Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2015 (06/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Sabado 6 de junio de 2015

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mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de separacion voluntaria de una municipalidad de una mancomunidad municipal: a) Opera con la ordenanza municipal de la municipalidad que se separa, b) No requiere aprobacion del Consejo Directivo y c) Subsisten las obligaciones pendientes de cumplir por la municipalidad que se separa; Que, el literal f) del articulo 5° del Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales, aprobado por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD, senala que la separacion es uno de los actos inscribibles en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 031-2012-PCM/SD se dispuso la inscripcion de la "Mancomunidad Municipal Canete - Yauyos". Esta mancomunidad municipal esta integrada por las Municipalidades Distritales de Lunahuana, Pacaran y MORDAZA de la Provincia de Canete, y las Municipalidades Distritales de Huancaya y Chocos de la Provincia de Yauyos, en el Departamento de Lima; Que, mediante el Oficio de Vistos, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Huancaya solicita la inscripcion de la separacion de esta entidad de la "Mancomunidad Municipal Canete - Yauyos"; Que, por la Ordenanza Municipal N° 003-2015-MDH la Municipalidad Distrital de Huancaya aprueba su separacion de la "Mancomunidad Municipal Canete - Yauyos"; Que, acorde con el Informe Nº 071-2015­PCM/ SD-OGI-MIRA los documentos presentados para la inscripcion del acto de separacion cumplen con el procedimiento establecido en el articulo 14º del Reglamento de la Ley y en el articulo 5° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emision de la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion que dispone la inscripcion de la separacion de la Municipalidad Distrital Huancaya de la "Mancomunidad Municipal Canete - Yauyos", en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 046-2010-PCM; el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales aprobado por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Formalizacion de la inscripcion de separacion Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la separacion de la Municipalidad Distrital de Huancaya de la "Mancomunidad Municipal Canete Yauyos". Articulo 2º.- Registro de anexo Inscribir la Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Huancaya que aprueba su separacion de la "Mancomunidad Municipal Canete - Yauyos", en el Registro de Mancomunidades Municipales. Articulo 3º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion de Secretaria de Descentralizacion en el Diario Oficial El Peruano, y en la pagina web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe. Articulo 4º.- Vigencia La presente Resolucion rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA FISCALINI Secretaria de Descentralizacion (s) Presidencia del Consejo de Ministros 1247477-1

Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, Republica Federativa del Brasil, del Sub Jefe de la Secretaria de Seguridad y Defensa Nacional - SEDENA, MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA Vassallo Ojea y del Jefe de Programas y Proyectos Especiales (e) de la Secretaria de Seguridad y Defensa Nacional ­ SEDENA, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carcagno, del 16 al 20 de junio de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos con cargo al presupuesto institucional de la Secretaria de Seguridad y Defensa Nacional ­ SEDENA, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes US$ 1,797.62 Viaticos Total Numero por dia viaticos Total US$ de dias US$ US$ 370 370 4 4 1,480.00 1,480.00 3,277.62 3,277.62

Nombre y apellidos MORDAZA MORDAZA Vassallo Ojea

MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1,797.62 Carcagno

Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendarios siguientes de efectuado el viaje, los servidores autorizados deberan presentar ante su institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4.- El cumplimiento de la presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 1247585-7

Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales la separacion de la Municipalidad Distrital de Huancaya de la "Mancomunidad Municipal Canete - Yauyos"
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 011-2015-PCM/SD MORDAZA, 3 de junio de 2015 VISTOS: El Oficio Nº 022-2015-MDH/A, la Ordenanza Municipal N° 003-2015-MDH de la Municipalidad Distrital de Huancaya y el Informe Nº 071-2015­PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el articulo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de dos (2) o mas municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras, promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos; Que, el numeral 14.1 del articulo 14° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado

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