Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2015 (01/07/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

556310
Que, el literal f) del artículo 5° del Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales, aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, señala que la separación es uno de los actos inscribibles en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 118-2011-PCM/SD se dispuso la inscripción de la "Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha MANCOCAPAQ". Esta mancomunidad municipal está integrada por las Municipalidades Distritales de Alcamenca, Huamanquiquia, Huancaraylla y Sarhua de la Provincia de Víctor Fajardo, y Carapo de la Provincia de Huanca Sancos, en el Departamento de Ayacucho; Que, mediante el Oficio de Vistos, el alcalde de la Municipalidad Distrital de Carapo solicita la inscripción de la separación de esta entidad de la "Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ"; Que, por la Ordenanza Municipal N° 005-2015MDC/AYA la Municipalidad Distrital de Carapo aprueba su separación de la "Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ"; Que, acorde con el Informe Nº 089-2015­PCM/SDOGI-MIRA los documentos presentados para la inscripción del acto de separación cumplen con el procedimiento establecido en el artículo 14º del Reglamento de la Ley y en el artículo 5° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización que dispone la inscripción de la separación de la Municipalidad Distrital Carapo de la "Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ", en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 046-2010-PCM; el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de la inscripción de separación Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de la Municipalidad Distrital de Carapo de la "Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ". Artículo 2º.- Conformación del Consejo Directivo El Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ", está conformado como sigue: - Presidente: Fredy Barrientos Cisneros, alcalde de la Municipalidad Distrital de Alcamenca. - Director: Telésforo Huashuayo Ramos, alcalde de la Municipalidad Distrital de Sarhua. - Director: Casiano Ramírez Huamán, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huamanquiquia. - Director: Eleuterio Pablo Arotoma, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huancaraylla. Artículo 3º.- Registro de anexo Inscribir la Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Carapo que aprueba su separación de la "Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ", en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANA ESTHER MENDOZA FISCALINI Secretaria de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 1257139-2

El Peruano Miércoles 1 de julio de 2015

AGRICULTURA Y RIEGO
Designan Asesora Legal de la Dirección Ejecutiva del SERFOR
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 078-2015-SERFOR-DE Lima, 30 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre-SERFOR, como organismo público técnico especializado con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura, hoy Ministerio de Agricultura y Riego; Que, con el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014MINAGRI, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, el cual establece que el SERFOR cuenta con una estructura orgánica compuesta, entre otros, por órganos de administración interna y órganos de línea; Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor Legal de la Dirección Ejecutiva del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR; por lo que resulta pertinente designar al servidor que desempeñará dicho cargo, considerado de confianza; Con las visaciones de la Secretaría General y la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el literal p) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI y modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, a la señora JESSICA VIOLETA OBLITAS MENDEZ DE DIAZ en el cargo de Asesora Legal de la Dirección Ejecutiva del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre SERFOR, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Directora Ejecutiva (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1257190-1

Designan Coordinadora de Proyecto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del SERFOR
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 079-2015-SERFOR-DE Lima, 30 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre-SERFOR, como organismo público técnico especializado con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura, hoy Ministerio de Agricultura y Riego; Que, con el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014MINAGRI, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, el cual establece que el SERFOR cuenta con una estructura orgánica compuesta, entre otros, por órganos de administración interna, órganos de línea; Que, la señora Yzia Justa Mercedes Encomenderos Bancallán pertenece al Cuerpo de Gerentes Públicos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.