Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2015 (27/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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Que, resulta necesario aprobar el listado actualizado de pueblos indigenas ubicados en la Amazonia Peruana, comprendidos en la Base de Datos Oficial de Pueblos Indigenas u Originarios, siendo competencia del Ministerio de Cultura garantizar el bienestar de estos pueblos y velando porque las politicas publicas que MORDAZA implementadas a su favor cuenten con enfoque intercultural, en atencion a su naturaleza y caracteristicas propias; Con el visado de la Viceministra de Interculturalidad y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de Creacion del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura; y el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, que define y establece las politicas nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el listado actualizado contenido en la Base de Datos Oficial de Pueblos Indigenas u Originarios, incorporando a la informacion comprendida en la Resolucion Ministerial N° 321-2014-MC, la relacion de centros poblados ubicados en el ambito de las comunidades nativas pertenecientes a los pueblos indigenas de la Amazonia Peruana, de acuerdo al detalle contemplado en el Anexo N° 1, que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2.- Disponer que el Viceministerio de Interculturalidad efectue en un plazo MORDAZA de seis meses de aprobada la presente Resolucion, la actualizacion de la Base de Datos Oficial de Pueblos Indigenas u Originarios, siempre que cuente con la informacion que sobre el particular produzcan las entidades de la administracion publica competentes. Articulo 3.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob. pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALVAREZ-CALDERON Ministra de Cultura 1205352-1

El Peruano Viernes 27 de febrero de 2015

DEFENSA
Autorizan viaje de oficial del Ejercito del Peru, medico tratante y acompanante, a MORDAZA, por tratamiento medico altamente especializado
RESOLUCION SUPREMA Nº 075-2015-DE/EP MORDAZA, 26 de febrero de 2015 VISTO: La Hoja de Recomendacion Nº 002 Y-6.a.4/15.00 del 12 de enero de 2015, del Comando de Salud del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, con Oficio N° 1093 /Y-11/5/15.00 del 09 de octubre de 2014, el Director del Hospital Militar Central (HMC), remite el legajo de evacuacion internacional del MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA, con diagnostico "ESCLEROSIS LATERAL AMIOTROFICA", (G12.2 CIE 10 OMS), conteniendo el Acta de Junta Medica Neurologica del Hospital Militar Central del 28 de agosto de 2014, Acta de Junta Medica Intersanidades de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru del 28 de agosto de 2014, Certificado Medico del Instituto Nacional de Ciencias Neurologicas del 23 de setiembre de 2014, Informe Medico y Resumen de Historia Clinica del 10 de setiembre de 2014, y Peritaje Medico Legal del 09 de setiembre de 2014;

Que, mediante el Acta de Junta Medica del Hospital Militar Central de fecha 28 de agosto de 2014, se senala que la enfermedad que afecta al MORDAZA en mencion, es de naturaleza degenerativa, progresiva, catastrofica y discapacitante; concluyendo solicitar la evaluacion e informe medico de institutos especializados del ambito nacional; Que, con el Certificado Medico expedido por el Instituto Nacional de Ciencias Neurologicas del Ministerio de Salud, se recomienda tratamiento de medicina fisica y rehabilitacion MORDAZA, opinando que seria conveniente acudir a centros de sanidad muy especializados en esta patologia; Que, con el fin de mejorar el estado de salud y calidad de MORDAZA del MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA, resulta conveniente su evacuacion al INTERNATIONAL CENTER FOR CELL THERAPY & CANCER IMMUNOTHERAPY (CTCI), en la MORDAZA de Tel MORDAZA, Estado de MORDAZA, para ser sometido a tratamiento medico altamente especializado de trasplante de Celulas MORDAZA Mesenquimales Autologas, que hasta la fecha ha demostrado ser un tratamiento viable; significando una opcion terapeutica que no se le puede brindar en el MORDAZA y la posibilidad de detener el progreso de su enfermedad; Que, mediante Oficio N° 180/AGREDEF-PERU/ MORDAZA del 03 de diciembre de 2014, el MORDAZA EP Agregado de Defensa a la Embajada del Peru en MORDAZA, informa acerca de la cita y tratamiento para el MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA en el INTERNATIONAL CENTER FOR CELL THERAPY & CANCER IMMUNOTHERAPY (CTCI) de Israel; Que, con el Oficio N° 185/AGREDEF-PERU/ISRAEL del 16 de diciembre de 2014, el mismo funcionario diplomatico confirma la cita medica del MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA, para el lunes 02 de marzo de 2015, a efectos de realizar la terapia con Celulas MORDAZA (Aspiracion de la medula osea); Que, con el documento del visto, el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito autoriza la evacuacion internacional para Tratamiento Medico Altamente Especializado del MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA, al INTERNATIONAL CENTER FOR CELL THERAPY & CANCER IMMUNOTHERAPY (CTCI), en Tel MORDAZA, MORDAZA, para cita medica programada del dia 01 de marzo de 2015, a fin de ser evaluado y sometido a la primera parte del Trasplante de Celulas Madre: Aspiracion de Medula Osea, por el periodo comprendido entre el 01 y el 04 de marzo de 2015, acompanado por su medico tratante, MORDAZA MORDAZA EP MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su familiar MORDAZA MORDAZA MORDAZA MIJAHUANCA; debiendo partir un (01) dia MORDAZA y retornar un (01) dia despues de las citadas fechas; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se ejecutaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2015, de la Unidad Ejecutora N° 003-Ejercito del Peru, de conformidad con el articulo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; Que, teniendo en consideracion los itinerarios de los vuelos internacionales, asi como el horario en que ha sido programada la cita medica del Oficial Superior MORDAZA indicado, es necesario autorizar su salida del MORDAZA, asi como la del medico tratante y acompanante, con un (01) dia de anticipacion, asi como su retorno un (01) dia posterior al termino del tratamiento medico, sin que estos dias adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Publico; Que, el articulo 13º del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, establece que el personal militar del Sector Defensa en Situacion de Actividad que contraiga una enfermedad o lesion y no logre su total recuperacion por falta de tratamiento especializado en el MORDAZA, podra ser evacuado al extranjero para ser tratado en Centros de Salud altamente especializados, sujeto a la disponibilidad presupuestal; debiendo contar previamente con el peritaje medico e informe de la Junta de Sanidad; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; la Ley Nº 27619 ­ Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047­2002-PCM del 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificaciones, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015 DE

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