Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2015 (17/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Viernes 17 de julio de 2015

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior por Tratamiento Médico Altamente Especializado, a la ciudad de Miami, Estado de Florida ­ Estados Unidos de América, del Coronel FAP JOSE MANUEL IBARRA SCHAMBAHER, identificado con NSA: O-9512685 y DNI: 07782741, en compañía de su señora esposa ADRIANA MARTIN ERVIN CANCINO identificada con DNI: 07563483, para que se le realice un control del implante de la prótesis ocular del ojo derecho, en el Centro de Salud Altamente Especializado del Extranjero: Bascom Palmer Eye Institute; así como el cambio de prótesis ocular derecho en el International Ocular Center, Inc., del 21 de julio al 15 de agosto de 2015; así como autorizar su salida del país el 20 de julio de 2015 y su retorno el 16 de agosto de 2015. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2015, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Miami (Estados Unidos de América) - Lima US $ 1,093.20 x 02 personas (Incluye TUUA) = US$ 2,186.40 Viáticos: US $ 440.00 x 26 días x 01 persona Total a pagar = US$ 11,440.00 = US$ 13,626.40

Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del paciente. Artículo 4º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, modificado con el Decreto Supremo Nº 0562013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa

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Autorizan viaje de personal militar FAP a Italia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 291-2015-DE/FAP
Lima, 16 de julio de 2015 Visto el Oficio NC-35-SGFA-EMAI-Nº 0817 de fecha 18 de febrero de 2015 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú, el Fax Nº 013 de fecha 24 de abril de 2015 del Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Italiana, la Carta de fecha 17 de junio de 2015 de la Academia Aeronáutica de la Fuerza Aérea Italiana y el Oficio NC-50-3-DEFO-Nº 0763 de fecha 24 de junio de 2013 del Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú mantiene una permanente e histórica relación de amistad con la Fuerza Aérea Italiana, lo que permite a nuestra Institución obtener vacantes para que el Personal Militar FAP pueda estudiar

en los Centros de Instrucción de la citada Fuerza Aérea, permitiendo con ello el aprendizaje sobre los adelantos obtenidos en las ciencias aeronáuticas, en los campos académico, doctrinario y tecnológico; Que, mediante el Fax Nº 013 de fecha 24 de abril de 2015 el Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Italiana, comunica que el Gobierno Italiano ha otorgado dos (02) vacantes para que personal de la Fuerza Aérea del Perú realice el Curso Regular de Formación de Oficiales, el mismo que comprende el "Corso Regolare per Ufficiali del Ruolo Navigante Normale (SMA 16)" y el "Corso Applicativo per Ufficiali del Ruolo Navigante Normale (SMA 21)", que se realizarán en la Academia Aeronáutica de la Fuerza Aérea Italiana, ubicada en la ciudad de Pozzuoli, Provincia de Nápoles ­ República Italiana, del 01 de setiembre de 2015 al 31 de agosto de 2020; Que, mediante la Carta de fecha 17 de junio de 2015 de la Academia Aeronáutica de la Fuerza Aérea Italiana, se comunica que el personal propuesto para seguir los cursos mencionados en el considerando precedente, deberán llegar al referido centro de estudios, el 20 de julio de 2015, a fin de desarrollar las prácticas de incorporación; motivo por el cual el viaje al exterior antes mencionado deberá autorizarse a partir de la citada fecha; Que, la Fuerza Aérea del Perú en mérito a sus cualidades personales y su eficiente desempeño académico y militar, ha seleccionado al Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para seguir el "Corso Regolare per Ufficiali del Ruolo Navigante Normale (SMA 16)" y el "Corso Applicativo per Ufficiali del Ruolo Navigante Normale (SMA 21)"; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la ciudad de Pozzuoli, Provincia de Nápoles ­ República Italiana, del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participe en el el "Corso Regolare per Ufficiali del Ruolo Navigante Normale (SMA 16)" y el "Corso Applicativo per Ufficiali del Ruolo Navigante Normale (SMA 21)"; por cuanto permitirá contar con personal capacitado con conocimientos avanzados en las ciencias aeronáuticas, en los campos académico, doctrinario y tecnológico; redundando en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Fuerza Aérea del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2015, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al periodo comprendido del 20 de julio al 31 de diciembre de 2015, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 y el pago correspondiente a los años posteriores será con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal que corresponda; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación del personal designado durante la totalidad del referido curso, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (02) días de anticipación, así como su retorno dos (02) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008DE/SG de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, que en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y, en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior; Que, de conformidad con el artículo 26º de la Ley Nº 28359 ­ "Ley de Situación de los Oficiales de las Fuerzas Armadas", modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo

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