Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2015 (27/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Viernes 27 de febrero de 2015

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AMBIENTE
Designan representante titular del Ministerio ante la Comision Multisectorial de caracter temporal denominada "Desarrollo de las Cuencas del Pastaza, Tigre, Corrientes y Maranon, del departamento de Loreto"
RESOLUCION MINISTERIAL N° 036-2015-MINAM MORDAZA, 26 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 096-2014MINAM de 07 de MORDAZA de 2014, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Asesoramiento en Asuntos Socio-ambientales como representante titular del Ministerio del Ambiente ante la Comision Multisectorial de caracter temporal denominada "Desarrollo de las Cuencas del Pastaza, Tigre, Corrientes y Maranon, del departamento de Loreto", segun lo establecido en la Resolucion Suprema N° 119-2014-PCM, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 01 de MORDAZA de 2014; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 015-2015MINAM de 31 de enero de 2015 se acepto la renuncia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Jefe de la Oficina de Asesoramiento en Asuntos Socioambientales y se designo al senor MORDAZA MORDAZA Eyzaguirre Beltroy; Que, en tal sentido, resulta necesario modificar la designacion del representante titular del Ministerio del Ambiente ante la mencionada Comision Multisectorial, con el proposito que dicho encargo sea asumido por el senor MORDAZA MORDAZA Eyzaguirre Beltroy, Jefe de la Oficina de Asesoramiento en Asuntos Socio-ambientales dependiente de la Secretaria General del Ministerio del Ambiente; por lo que, corresponde emitir el acto resolutivo respectivo; Con el visado de la Secretaria General y la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, que aprueba su Reglamento de Organizacion y Funciones. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Ministerial N° 096-2014-MINAM de 07 de MORDAZA de 2014, a fin de designar al senor MORDAZA MORDAZA EYZAGUIRRE BELTROY, Jefe de la Oficina de Asesoramiento en Asuntos Socioambientales, dependiente de la Secretaria General del Ministerio del Ambiente, como representante titular del Ministerio del Ambiente ante la Comision Multisectorial de caracter temporal denominada "Desarrollo de las Cuencas del Pastaza, Tigre, Corrientes y Maranon, del departamento de Loreto". Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la Oficina Nacional de Dialogo y Sostenibilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA de Transparencia Estandar del Ministerio del Ambiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 1205319-1 VISTOS

CULTURA
Aprueban listado actualizado contenido en la Base de Datos Oficial de Pueblos Indigenas u Originarios incorporando a la informacion comprendida en la R.M. Nº 321-2014-MC, la relacion de centros poblados ubicados en el ambito de las comunidades nativas pertenecientes a los pueblos indigenas de la Amazonia Peruana
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 066-2015-MC MORDAZA, 26 de febrero de 2015

El Informe N° 19-2015-DGPI-VMI/MC de la Direccion General de Derechos de los Pueblos Indigenas, el Memorando N° 055-2015-VMI/MC del Viceministerio de Interculturalidad y la Nota N° 101-2015-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO Que, la Constitucion Politica del Peru establece en su articulo 2, numerales 1, 2, y 22, que toda persona tiene derecho a la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica, a su libre desarrollo y bienestar; a la igualdad ante la ley, a no ser discriminado; asi como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, asimismo, el numeral 19 del citado articulo 2, establece que toda persona tiene derecho a su identidad etnica y cultural, por lo que el Estado reconoce y protege la pluralidad etnica y cultural de la Nacion; Que, mediante la Ley N° 29565 crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico y con competencia en asuntos de interculturalidad e inclusion de las poblaciones originarias, buscando garantizar el pleno ejercicio de los derechos fundamentales de los pueblos indigenas; Que, de conformidad con la Ley N° 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indigenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organizacion Internacional del Trabajo (OIT), el Ministerio de Cultura, a traves del Viceministerio de Interculturalidad, tiene a su cargo la Base de Datos Oficial de Pueblos Indigenas u Originarios, estando referido este instrumento a pueblos indigenas u originarios del MORDAZA, de conformidad con los criterios de identificacion de dichos pueblos establecidos en el Convenio 169 de la OIT y en la citada Ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Convenio 169 de la OIT y la Declaracion de las Naciones Unidades sobre los Derechos de los Pueblos Indigenas, los gobiernos deberan asegurar a los miembros de los pueblos indigenas, el goce de derechos y oportunidades que la legislacion nacional otorga al resto de la sociedad nacional, por cuanto estos pueblos indigenas tienen derecho a mejorar sus condiciones economicas y sociales, debiendo el Estado adoptar medidas especiales para asegurar tal fin; Que, de conformidad con lo senalado en el Informe N° 19-2015-DGPI-VMI/MC de la Direccion General de Derechos de los Pueblos Indigenas, resulta necesario proseguir con la actualizacion de la Base de Datos Oficial de Pueblos Indigenas u Originarios, brindando informacion complementaria a la contenida en la Resolucion Ministerial N° 321-2014-MC de fecha 16 de setiembre de 2014, a traves de la incorporacion de nuevas comunidades nativas y sus centros poblados, de acuerdo a la informacion que sobre el particular se ha obtenido del IV Censo Nacional Agropecuario (INEI 2012); Que, la publicacion de informacion en la Base de Datos Oficial de Pueblos Indigenas u Originarios es un MORDAZA en curso, dado que segun lo dispuesto en el articulo 6.4 de la Directiva que regula el funcionamiento de la Base de Datos Oficial de Pueblos Indigenas u Originarios, aprobada por Resolucion Ministerial N° 202-2012-MC de fecha 22 de MORDAZA de 2012, esta Base incorporara informacion de manera progresiva y se actualizara de forma permanente;

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