Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2015 (24/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Martes 24 de febrero de 2015

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Que, en el articulo 2 del citado Decreto Supremo se establece que el formato, las medidas, caracteristicas, asi como las demas especificaciones y necesidades tecnicas, tecnologicas y de seguridad de los autoadhesivos consulares deben ser aprobados a traves de Resolucion Ministerial por el Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, en tal sentido, es necesario emitir la presente Resolucion Ministerial a fin de dar cumplimiento al mandato contenido en el Decreto Supremo Nº 046-2014-RE; Con la opinion favorable de la Direccion General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 29357 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, y en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobacion Aprobar el formato y las especificaciones tecnicas del Autoadhesivo Consular, conforme a lo establecido en el Anexo N° 1, que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2.- Publicacion La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores (www. rree.gob.pe), el mismo dia de su publicacion en el Diario Oficial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores ANEXO N° 1 ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL AUTOADHESIVO CONSULAR 1. MEDIDA a) 90 mm de ancho x 70 mm de alto +/- 1 mm, sin recibo. b) 90 mm de ancho x 140 mm de alto +/- 1 mm, con recibo. 2. PAPEL a) De seguridad de 65 gramos por M2 +/- 4. b) Autoadhesivo al frio de alta resistencia durabilidad. c) Con dos fibrillas de seguridad visibles. d) Con una fibrilla de seguridad invisible. e) Sensibilizado contra intento de adulteraciones. 3. IMPRESION a) MORDAZA de seguridad en sistema INTAGLIO (sistema de alto relieve utilizado en la impresion de billetes), con un diseno exclusivo para el Ministerio de Relaciones Exteriores. b) Impresion con tinta solo visible bajo la luz ultravioleta. c) Impresion de fondo de seguridad irisado. d) Fondo numismatico. e) Microimpresiones, microlineas y microtextos. f) Imagen latente. g) MORDAZA tecnica. 4. NUMERACION a) Numeracion que se iniciara con MRE AC000001 y correlativos, impreso en tinta de color negro. Ademas llevara un codigo de barras identificatorio, con la misma numeracion. 5. TROQUELADO a) Troquelado para facil desglose. b) Esquinas redondeadas. y

Traductores Publicos Juramentados cesaran en sus funciones, entre otras, por renuncia; Que, mediante Memorandum (JTP) Nº JTP0001/2015, la Junta de Vigilancia de los Traductores Publicos Juramentados hace de conocimiento que no existe ninguna observacion derivada del ejercicio de las funciones de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ordonez de la MORDAZA como Traductora Publica Juramentada, por lo cual solicita la emision y publicacion de la resolucion ministerial que de termino a sus funciones en el referido cargo, a partir del 15 de MORDAZA de 2013, fecha de MORDAZA de su renuncia al Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, en ese sentido, en virtud del articulo 17 de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad competente podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse el acto, el supuesto de hecho justificativo para su adopcion, corresponde que el acto a emitirse en la presente resolucion sea eficaz a partir del 15 de MORDAZA de 2013, fecha en la cual la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ordonez de la MORDAZA presento su renuncia al cargo de Traductora Publica Juramentada; Que, en virtud del articulo 36 del Reglamento de Traductores Publicos Juramentados, en los casos de terminacion definitiva del cargo, los Traductores Publicos Juramentados estan obligados, bajo responsabilidad, a transferir sus archivos de traducciones oficiales al Archivo General de la Nacion o a los Archivos Regionales, segun sea el caso; De conformidad con el Decreto Ley Nº 18093; la Ley N° 29357 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; el Reglamento de Traductores Publicos Juramentados, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 126-2003-RE; y la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- MORDAZA a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ordonez de la MORDAZA en sus funciones como Traductora Publica Juramentada, por renuncia al cargo, con eficacia anticipada al 15 de MORDAZA de 2013. Articulo 2º.- Disponer que la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ordonez de la MORDAZA, bajo responsabilidad, transfiera los archivos de sus traducciones oficiales al Archivo General de la Nacion. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1203552-1

Aprueban formato y especificaciones tecnicas del Autoadhesivo Consular
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0130/RE-2015 MORDAZA, 20 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, a fin de contribuir con una mejor atencion a los connacionales en el exterior, a la optimizacion del uso de los recursos publicos y a fortalecer la administracion y recaudacion de los ingresos consulares, se emitio el Decreto Supremo N° 046-2014-RE; Que, en dicho contexto, mediante el Decreto Supremo N° 046-2014-RE se habilita al Ministerio de Relaciones Exteriores, a traves de las Oficinas Consulares del Peru en el Exterior, a utilizar autoadhesivos consulares para acreditar los pagos por las actuaciones oficiales, de acuerdo a lo que establece la Tarifa de Derechos Consulares;

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