Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2015 (24/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano Martes 24 de febrero de 2015

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Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la citada ley, senala que el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del INACAL y demas documentos de gestion, entraran en vigencia cuando la entidad asuma sus funciones; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del INACAL, de conformidad con lo regulado en los "Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF por parte de las entidades de la Administracion Publica", aprobado mediante el Decreto Supremo N° 043-2006PCM; Con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, En uso de la facultad conferida en el numeral 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; asi como la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:

- Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Decreto Legislativo Nº 1098 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP; y, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de confianza de Jefe del Gabinete de Asesores del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2.- Designar a la senora MORDAZA MORDAZA LOLI MORDAZA en el cargo de confianza de Jefa del Gabinete de Asesores del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HUAITA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP 1203766-1

PRODUCE
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Calidad ­ INACAL
DECRETO SUPREMO Nº 004-2015-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 9 de la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, establece que el Instituto Nacional de Calidad INACAL, es un Organismo Publico Tecnico Especializado adscrito al Ministerio de la Produccion, con personeria juridica de derecho publico, con competencia a nivel nacional y autonomia administrativa, funcional, tecnica, economica y financiera;

Articulo 1.- Aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Calidad Apruebase el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Calidad; que consta de cuatro (04) Titulos, cincuenta (50) articulos y un (01) Anexo, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2.- Financiamiento La implementacion del presente Decreto Supremo se efectuara con cargo al presupuesto institucional de la entidad; sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 3.- Publicacion El Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Calidad ­ INACAL aprobado mediante el articulo 1, sera publicado en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (www.produce.gob.pe), el mismo dia de la publicacion del presente Decreto Supremo en el diario oficial El Peruano.

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe

4.

LA DIRECCION

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