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El Peruano Viernes 6 de febrero de 2015 546254 Artículo Segundo,- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO OJEDA PACHECO Secretario General 1196841-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Declaran de prioridad e interés regional el Proyecto de Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Cascas – Contumazá ACUERDO REGIONAL Nº 095-2014-GR-LL/CR Trujillo, 7 de noviembre del 2014. El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Ordinaria de fecha 4 de noviembre del 2014; VISTO Y DEBATIDO, el OFICIO Nº 123-2014- GR-LL-CR/HLCL/CEGG, suscrito por los Consejeros Regionales por la provincia de Trujillo señora doctora Helvidia Lucila Castillo León y el Consejero Regional por la provincia de Gran Chimú señor Carlos Eduardo Guibert Gallardo que contiene el PEDIDO AL CONSEJO REGIONAL solicitar al Pleno del Consejo Regional declarar de necesidad pública e interés regional el mejoramiento de la carretera Cascas – Contumaza para mejorar la integración vial de los departamentos de La Libertad y Cajamarca” sea considerado como prioritario para el traslado oportuno de las personas y de la producción generando un mayor intercambio comercial y desarrollo turístico; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993 y el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales en su artículo 9º numeral h), prescribe que los Gobiernos Regionales tienen competencia para fomentar la competitividad, las inversiones y el fi nanciamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional. Que, según la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, en su artículo 14º inciso d) establece que es competencia del Gobierno Regional promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades. Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39º de la citada Ley, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional, expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (…)”. Que, en Sesión el Pleno del Consejo Regional debatió el pedido citado up supra y aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa de lectura y aprobación de actas. El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias; y los artículos 23º y 64º del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad aprobado con Ordenanza Regional Nº 005-2010-GR-LL/CR; demás normas complementarias, el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ: Artículo Primero.- DECLARAR de Prioridad e Interés Regional, el proyecto de Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Cascas-Contumaza para mejorar la integración vial de los departamentos de La Libertad y Cajamarca, para el traslado oportuno de las personas y de la producción, generando un mayor intercambio comercial y desarrollo turístico. Artículo Segundo.- PUBLICAR la presente norma en el diario oficial “El Peruano” y en el diario encargado de las publicaciones judiciales de La Libertad; asimismo difundir el presente Acuerdo Regional a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO: Regístrese, notifíquese y cúmplase. HEBERT RICHARD DIAZ CORDERO Presidente 1197102-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO RECTIFICACIÓN Se rectifi ca la sumilla de la Ordenanza N° 419-MDB, publicada en la edición del 5 de febrero de 2015, en los términos siguientes: “Ordenanza que otorga el Benefi cio Tributario respecto del cobro de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio 2015” MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Fijan fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2015, en el distrito de Cieneguilla ORDENANZA N° 210-2015-MDC Cieneguilla, 29 de enero de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTOS: El Informe Nº010-2015–GATR-MDC, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, el Proveído Nº008-2015-GM- MDC de la Gerencia Municipal y el Informe Nº016-2015- GAJ-MDC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre el proyecto de Ordenanza que fi jan las fechas de vencimiento de los Tributos Municipales correspondientes al Ejercicio 2015 y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma