Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2015 (02/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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356-2013-MINAM de 13 de noviembre de 2013, se aprobó el Plan de Lucha Contra la Corrupción del Sector Ambiental 2013 ­ 2014, el cual tiene por finalidad desarrollar acciones concertadas y efectivas para la prevención y lucha contra la corrupción, en el marco de sus funciones y competencias; Que, en ese contexto corresponde aprobar el "Plan de Lucha Contra la Corrupción del Ministerio del Ambiente y sus Organismos Adscritos 2015 ­ 2016"; Con el visado de la Secretaría General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; el Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM; el Decreto Supremo N° 119-2012-PCM; y, el Decreto Supremo N° 046-2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Plan de Lucha Contra la Corrupción del Ministerio del Ambiente y sus Organismos Adscritos 2015 ­ 2016" que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la implementación del "Plan de Lucha Contra la Corrupción del Ministerio del Ambiente y sus Organismos Adscritos 2015 ­ 2016" el cual estará a cargo de los Órganos de Línea, de Apoyo y de Asesoramiento del Ministerio del Ambiente ­ MINAM, así como de sus Organismos Adscritos, los que darán cuenta de acuerdo a la asignación de las acciones establecidas en el citado documento, en función a su naturaleza y en el ámbito de sus funciones y competencias. Artículo 3.- Los Organismos Adscritos del Ministerio del Ambiente ­ MINAM, que a la fecha no hayan aprobado su Plan Institucional de Lucha contra la Corrupción 2015 ­ 2016, deberán realizarlo en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Los responsables de la articulación de las acciones establecidas en el "Plan de Lucha Contra la Corrupción del Ministerio del Ambiente y sus Organismos Adscritos 2015 ­ 2016" realizarán el seguimiento y evaluación semestral al mismo, dichos informes de seguimiento y evaluación deberán remitirse a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente ­ MINAM, quien se encargará de consolidar dicha información y la remitirá a la Alta Dirección, para las acciones correspondientes. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano; y, el "Plan de Lucha Contra la Corrupción del Ministerio del Ambiente y sus Organismos Adscritos 2015 ­ 2016" se publicará en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente y en los Portales Institucionales de los organismos adscritos del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1257354-1 CONSIDERANDO:

El Peruano Jueves 2 de julio de 2015

Que, mediante Ley Nº 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, se creó el Comité Especial encargado de proponer al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional; Que, el Comité a que se refiere el considerando anterior, está conformado entre otros miembros, por cuatro representantes del sector turístico privado, los mismos que son designados por Resolución del titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1382008-MINCETUR/DM, modificada con Resoluciones Ministeriales Nros. 092-2010-MINCETUR-DM, 3632011-MINCETUR/DM, 335-2013-MINCETUR, fueron designados los representantes del sector turístico privado, como miembros del Comité Especial en mención; Que, a fin de renovar su representación ante el mencionado Comité Especial, la Cámara Nacional de Turismo y los gremios legalmente constituidos, representativos de los establecimientos de hospedaje y afines, de las agencias de viaje y operadores turísticos y de las líneas aéreas, han presentado al MINCETUR las ternas de candidatos, conforme lo establece el artículo 7 del Reglamento de la Ley N° 27889; De conformidad con la Ley 27990-Ley de Organización y Funciones del MINCETUR; Ley N° 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la promoción y desarrollo turístico nacional y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2003-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 138-2008-MINCETUR/DM, modificado por las resoluciones señaladas en la parte considerativa, en lo correspondiente a la designación de los representantes del sector privado ante el Comité Especial del Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, creado por Ley N°27889, de acuerdo al siguiente detalle: -Señor (a) Alberto Federico Alegría Negrón, en representación de la Cámara Nacional de TurismoCANATUR; --Señor (a) Guillermo Martínez Pinillos Alva, en representación de los Establecimientos de Hospedaje y afines; -Señor (a) Rodrigo Custodio Diez, en representación de las Agencias de Viajes y operadores Turísticos; y -Señor (a) Mónica Fistrovic Brush, en representación de las Líneas Aéreas. Artículo 2°.- Dar las gracias a los miembros salientes por su contribución al Comité Especial antes referido. Artículo 3°.- Mantener la vigencia de los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 138-2008MINCETUR/DM y sus modificatorias. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1257640-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Modifican artículo 1 de la R.M. Nº 138-2008MINCETUR/DM, en lo correspondiente a designación de representantes del sector privado ante el Comité Especial del Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 193-2015-MINCETUR Lima, 30 de junio de 2015

CULTURA
Autorizan a la Unidad Ejecutora 002 MC ­ Cusco, a efectuar las transferencias financieras a favor del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) en el Cusco (Perú)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 220-2015-MC Lima, 30 de junio de 2015

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