Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2015 (12/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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medianos y pequeños productores rurales organizados, que orienten su actividad hacia mercados nacionales y/o internacionales dinámicos, así como financia mecanismos de aseguramiento agropecuario, ofrecidos a través del Sistema de Seguros, destinados a reducir la exposición de los productores agropecuarios, tales como comunidades campesinas, nativas, pequeños y medianos agricultores, a riesgos climáticos y presencia de plagas, que afecten negativamente su producción y rentabilidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2014MINAGRI, se aprobó el nuevo Reglamento Operativo del Fideicomiso para el Seguro Agropecuario, en adelante el Reglamento; el cual en su artículo 11 prevé que para cada campaña agrícola y/o actividad pecuaria, se aprobarán mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego, con opinión favorable del Consejo Directivo del Fondo, a) Los tipos de bienes o producción elegible para ser cubierta por el Seguro Agropecuario; b) Los tipos de Seguros Agropecuarios que se financiarán; c) Las zonas o territorios geográficos de cobertura; d) Los criterios de la población objetivo; e) Los porcentajes de financiamiento que se aplicarán con relación al importe de la prima; y, f) Las bases y criterios para la selección y contratación de las Compañías de Seguros, que otorgarán la cobertura del Seguro Agropecuario a que se refiere el Capítulo III del Título V del Reglamento; Que, según Acta de Sesión N°46 del Consejo Directivo del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario de fecha 25 de junio de 2015, dicho Consejo Directivo acordó la aprobación de los criterios de elegibilidad del Seguro Agropecuario de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 del Reglamento; la Directiva N° 001-2015-CD/ FOGASA, denominada "Procedimiento Complementario para la Operatividad del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario en el otorgamiento de Financiamiento del Seguro Agrícola Catastrófico para las Campañas Agrícolas 2015-2016 y 2016-2017"; y, la Tabla de Aplicación para el Financiamiento del Seguro Agrícola Catastrófico Campañas Agrícolas 2015-2016 y 2016-2017 que como Anexo 01 forma parte de la Directiva N° 0012015-CD/FOGASA como materia asegurada; Que, con Oficio del Visto, la Dirección General de Negocios Agrarios, propone la aprobación de diversas disposiciones referidas al Seguro Agropecuario, sustentadas en el Informe N° 002-2015-MINAGRIDIGNA/DG, con el fin de implementar el Seguro Agrícola Catastrófico en las Campañas Agrícolas 2015-2016 y 2016-2017, proponiéndose igualmente la designación del representante del Ministro de Agricultura y Riego, ante el Comité de Gestión del Fideicomiso, creado por el numeral 2.4 del artículo 2 del Reglamento, quien lo presidirá; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; y, el Reglamento Operativo del Fideicomiso para el Seguro Agropecuario, aprobado por Decreto Supremo Nº 0022014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 001-2015-CD/ FOGASA, denominada "Procedimiento Complementario para la Operatividad del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario, en el Otorgamiento de Financiamiento del Seguro Agrícola Catastrófico, para las Campañas Agrícolas 2015-2016 y 2016-2017", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Aprobación de los Criterios de Elegibilidad del Seguro Agrícola. a) Tipo de Seguro a financiar: Seguro Agrícola Catastrófico. b) La modalidad de financiamiento de primas del Seguro Agrícola Catastrófico: Financiamiento Total regulado por el Capítulo III del Reglamento Operativo del Fideicomiso para el Seguro Agropecuario, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2014-MINAGRI. c) Los tipos de bienes o producción elegible para ser cubierta por el Seguro Agrícola Catastrófico para las Campañas Agrícolas 2015-2016 y 2016-2017 según la modalidad de financiamiento son los siguientes:

El Peruano Domingo 12 de julio de 2015

Financiamiento total: Cultivos Básicos, Hortalizas, Pastos y Forrajes, de acuerdo a la siguiente clasificación: CLASIFICACIÓN CULTIVOS Arveja grano seco Cebada grano Fríjol grano seco Haba grano seco Kiwicha Maíz amiláceo Quinua Trigo Arveja grano verde Haba grano verde Maíz choclo Papa Alfalfa Avena forrajera Cebada forrajera

Cultivos Básicos

Hortalizas

Pastos y Forrajes

d) El Seguro Agrícola Catastrófico otorgado bajo la modalidad de financiamiento total está dirigido a los agricultores de menores recursos, ubicados en los departamentos de mayor pobreza en el país, para lo cual se ha tomado como referencia el "Mapa de Pobreza Provincial y Distrital - 2013" del Informe Técnico de fecha Mayo 2013, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática ­ INEI, denominado "Evolución de la Pobreza Monetaria 2009-2013". e) Las zonas o territorios geográficos a ser cubiertos por el Seguro Agrícola Catastrófico, según la modalidad de financiamiento son los siguientes: Financiamiento Total: Zonas o territorios geográficos que se encuentran ubicados en los departamentos de Cajamarca, Ayacucho, Pasco, Huancavelica, Apurímac, Huánuco, Puno y Cusco. Considerando esta clasificación, el Seguro Agrícola Catastrófico, cubrirá los cultivos de mayor importancia en cada departamento según la modalidad de financiamiento, de la siguiente manera: Financiamiento Total: SUPERFICIE DEPARTAMENTO ASEGURADA BENEFICIADO (Ha) CAJAMARCA 83,422 CULTIVOS COBERTURADOS Maíz amiláceo, papa, trigo, frijol grano seco, arveja grano seco, arveja grano verde, cebada grano, maíz choclo, haba grano seco, alfalfa Papa, maíz amiláceo, cebada grano, quinua, trigo, haba grano seco, arveja grano seco, frijol grano seco, maíz choclo, haba grano verde, arveja grano verde, alfalfa, avena forrajera Papa, maíz amiláceo, frijol grano seco, arveja grano verde, maíz choclo, haba grano seco, haba grano verde, trigo, cebada grano, arveja grano seco, alfalfa Papa, maíz amiláceo, cebada grano, haba grano seco, frijol grano seco, arveja grano verde, trigo, arveja grano seco, haba grano verde, quinua, maíz choclo, alfalfa, avena forrajera

AYACUCHO

81,552

PASCO

12,319

HUANCAVELICA

79,932

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