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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (05/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 33

El Peruano Viernes 5 de junio de 2015 554143 VISTO: El Acuerdo de sesión ordinaria de Consejo Universitario, de fecha 23 de abril del 2015, y; CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, organiza su Régimen de Gobierno de acuerdo a la Ley Universitaria Nº 30220, atendiendo a sus necesidades y características; Que, con Resolución de Asamblea Estatutaria Nº 001-2014-UNTRM/AE, de fecha 02 de octubre del 2014, se aprueba y promulga el Estatuto de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, cuerpo normativo que consta de 22 Títulos, 416 artículos, 05 Disposiciones Complementarias, 04 Disposiciones Transitorias y 03 Disposiciones Finales; Que, con Resolución Rectoral Nº 868-2014- UNTRM-R, de fecha 03 de octubre del 2014, se ratifi ca la Resolución de Asamblea Estatutaria Nº 001-2014- UNTRM/AE, de fecha 02 de octubre del 2014, mediante la cual, la Asamblea Estatutaria aprueba y promulga el Estatuto de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, cuerpo normativo que consta de 22 Títulos, 416 artículos, 05 Disposiciones Complementarias, 04 Disposiciones Transitorias y 03 Disposiciones Finales; Que, el Estatuto Institucional, en su artículo 8º, inciso i) establece que son fi nes de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, promover el desarrollo humano y sostenible en el ámbito local, regional, nacional y mundial; Que, asimismo, el citado cuerpo normativo, en su artículo 173º, inciso y) establece que son funciones del Consejo Universitario autorizar los viajes al extranjero de las autoridades y demás miembros de la comunidad universitaria; Que, con Informe Nº 325-2015-INDES-CES- UNTRM/DE, de fecha 14 de abril del 2015, el Director Ejecutivo del INDES-CES, remite al Señor Rector la propuesta de Intercambio Académico Investigativo Universidad Autónoma de Madrid, Universidad de Castilla La Mancha – España, con el objetivo de promover la cooperación interinstitucional en el ámbito del fortalecimiento académico e investigativo, al mismo tiempo de establecer procesos para redes de investigación que permita establecer acciones conjuntas para el desarrollo de programas con la participación de docentes y alumnos de la UNTRM, acciones previstas a realizar del 13 al 21 de junio del 2015, docentes investigadores a participar en el intercambio: Dr. Jorge Luis Maicelo Quintana, Dr. Oscar Andrés Gamarra Torres y Dr. Vicente Marino Castañeda Chávez; Que, con fecha 15 de abril del 2015, el P.h. D., Dr. Vicente Marino Castañeda Chávez, solicita hacer uso de vacaciones, del 24 de abril al 24 de junio del 2015; Que, el Consejo Universitario, en sesión ordinaria, de fecha 23 de abril del 2015, acordó autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicios del Ph.D. Jorge Luis Maicelo Quintana – Rector, Dr. Oscar Andrés Gamarra Torres – Vicerrector Académico de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, a las ciudades de Madrid y Castilla La Mancha – España, para participar en la coordinación y gestión académica investigativa en la Universidad Autónoma de Madrid, Universidad de Castilla La Mancha – España, del 13 al 21 de junio del 2015; Que, estando a las consideraciones expuestas y las facultades conferidas al Señor Rector de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior en Comisión de Servicios del Ph.D. Jorge Luis Maicelo Quintana – Rector y Dr. Oscar Andrés Gamarra Torres – Vicerrector Académico de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, a las ciudades de Madrid y Castilla La Mancha – España, para participar en la coordinación y gestión académica investigativa en la Universidad Autónoma de Madrid, Universidad de Castilla La Mancha – España, del 13 al 21 de junio del 2015. Artículo Segundo.- NOTIFICAR la presente Resolución a los estamentos internos de la Universidad y autoridades, de forma y modo de Ley para conocimiento y fi nes. Regístrese y comuníquese. JORGE LUIS MAICELO QUINTANA Rector GERMÁN AURIS EVANGELISTA Secretario General (e) 1246565-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pueblo Nuevo, provincia y departamento de Ica RESOLUCIÓN N° 0126-2015-JNE Expediente Nº J-2015-00133-C01 PUEBLO NUEVO - ICA - ICA Lima, siete de mayo de dos mil quince VISTO el Ofi cio Nº 202-2015-MDPN/A, presentado el 5 de mayo de 2015 por Julio Fredy Condori Flores, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, provincia y departamento de Ica, el cual comunica la licencia concedida a la regidora Nancy Elizabeth Navarro Anyarin. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N.° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 6 de abril de 2015, fecha de cierre de inscripción de candidatos. 2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales Complementarias 2015, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución N.° 0064-2015- JNE, de fecha 3 de marzo de 2015, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 3. Ahora bien, con fecha 24 de marzo de 2015, la regidora Nancy Elizabeth Navarro Anyarin, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales Complementarias 2015, presentó su solicitud de licencia, la cual fue concedida mediante el Acuerdo de Concejo N.° 001-2015-MDPN, de fecha 31 de marzo de 2015 (fojas 2 a 3), por el periodo comprendido entre el 4 de junio y el 6 de julio de 2015. 4. Al respecto, el artículo 25 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), modifi cada por el artículo 1 de la Ley N.° 28961, publicada el 24 de enero de 2007, establece –como excepción– que en el caso de suspensión por la causal de “licencia autorizada por el concejo municipal, por un período máximo de treinta (30) días naturales”, no procederá aplicar el artículo 24 de la LOM, según el cual “en caso de vacancia […] 2. A los regidores, [los reemplazan] los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral”. 5. En el presente caso, sin embargo, se advierte que la licencia otorgada corresponde a un período mayor al plazo señalado líneas arriba, por consiguiente, sí resultaría de aplicación el referido artículo 24. Entonces, teniendo en consideración que la regidora Nancy Elizabeth Navarro Anyarin presentó su solicitud de licencia dentro del plazo