Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2015 (12/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Domingo 12 de julio de 2015

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refiere el artículo 1 del Decreto Supremo N° 008-2015VIVIENDA; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 0062015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.Aprobar las "Disposiciones Complementarias para la aplicación de la Política y Escala Remunerativa al personal de confianza de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales, a que se refiere el artículo 1 del Decreto Supremo N° 0082015-VIVIENDA", que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento de este Ministerio, la absolución de consultas formuladas por las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales, así como la emisión de opiniones técnicas, para la mejor aplicación de las disposiciones complementarias aprobadas mediante el artículo 1 de la presente Resolución, en el marco de su competencia. Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Estadística e Informática, la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en la página web del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe), el mismo día de publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda Construcción y Saneamiento 1261478-2

la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 2.- Designar al señor Eusebio Mariano Cabrera Echegaray, como Director de la Dirección de Urbanismo y Desarrollo Urbano de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 3.- Designar a la señora Rosario Elena Gonzáles Seminario, como Directora de la Dirección de Ordenamiento e Integración de Centros Poblados de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1261478-1

Aprueban "Disposiciones Complementarias para la aplicación de la Política y Escala Remunerativa al personal de confianza de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales, a que se refiere el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 008-2015-VIVIENDA"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 192-2015-VIVIENDA Lima, 9 de julio de 2015 Vistos, los Informes N°s. 105 y 118-2015-VIVIENDAVMCS-DGPRCS-DS, de la Dirección de Saneamiento, los Memoranda N°s. 284 y 330-2015-VIVIENDA/VMCSDGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; y los Memoranda N°s. 1900 y 1966-2015/VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 008-2015-VIVIENDA, se aprueba la política y escala remunerativa aplicable al personal de confianza de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS) Municipales, debiendo entenderse por personal de confianza; de acuerdo al artículo 1 de la citada norma, a los cargos de Gerente General, Gerente Funcional, Jefe Divisional 1 y Jefe Divisional 2 y/o sus equivalencias; para lo cual las EPS Municipales deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 4 de la citada norma, lo cual estará sujeto a la verificación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 008-2015-VIVIENDA, dispone que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprueba mediante Resolución Ministerial las disposiciones complementarias que sean necesarias para garantizar el cumplimiento de la citada norma, entre ellas, las relativas a: a) La documentación que permita acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en su artículo 4; b) Las equivalencias de los cargos a que se refiere su artículo 1; y, c) Los criterios para determinar la capacidad financiera de las EPS Municipales; Que, el artículo 5 del Decreto Supremo N° 0082015-VIVIENDA, establece que el incremento de los montos previstos en la Escala Remunerativa dispuesta en su artículo 2, se aprueba mediante Decreto Supremo, conforme a lo establecido en el numeral 1 del artículo 35 de la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento; Que, de acuerdo a lo señalado en los documentos de Vistos, corresponde al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento establecer disposiciones complementarias para la aplicación de la Política y Escala Remunerativa al personal de confianza de las EPS Municipales, a que se

Aprueban el Manual de Operaciones del Programa Nuestras Ciudades - PNC
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 193-2015-VIVIENDA Lima, 9 de julio de 2015 Vistos: los Memoranda Nºs. 589 y 696-2015VIVIENDA/VMVU-PNC del Programa Nuestras Ciudades, y el Memorándum Nº 1686-2015/VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 38 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo se establece, que los programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública específica, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenecen; Que, los artículos 5 y 6 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento disponen, que el Ministerio es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia, el cual comprende las materias de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales, y propiedad urbana; Que, por Decreto Supremo Nº 005-2012-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 005-2013-VIVIENDA, se crea el Programa Nuestras Ciudades, en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, con el propósito de lograr el desarrollo sustentable de las ciudades del Perú a través de la participación coordinada y concurrente de los tres niveles de gobierno, la población, el sector privado y la sociedad civil; Que, según la normatividad citada en el considerando precedente, el Programa Nuestras Ciudades tiene como objetivo, promover el crecimiento, conservación, mejoramiento, protección e integración de nuestras

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