Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2015 (02/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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El Peruano Jueves 2 de julio de 2015

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO
Aceptan renuncia de Asesor de la Alta Dirección del SENASA
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0164-2015-MINAGRI-SENASA 30 de junio de 2015 VISTO: La carta presentada por el señor Abog. Juan Pablo Miranda Leo, de fecha 26 de junio de 2015, mediante la cual presenta su renuncia al cargo de Asesor de Alta Dirección del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural N° 0135-2014MINAGRI-SENASA de fecha 16 de mayo de 2014, se designó al señor Abog. Juan Pablo Miranda Leo, como Asesor de la Alta Dirección del Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA; Que, a través del documento del visto, el señor Abog. Juan Pablo Miranda Leo ha presentado su renuncia al cargo de Asesor de la Alta Dirección del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 27594 ­ Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos con cargo de confianza, mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el Artículo 1° de la presente Ley; Que, de acuerdo al artículo 12º literal K) del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG-SENASA, y modificado por el artículo 3° del Decreto Supremo N° 027-2008-AG, establece que el Jefe Nacional del SENASA es la máxima autoridad ejecutiva de la Institución, ejerciendo funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía en la Entidad, entre las cuales está emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 ­ Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos con cargo de confianza, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG ­ Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, y con los visados de las Oficinas de Administración, de Planificación y Desarrollo Institucional y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor Abog. Juan Pablo Miranda Leo, con efectividad al día 30 de junio de 2015, al cargo de Asesor de la Alta Dirección del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Administración efectuar la liquidación de beneficios sociales y realizar las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1257236-1

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural N° 344-2014ANA, de fecha 05 de diciembre de 2014, se encargó al señor Alberto Antonio Alva Tiravanti, las funciones de Director de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua; Que, se ha visto por conveniente dar por concluido el encargo efectuado y designar a su reemplazante; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluido, a partir del 30 de junio de 2015, el encargo de funciones efectuado al Alberto Antonio Alva Tiravanti, como Director de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, conferidas por Resolución Jefatural N° 344-2014-ANA; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Encargar, a partir del 01 julio de 2015, al señor Luis Alberto Apolinario Torres, las funciones de Director de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, en adición a las funciones de su Contrato Administrativo de Servicios, suscrito con esta Autoridad. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1257498-1

Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de esquejes enraizados y esquejes sin enraizar de crisantemo de origen y procedencia Bolivia
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0032-2015-MINAGRI-SENASA-DSV 24 de junio de 2015 VISTO: El Informe ARP Nº 032-2013-AG-SENASA-DSVSARVF de fecha 25 de octubre de 2013, el cual, al identificar y evaluar los potenciales riesgos de ingreso de plagas reglamentadas al país, propone el establecimiento de requisitos fitosanitarios de esquejes enraizados y esquejes sin enraizar de crisantemo (Chrysanthemum spp.) de origen y procedencia Bolivia, y ; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al país como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, el artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA publicará los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se notificarán a la Organización Mundial del Comercio; Que, el artículo 38° del Decreto Supremo N° 032-2003AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que los requisitos fitosanitarios necesarios que se debe cumplir

Encargan funciones de Director de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 173 -2015-ANA Lima, 30 de junio de 2015

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