Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2015 (12/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano Domingo 12 de julio de 2015

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Agricultura Familiar 2015-2021", adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego, la misma que tendrá vigencia hasta el año 2021, la cual está conformada, entre otros, por un representante del Ministerio de Agricultura y Riego, quien la presidirá; Que, en su artículo 5, el mencionado Decreto Supremo establece que la designación de representantes titular y alterno ante la mencionada Comisión Multisectorial, deberá efectuarse mediante resolución del Titular del Pliego y dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su publicación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del MINAGRI, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Articulo 1.- Designar a(al) (la) Viceministro(a) de Políticas Agrarias, así como a(al) (la) Director(a) Ejecutivo(a) del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura y Riego, ante la Comisión Multisectorial creada mediante Decreto Supremo N° 009-2015-MINAGRI. Articulo 2.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial creada mediante Decreto Supremo N° 009-2015MINAGRI, así como a los representantes mencionados, para los fines pertinentes. Regístrese y comuníquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1261497-1

Que, en tal sentido y por ser de interés para el país, resulta necesario autorizar dicho viaje en misión oficial, cuyos gastos serán cubiertos por el CAF- Banco de Desarrollo de América Latina, sin irrogar gastos al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en tanto dure la ausencia del Titular, es necesario encargar la Cartera de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú, en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en la Directiva N° 002-2015-EF/43.01"Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional y su respectiva rendición de cuentas del personal del Ministerio de Economía y Finanzas", aprobada por Resolución Ministerial N° 0692015-EF/43 y modificada mediante Resolución Ministerial N° 102-2015-EF/43; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en misión oficial, del señor Alonso Arturo Segura Vasi, Ministro de Economía y Finanzas, a la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, los días 13 y 14 de julio de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán asumidos por el CAF- Banco de Desarrollo de América Latina, sin irrogar gastos al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3.- Encargar la Cartera de Economía y Finanzas al señor Milton Martín Von Hesse La Serna, Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a partir del 13 de julio de 2015 y mientras dure la ausencia del Titular. Artículo 4.- La presente resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente resolución es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1262051-4

Aprueban Directiva "Procedimiento Complementario para la Operatividad del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario, en el Otorgamiento de Financiamiento del Seguro Agrícola Catastrófico, para las Campañas Agrícolas 2015 - 2016 y 2016 - 2017"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0362-2015-MINAGRI Lima, 9 de julio del 2015 VISTOS: El Acta de Sesión N°46 del Consejo Directivo del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario de fecha 25 de junio de 2015, el Oficio Nº 1043-2015-MINAGRI-DIGNA/DG de la Dirección General de Negocios Agrarios y el Informe N° 002-2015-MINAGRIDIGNA/DG; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 4.1, inciso b) del artículo 4 de la Ley Nº 28939, Ley que aprueba el Crédito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, creó el Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario, con la finalidad de garantizar los créditos otorgados por las instituciones financieras a los medianos y pequeños productores rurales organizados, que orienten su actividad hacia mercados nacionales y/o internacionales dinámicos; Que, la Ley N° 28995, Ley que amplía la finalidad del Fondo de Garantía para el Campo creado por Ley N° 28939, establece en su artículo Único, que dicho fondo garantiza los créditos otorgados por instituciones financieras a los

AGRICULTURA Y RIEGO
Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Multisectorial creada mediante D.S. Nº 009-2015-MINAGRI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0361-2015-MINAGRI Lima, 9 de julio de 2015 VISTO: El Oficio N° 130-2015-MINAGRI-DVPA, de fecha 02 de julio de 2015, del Viceministro de Políticas Agrarias; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 009-2015-MINAGRI, publicado en el Diario Oficial El Peruano el día 20 de junio de 2015, se aprobó la "Estrategia Nacional de Agricultura Familiar 2015-2021"; cuyo artículo 3 crea la Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal denominada "Comisión Multisectorial encargada de fiscalizar la implementación de la Estrategia Nacional de

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