Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2015 (17/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Viernes 17 de julio de 2015 /

El Peruano

Resolución Jefatural N° 076-2015-ANA, de fecha 20 de marzo de 2015, la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua delegó en la Secretaría General la facultad de "Aprobar los expedientes de contratación y Bases de los procesos de selección Concurso Público, Licitación Pública y Adjudicación de Menor Cuantía Derivada de cualquiera de estos procesos"; Que, así también, respecto al tema presupuestario, mediante el literal b) del numeral 2 del artículo 1° de la Resolución Jefatural N° 076-2015-ANA, la Jefatura de la entidad delegó en la Secretaría General la facultad de "Aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, a que se refiere el artículo 40° de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, cuyo Texto Único fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF". Que, en el marco de lo establecido en el artículo 21° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, es la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua quien ejerce la representación legal e institucional de la entidad y conduce la marcha general de la misma, asumiendo la titularidad del pliego presupuestal; Que, la Jefatura de la entidad ha visto por conveniente dejar sin efecto la delegación efectuada a la Secretaría General de las facultades señaladas en el literal a) del numeral 1 y en el literal b) del numeral 2, del artículo 1° de la Resolución Jefatural N° 076-2015-ANA; Que, conforme a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la delegación de facultes realizada a favor de la Secretaría General de la Autoridad Nacional del Agua, en los extremos especificados en el literal a) del numeral 1 y literal b) del numeral 2, del artículo 1° de la Resolución Jefatural N° 076-2015-ANA, de fecha 20 de marzo de 2015, ratificándose la misma en lo demás que contiene. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua

1264226-1

DEFENSA
Autorizan viaje de Oficial de la Fuerza Aérea del Perú a los EE.UU. por tratamiento médico altamente especializado
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 290-2015-DE/FAP
Lima, 16 de julio de 2015 Visto el Acta de Junta Médica de Especialistas Nº 0023-15 de fecha 16 de abril de 2015 de la Junta Médica de Especialistas del Hospital Central de la Fuerza Aérea del Perú, el Acta Junta de Sanidad Nº 0126 de fecha 30 de abril de 2015 de la Junta de Sanidad de la Fuerza Aérea del Perú, la Carta de fecha 14 de mayo de 2015 del UHealth International, la Carta de fecha 13 de febrero de 2015 del International Ocular Center, Inc. y la Solicitud de fecha 30 de junio de 2015 del Coronel FAP JOSE MANUEL IBARRA SCHAMBAHER. CONSIDERANDO: Que, el Coronel FAP JOSE MANUEL IBARRA SCHAMBAHER, presenta los diagnósticos de enucleación del ojo derecho con prótesis ocular (H44.8), glaucoma moderado del ojo izquierdo (H40.1), trastorno de la visión binocular (falta de estereopsis) (H53.3) y ceguera del ojo derecho (H54.4); Que, mediante la Resolución Suprema Nº 718-2014DE/FAP de fecha 03 de diciembre de 2014, se autorizó el viaje al exterior por Tratamiento Médico Altamente Especializado, del Coronel FAP JOSE MANUEL IBARRA SCHAMBAHER, en compañía de su señora esposa

ADRIANA MARTIN ERVIN CANCINO, para que se le realice la evaluación y tratamiento médico de su prótesis ocular del ojo derecho en el Bascom Palmer Eye Institute, en la ciudad de Miami, Estado de Florida ­ Estados Unidos de América, del 09 al 19 de diciembre de 2014; así como se autorizó su salida del país el 08 de diciembre de 2014 y su retorno el 20 de diciembre de 2014; Que, con el Acta Junta de Sanidad Nº 0126 de fecha 30 de abril de 2015 de la Junta de Sanidad de la Fuerza Aérea del Perú, se recomienda que el Coronel FAP JOSE MANUEL IBARRA SCHAMBAHER, viaje a la ciudad de Miami, Estado de Florida ­ Estados Unidos de América, con un acompañante para su cuidado y atención, a fin de que se le realice una evaluación del implante ocular en el Centro de Salud Altamente Especializado del Extranjero: Bascom Palmer Eye Institute; así como el cambio de prótesis ocular derecho en el International Ocular Center, Inc.; Que, mediante la Carta de fecha 14 de mayo de 2015 del UHealth International, se comunica que el Coronel FAP JOSE MANUEL IBARRA SCHAMBAHER, requiere ocho (08) días para las citas médicas de control del implante de la prótesis ocular del ojo derecho, en el Centro de Salud Altamente Especializado del Extranjero: Bascom Palmer Eye Institute, ubicado en la ciudad de Miami, Estado de Florida ­ Estados Unidos de América y mediante comunicación de fecha 31 de mayo de 2015 de la citada institución, se hace de conocimiento que las mencionadas citas se iniciarán a partir del 21 de julio de 2015; asimismo, con la carta de fecha 13 de febrero de 2015 del International Ocular Center, Inc., se comunica que para hacer la nueva prótesis, el citado Oficial deberá permanecer en dicha institución por un periodo de dieciocho (18) días como mínimo; motivo por el cual el viaje al exterior por Tratamiento Médico Altamente Especializado, a la ciudad de Miami, Estado de Florida ­ Estados Unidos de América, del Coronel FAP JOSE MANUEL IBARRA SCHAMBAHER, deberá realizarse por un periodo de veintiséis (26) días, del 21 de julio de 2015 al 15 de agosto de 2015; Que, de acuerdo a lo solicitado por el Coronel FAP JOSE MANUEL IBARRA SCHAMBAHER, el viaje a la ciudad de Miami, Estado de Florida ­ Estados Unidos de América citado en el considerando precedente, lo realizará en compañía de su señora esposa ADRIANA MARTIN ERVIN CANCINO; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2015, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el objeto de garantizar la presencia del Coronel FAP JOSE MANUEL IBARRA SCHAMBAHER durante la totalidad del referido tratamiento médico, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que éstos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG del 26 de enero de 2004 "Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa", establece que el Personal Militar en Situación de Actividad que contraiga una enfermedad o lesión y no logre su total recuperación por falta de tratamiento especializado en el país, podrá ser evacuado al extranjero para ser tratado en Centro de Salud altamente especializado, sujeto a disponibilidad presupuestal. Se requerirá previamente un peritaje médico así como el informe de la Junta de Sanidad de la Institución Armada respectiva; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE del 28 de enero de 2015 que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa;

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