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El Peruano Jueves 2 de julio de 2015 556393 Planifi cación y Presupuesto del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, se ha visto conveniente dar por concluida la citada encargatura, correspondiendo designar a su titular; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDA, la encargatura de funciones del Ingeniero César Antonio Castro Vargas en el cargo de Sub Director de la Unidad de Programas, Proyectos y Cooperación de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- ACEPTAR, la renuncia formulada por el Ingeniero César Antonio Castro Vargas en el cargo de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3º.- DESIGNAR, al Ingeniero César Antonio Castro Vargas en el cargo de Sub Director de la Unidad de Programas, Proyectos y Cooperación de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 4º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO VINELLI RUIZ Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL 1257603-2 Designan Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 171-2015-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 1 de julio de 2015 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 997 modifi cado por la Ley Nº 30048, el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL es una unidad ejecutora del Ministerio de Agricultura y Riego – MINAGRI, la misma que tiene por objetivo promover el desarrollo agrario rural, a través del fi nanciamiento de proyectos de inversión pública en zonas rurales en el ámbito agrario en territorios de menor grado de desarrollo económico; Que, en este contexto, se ha visto conveniente contar con un profesional para que asesore al despacho de la Dirección Ejecutiva; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR, al señor Miguel Ángel Marquez Vargas en el cargo de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confi anza. Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO VINELLI RUÍZ Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL 1257603-3 AMBIENTE Aprueban el “Plan de Lucha Contra la Corrupción del Ministerio del Ambiente y sus Organismos Adscritos 2015 - 2016” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 174-2015-MINAM Lima, 30 de junio de 2015 Visto; el Informe N° 232-2015-MINAM-SG-OPP de 11 de junio de 2015, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se aprobó la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, como un organismo del poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público; Que, a través del Decreto Supremo N° 027-2007- PCM se defi nen y establecen las políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, señalando como prioritaria la implementación de la Política Nacional Anticorrupción, orientada a fortalecer la lucha contra la corrupción en las licitaciones y adquisiciones del Estado; garantizar la transparencia y la rendición de cuentas; promover la Ética Pública a través de sus acciones y comunicaciones; y, fomentar la participación ciudadana en la vigilancia y control de la gestión pública; Qué, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece como fi nalidad fundamental del proceso de modernización, la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, con el objetivo de alcanzar entre otros, un Estado transparente en su gestión, con servidores que brindan al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, confi able, predecible y de bajo costo, lo que implica el desempeño responsable y transparente de la función pública, con mecanismos de control efectivos; Que, mediante Decreto Supremo N° 119-2012-PCM, se aprobó el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción 2012 – 2016, el cual defi ne un (01) Objetivo General y cinco (05) Objetivos Específi cos, referidos estos últimos a la articulación y coordinación interinstitucional para la lucha contra la corrupción; la prevención efi caz de la corrupción; la investigación y sanción oportuna y efi caz de la corrupción en el ámbito administrativo y judicial; la promoción y articulación de la participación activa de la ciudadana, sociedad civil y sector empresarial en la lucha contra la corrupción; y, el posicionamiento del Perú en espacios internacionales de lucha contra la corrupción; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 046- 2013-PCM, se aprobó la Estrategia Anticorrupción del Poder Ejecutivo, en cuyo numeral 2.20 se establece como una de las acciones operativas orientadas a prevenir, detectar y sancionar la corrupción, la elaboración de planes anticorrupción en las entidades del Poder Ejecutivo que contengan medidas de prevención y sanción de la corrupción, teniendo en cuenta los procesos de mayor vulnerabilidad a la corrupción y los casos de corrupción que afecta a cada uno de ellos; Que, en el marco del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción 2012 – 2016, mediante Resolución Ministerial N°