Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2015 (26/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Domingo 26 de julio de 2015 /

El Peruano

con la finalidad de participar en la Gran Parada y Desfile Cívico Militar por el 194º Aniversario de la Independencia Nacional: 1. Diez (10) militares de la República Argentina. 2. Cuarenta y nueve (49) militares de los Estados Unidos Mexicanos. 3. Cuarenta y tres (43) militares de la República del Ecuador. 4. Treinta y ocho (38) militares del Estado Plurinacional de Bolivia. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1268115-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del Pliego Ministerio de Defensa
DECRETO SUPREMO Nº 206-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó el presupuesto institucional del pliego 026: Ministerio de Defensa; Que, el numeral 4) del artículo 54 de la Ley N° 29248, Ley del Servicio Militar, modificado por el Decreto Legislativo N° 1146, establece que el personal que realiza el Servicio Militar Acuartelado tiene derecho a una Asignación Económica Mensual; Que, el artículo 17 del citado Decreto Legislativo N° 1132, establece que la Asignación Económica constituye el percibo total del personal que se encuentre cumpliendo el Servicio Militar Acuartelado en las Fuerzas Armadas, cuyo monto se determinará como un mismo porcentaje de la Remuneración Consolidada del suboficial de menor rango, según corresponda, y será aprobada mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Defensa y el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 278-2012-EF se aprueba la Escala de Asignación Económica Mensual para el personal que se encuentra cumpliendo el Servicio Militar Acuartelado en los Institutos de las Fuerzas Armadas; Que, mediante los Oficios N°s 562-2015-MINDEF/DM y 216-2015-MINDEF/VRD/DGPP/D/01, el Ministerio de Defensa solicita recursos adicionales, entre otros, a favor de la Unidad Ejecutora 003 Ejército Peruano del pliego 026: Ministerio de Defensa, para financiar en el presente año la Asignación Económica del personal del Servicio Militar Acuartelado, cuyos ingresos se realizaron en los llamamientos adicionales del último trimestre del año 2014 y los realizados entre los meses de febrero a abril del año 2015; Que, en base a lo registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) y la información remitida por el Ministerio de Defensa, el costo de la Asignación Económica del personal del Servicio Militar Acuartelado referido en el considerando precedente asciende a la suma de TREINTA MILLONES TRESCIENTOS CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 305 656,00); Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional

de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de TREINTA MILLONES TRESCIENTOS CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 305 656,00) a favor del pliego 026 Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, para financiar la Asignación Económica del personal del Servicio Militar Acuartelado, cuyos ingresos se realizaron en los llamamientos adicionales del último trimestre del año 2014 y los realizados entre los meses de febrero a abril del año 2015; conforme a lo indicado en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que la citada suma no ha sido prevista en el presupuesto institucional del presente año fiscal del pliego Ministerio de Defensa; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y sus modificatorias; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TREINTA MILLONES TRESCIENTOS CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 305 656,00) a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, para ser destinada a financiar la Asignación Económica del personal del Servicio Militar Acuartelado, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS 30 305 656,00 ------------------30 305 656,00 =========== En Nuevos Soles : Gobierno Central 026 : Ministerio de Defensa 003 : Ejército Peruano

A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 30 305 656,00 -------------------TOTAL PLIEGO 026 30 305 656,00 ============

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se refiere en el

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