Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2015 (01/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, correspondiente al Programa Presupuestal 0090: Logros de Aprendizaje de los Estudiantes de Educación Básica Regular, se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de los pliegos Gobiernos Regionales para los fines antes señalados; Que, en el marco de lo indicado en los considerandos precedentes, mediante Oficio N° 876-2015-MINEDU/ SG, el Ministerio de Educación solicita la aprobación de un decreto supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de OCHENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO SETENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 87 453 176,00), correspondiente al tercer tramo, conforme a lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 591-2014MINEDU y su modificatoria, y en el artículo 17 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, para financiar la adquisición de bienes y servicios del Programa Presupuestal 0090: Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular, así como para las intervenciones de educación básica priorizadas para el año fiscal 2015; en consecuencia, resulta necesario autorizar la Transferencia de Partidas antes citada; De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, y el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatorias; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de OCHENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO SETENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 87 453 176,00) del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar la adquisición de bienes y servicios del Programa Presupuestal 0090: Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular, así como para las intervenciones de educación básica priorizadas para el año fiscal 2015, conforme a lo indicado en la parte considerativa del presente decreto supremo, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO En Nuevos Soles : Gobierno Central 010 : Ministerio de Educación 026 : Programa Educación Básica para Todos 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas 1 : Recursos Ordinarios 25 765 699,00 3000386 : Docentes preparados implementan el currículo 1 : Recursos Ordinarios 48 109 490,00 3000387 : Estudiantes de educación básica regular cuentan con materiales educativos necesarios para el logro de los estándares de aprendizajes FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios PRODUCTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios

El Peruano Miércoles 1 de julio de 2015

1 : Recursos Ordinarios 816 291,00 3000001 : Acciones comunes 1 : Recursos Ordinarios 12 761 696,00 TOTAL EGRESOS 87 453 176,00 =========== En Nuevos Soles : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Regionales 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas 1 : Recursos Ordinarios 25 765 699,00 3000386 : Docentes preparados implementan el currículo 1 : Recursos Ordinarios 48 109 490,00 3000387 : Estudiantes de educación básica regular cuentan con materiales educativos necesarios para el logro de los estándares de aprendizajes 1 : Recursos Ordinarios 816 291,00

A LA: SECCION SEGUNDA PLIEGO PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios PRODUCTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios PRODUCTO

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios PRODUCTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios

3000001 : Acciones comunes 1 : Recursos Ordinarios

12 761 696,00 TOTAL EGRESOS 87 453 176,00 ===========

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios PRODUCTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios PRODUCTO

1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por Pliego a nivel de Unidad Ejecutora y actividad presupuestal, se consignan en el Anexo "Transferencia de Recursos para financiar los Compromisos de Desempeño 2015 - Tercer Tramo" que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los Portales Institucionales del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado

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