Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2015 (03/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Miercoles 3 de junio de 2015

553943
senalado por la Unidad Gerencial de Supervision y Control de Obras de la AATE, resulta legalmente viable emitir el proyecto de Resolucion Ministerial que apruebe la ejecucion de la expropiacion del predio afectado por el Proyecto y el valor total de la tasacion del mismo, recomendando que se prosiga con el tramite respectivo, para lo cual se adjunta la Certificacion de Credito Presupuestario correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30327, en la Ley N° 30025 y en el Decreto Supremo Nº 021-2007MTC; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobacion de la ejecucion de la expropiacion del bien y del Valor Total de la Tasacion Aprobar la ejecucion de la expropiacion de un (01) predio afectado por la ejecucion del Proyecto Linea 2 y Ramal Av. Faucett ­ Av. Gambetta de la Red Basica del Metro de MORDAZA y Callao y el Valor Total de la Tasacion del mismo, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2.- Consignacion del Valor Total de la Tasacion Disponer que la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE consigne en el Banco de la Nacion el monto del valor total de la tasacion a favor del sujeto pasivo, dentro de los cinco (05) dias habiles de emitida la presente Resolucion. Articulo 3.- Inscripcion del bien a favor del sujeto activo Disponer que la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE, dentro de los cinco (05) dias habiles de emitida la presente Resolucion, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), la informacion necesaria para inscribir el bien expropiado a favor del sujeto activo. Articulo 4.- Notificacion al sujeto pasivo Disponer que la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE notifique la presente Resolucion al sujeto pasivo de la expropiacion, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 30327, requiriendole la desocupacion y entrega del bien expropiado dentro de un plazo de treinta (30) dias habiles siguientes de notificada la presente Resolucion, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecucion coactiva para el lanzamiento o toma de posesion del bien materia de expropiacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones

contener: a) Identificacion del sujeto activo y del sujeto pasivo de la expropiacion; b) Identificacion precisa del bien, estableciendo los linderos, medidas perimetricas y el area total, de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal; asi como la referencia al informe expedido por la Oficina de Catastro del Registro respectivo y/o el Certificado de Busqueda Catastral, segun corresponda; c) La orden de consignar en el Banco de la Nacion el monto del valor total de la tasacion a favor del sujeto pasivo; d) La orden de inscribir el bien a favor del sujeto activo ante el Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la SUNARP; y, e) La orden de notificar al sujeto pasivo del bien a expropiarse, requiriendole la desocupacion y entrega del bien expropiado dentro de un plazo de treinta dias habiles siguientes de notificada la resolucion, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecucion coactiva para el lanzamiento o toma de posesion del bien materia de expropiacion; Que, la Ley N° 30025, en su articulo 5, establece que el valor de tasacion es fijado por la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (actualmente, la Direccion de Construccion de la Direccion General de Politicas y Regulacion en Construccion y Saneamiento), considerando: a) El valor comercial del predio y de las mejoras o cultivos permanentes existentes, de corresponder, y en el caso de cultivos no permanentes se sigue el tratamiento establecido por la norma; y, b) Una indemnizacion por el perjuicio causado que incluya, en caso corresponda, el dano emergente y lucro cesante. Asimismo, preve que el valor total de la tasacion es aprobado considerando el monto fijado por la Direccion de Construccion y agregando un porcentaje adicional del 10% del valor a que se refiere el literal a) MORDAZA mencionado; Que, la Direccion de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, mediante Oficio N° 376-2015/VIVIENDA­VMCS-DGPRCS-DC, remite a la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao (en adelante, la AATE), el Informe Tecnico de Tasacion correspondiente al predio identificado con Codigo TE-156, afectado por la ejecucion del Proyecto Linea 2 y Ramal Av. Faucett ­ Av. Gambetta de la Red Basica del Metro de MORDAZA y Callao (en adelante, el Proyecto); Que, la Unidad Gerencial de Supervision y Control de Obras de la AATE, mediante Memorandum N° 403-2015MTC/33.1, hace MORDAZA el Informe Tecnico N° 074-2015-RJQ e identifica al sujeto pasivo de la expropiacion; detalla la ubicacion precisa del predio identificado con Codigo TE156, estableciendo los linderos, medidas perimetricas y el area total, de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal; adjunta el informe expedido por la Oficina de Catastro del Registro de Predios de MORDAZA y senala el valor total de la tasacion correspondiente al referido predio; Que, la Oficina de Asesoria Legal de la AATE, mediante Informe N° 246-2015-MTC/33.8, concluye que, estando a lo

ANEXO VALOR TOTAL DE TASACION CORRESPONDIENTE A UN (01) PREDIO AFECTADO POR LA EJECUCION DEL PROYECTO LINEA 2 Y RAMAL AV. FAUCETT ­ AV. GAMBETTA DE LA RED BASICA DEL METRO DE MORDAZA Y CALLAO CODIGO DE IDENTIFICACION DEL PREDIO MONTO DE LA TASACION EN NUEVOS SOLES MAS EL 10% A QUE SE REFIERE EL NUMERAL 5.3 DEL ARTICULO 5 DE LA LEY N° 30025



SUJETO ACTIVO

SUJETO PASIVO

UBICACION

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL

1

TE-156

LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA TOTAL DE EDIFICACION: Por el Frente: Colinda con la Av. 28 de Julio. Con 5.70 ml; Por la Derecha: Colinda con la Prolongacion MORDAZA Huamanga, escaleras de altos Nro. 396, Prolongacion MORDAZA Huamanga. Con 6.30 ml, 4.25 ml, 1.20 ml, 4.25 ml, 3.10 ml; Por la Izquierda: Colinda con la MORDAZA de bajos con N° 2047 de la Av. 28 de Julio. Con 10.60 ml; MORDAZA Por el Fondo: Colinda con la MORDAZA de bajos con MINISTERIO MORDAZA N° 392 - A de la Prolongacion MORDAZA Huamanga. DE TRANSPOR- MORDAZA Con 5.70 ml; MORDAZA TES Y MORDAZA COMUNICA- MORDAZA de AREA AFECTADA DEL TERRENO: 25.66 m2 (area que representa el porcentaje de CIONES MORDAZA participacion sobre el terreno considerado como bien comun, segun lo establecido en el Informe Tecnico de Tasacion) AREA DE LA EDIFICACION: 53.41 m2. PARTIDA REGISTRAL No. 46941713 del Registro de Predios de MORDAZA de la MORDAZA Registral No. IX Sede MORDAZA, Oficina Registral Lima. Informe Tecnico N° 14496-2014-SUNARPZ.R.N° IX/OC, emitido por la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral N° IX Sede MORDAZA, Oficina Registral MORDAZA de SUNARP.

VERTICE LADO DISTANCIA A A-B 3.10 B B-C 4.25 C C-D 1.20 D D-E 4.25 E E-F 6.30 F F-G 5.70 G G-H 10.60 H H-A 5.70 S/ 140.771,94

ESTE 280029.7413 280030.1665 280025.9566 280026.1212 280030.3310 280031.1950 280025.5489 280024.0952

NORTE 8'665803.8400 8'665800.7693 8'665800.1864 8'665798.9978 8'665799.5806 8'665793.3401 8'665792.5584 8'665803.0583

1245627-1

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