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El Peruano Viernes 27 de febrero de 2015 547584 del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizarse mediante Resolución Suprema; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar los viajes solicitados, cuyos gastos de pasajes internacionales serán con cargo al presupuesto del Sector;y los costos de estancia (alojamiento, alimentación y transporte interno) serán de cargo del Gobierno de Israel; De conformidad con la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;en la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en la Ley N° 30281- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su modifi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; en el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización de Funciones del Ministerio de la Producción y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor ALEJANDRO MARTÍN BERNAOLA CABRERA, Director General de la Dirección General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, a la ciudad de Tel Aviv, Estado de Israel, del 05 al 14 de marzo de 2015, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor SERGIO GILBERTO RODRÍGUEZ SORIA, Director de la Dirección de Innovación de la Dirección General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, a la ciudad de Tel Aviv, Estado de Israel, del 05 al 14 de marzo de 2015, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Alejandro Martín Bernaola Cabrera Pasaje aéreo (Incluye TUUA) US $ 2,528.82 Señor Sergio Gilberto Rodríguez Soria. Pasaje aéreo (Incluye TUUA) US $ 2,528.82 --------------------- TOTAL US $ 5,057.64 Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, los citados funcionarios deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PIERO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1205424-18 RELACIONES EXTERIORES Ratifican Addendum N° 1 al Convenio de Financiación entre la Unión Europea y la República del Perú relativo al “Programa de Apoyo a la Política Peruana de Promoción de las exportaciones de productos ecológicos (EURO-ECO-TRADE)” DECRETO SUPREMO Nº 010-2015-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Addendum N° 1 al Convenio de Financiación entre la Unión Europea y la República del Perú relativo al “Programa de Apoyo a la Política Peruana de Promoción de las exportaciones de productos ecológicos (EURO-ECO-TRADE)”, fue suscrito por la Unión Europea el 3 de febrero de 2014 y por la República del Perú el 20 de febrero de 2014; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Addendum N° 1 al Convenio de Financiación entre la Unión Europea y la República del Perú relativo al “Programa de Apoyo a la Política Peruana de Promoción de las exportaciones de productos ecológicos (EURO-ECO-TRADE)”, suscrito por la Unión Europea el 3 de febrero de 2014 y por la República del Perú el 20 de febrero de 2014. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario ofi cial “El Peruano” el texto íntegro del referido Convenio, así como la fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de febrero del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1205424-4 Ratifican Carta – Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo para el proyecto “Apoyo al mejoramiento de la calidad de las estadísticas de la criminalidad y la seguridad ciudadana en el Perú” (ATN/OC-14631-PE) DECRETO SUPREMO Nº 011-2015-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA