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El Peruano Viernes 27 de febrero de 2015 547585 CONSIDERANDO: Que, la Carta – Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo para el proyecto “Apoyo al mejoramiento de la calidad de las estadísticas de la criminalidad y la seguridad ciudadana en el Perú” (ATN/OC-14631-PE), fue suscrita el 21 de enero de 2015, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la Carta – Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo para el proyecto “Apoyo al mejoramiento de la calidad de las estadísticas de la criminalidad y la seguridad ciudadana en el Perú” (ATN/OC-14631-PE), suscrita el 21 de enero de 2015, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario ofi cial “El Peruano” el texto íntegro del referido Convenio, así como la fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de febrero del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1205424-5 Autorizan viaje de funcionario diplomático a Uruguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0142/RE-2015 Lima, 25 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Trasmisión del Mando Presidencial y Asunción del Presidente electo de Uruguay se llevará a cabo en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 1 de marzo de 2015; y con la fi nalidad de coordinar con antelación necesaria la ejecución de aspectos protocolares y de ceremonial vinculados a la participación del señor Presidente de la República en la mencionada ceremonia, es necesario que el Ministro en el Servicio Diplomático de la República Jaime Ricardo Sparks de las Casas, funcionario de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, viaje a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 27 de febrero al 1 de marzo de 2015; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 726, del Despacho Viceministerial, de 16 de febrero de 2015; y los Memorandos (PRO) N.° PRO0086/2015, de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 16 de febrero de 2015; y (OPP) N.° OPP0222/2015, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 18 de febrero de 2015, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047- 2002-PCM, modifi cado por Decreto Supremo N.º 056- 2013-PCM; la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modifi catorias; la Ley N.º 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Jaime Ricardo Sparks de las Casas, funcionario de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 27 de febrero al 1 de marzo de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0094385 Protocolo, Ceremonial del Estado y Diplomático, Privilegios e Inmunidades, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Nº de días Total Viáticos US$ Jaime Ricardo Sparks de las Casas 1 580,00 370,00 3 1 110,00 Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1205211-1 SALUD Autorizan viaje de profesionales de la DIGEMID a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2015-SA Lima, 26 de febrero del 2015 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, se llevará a cabo la “Reunión presencial del Grupo de Expertos Gubernamentales para la Armonización de Legislaciones Sanitarias (Sanidad Humana) de la Comunidad Andina - CAN”, del 3 al 6 de marzo de 2015; Que, mediante comunicación SG/E/186/2015 de fecha 30 de enero de 2015, la Directora General de la Secretaría General de la Comunidad Andina, invita a representantes del Ministerio de Salud a participar en el citado evento; Que, a través de la Nota Informativa N° 045-2015- DIGEMID-DG-DAS-EPSAN/MINSA, el Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud solicita se autorice el viaje de las Químico Farmacéuticas Rosa Luz Guevara