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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (24/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Martes 24 de febrero de 2015 547211 los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, deberá aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el FONDEPES de conformidad con su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 346-2012-PRODUCE, tiene por fi nalidad promover, apoyar técnica, económica y fi nancieramente el desarrollo de las actividades y proyectos de pesca artesanal y acuicultura para lo cual está facultado a aprobar el tarifario de servicios no exclusivos a través del Jefe de FONDEPES, a propuesta de la Secretaría General y a proporcionar y prestar servicios de apoyo a la actividad pesquera artesanal y acuícola mediante la óptima utilización de sus bienes muebles e inmuebles; Que, la Ofi cina General de Administración, es órgano técnico encargado de programar, ejecutar, coordinar, dirigir y controlar los procesos de gestión fi nanciera, tesorería, contabilidad y abastecimiento del FONDEPES y de conformidad con el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM es el encargado de sustentar los costos de cada procedimiento administrativo. La Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto es la encargada de formular y actualizar los documentos de gestión institucional como el Tarifario de Servicios no Exclusivos, entre otros, en el marco de la normatividad vigente; Que, la Ofi cina General de Administración, mediante Informe Técnico Nº 47-2014-FONDEPES/OGA, propone la actualización del tarifario del Complejo Pesquero La Puntilla, con la fi nalidad de dotar a la administración del referido Complejo Pesquero de una herramienta operativa que consigne los servicios no exclusivos que se brinda a la ciudadanía. La propuesta de actualización de tarifario antes referido, a opinión de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe Nº 344- 2014-FONDEPES/OGPP, es considerada procedente, al existir la necesidad de actualizar el tarifario del Complejo Pesquero, a fi n de armonizar los servicios consignados en dicho tarifario con los servicios que se vienen brindando en el Complejo Pesquero; Que, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 00016-2015-FONDEPES/OGAJ opina que la propuesta de actualización del tarifario del Complejo Pesquero La Puntilla se ajusta en estricto a las normas vigentes y en tal sentido resulta viable la actualización del mismo; Que, la Secretaría General en ejercicio de sus funciones somete a consideración del Jefe del FONDEPES la actualización del tarifario del Complejo Pesquero La Puntilla, para su aprobación, de acuerdo a la normatividad legal vigente; Que, en tal sentido, corresponde emitir el acto de administración interna que apruebe la actualización del tarifario del Complejo Pesquero La Puntilla; De conformidad con el literal p) del artículo 8 del Reglamento del Organización y Funciones del FONDEPES; Con las visaciones de la Secretaría General, la Ofi cina General de Administración, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus competencias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la actualización del tarifario del Complejo Pesquero La Puntilla, el mismo que como anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el portal institucional de la entidad a través de la Ofi cina General de Administración de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la información pública. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO GONZALEZ GUERRERO Jefe REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN