÁNIME de los señores regidores, con la dispensa de dictamen y lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE PROHIBE EL USO Y/O INSTALACIÓN DE PISCINAS PORTÁTILES (POZAS DE AGUA) EN LA VÍA PÚBLICA, EN EL ÁMBITO DE LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- La presente ordenanza prohíbe el uso y/o instalación, en la vía pública, de piscinas portátiles (pozas de agua), en todas sus dimensiones y características. Artículo 2º.- El ámbito de aplicación de la presente Ordenanza se circunscribe a la jurisdicción del distrito de Carmen de la Legua – Reynoso. Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Ordenanza estará a cargo de la Gerencia de Saneamiento Ambiental y Sanidad. Artículo 4º.- La Sub Gerencia de Policía Municipal y Sub Gerencia de Serenazgo están obligadas a prestar apoyo técnico, logístico y de personal para la realización del procedimiento de fi scalización, cuando así lo requiera la Gerencia de Saneamiento Ambiental y Sanidad, bajo responsabilidad. De ser necesario, la Gerencia de Saneamiento Ambiental y Sanidad solicitará el auxilio de la Policía Nacional, conforme a lo establecido en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 5º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 6º.- Agréguese al Cuadro de Infracciones y Sanciones del Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS) de la Municipalidad distrital de Carmen de la Legua – Reynoso, aprobado por Ordenanza Nº 002- 2004-MDCLR, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 26 de febrero del 2004, la infracción, multa y medida complementaria siguiente: CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES CÓ- DIGO INFRACCIÓN MULTA EN PROPORCIÓN A LA U.I.T. VIGENTE MEDIDA COMPLE- MENTARIA ZONA URBANA ZONA INDUSTRIAL 05-116 Usar y/o instalar, en la vía pública, piscinas portátiles (pozas de agua), en todas sus dimensiones y características. Moderado Moderado Decomiso POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. RAUL JESUS ODAR CABREJOS Alcalde 1197648-1 Ratifican Acuerdo de Concejo que aprobó la Ordenanza N° 007-2013- MDCLR mediante la cual se aprobó el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Carmen de la Legua Reynoso ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2015-MDCLR Carmen de la Legua-Reynoso, 29 de enero del 2015 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO VISTO: En sesión ordinaria de Concejo, celebrado en la fecha, respecto a la ratifi cación del Reglamento Interno de Concejo – RIC, de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua – Reynoso. CONSIDERANDO: Que, con fecha 10 de Octubre del 2013, el Concejo Municipal de Carmen de la Legua – Reynoso, mediante Acuerdo de Concejo Nº 042-2013-MDCLR, aprobó la Ordenanza Nº 007-2013-MDCLR, que aprueba el Reglamento Interno del Concejo – RIC, publicado el 15 de octubre del 2013 en el Diario Ofi cial “El Peruano”; siendo necesario su ratifi cación. Estando a lo acordado por UNANIMIDAD por el Concejo Municipal, en la sesión ordinaria de fecha 29 de enero del 2015, y la dispensa de la lectura y aprobación del acta; y de conformidad a lo que establece la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE ACORDÓ: Artículo Único.- RATIFICAR el Acuerdo de Concejo Nº 042-2013-MDCLR, mediante el cual se aprobó la Ordenanza Nº 007-2013-MDCLR, que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Carmen de la Legua Reynoso, publicado el 15 de octubre del 2013 en