Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2015 (06/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 490-2015 DE/SG MORDAZA, 5 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nro. 425 del 3 de junio de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos Mexicanos, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G.500-2425, del 2 de junio de 2015, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA, por especial encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos Mexicanos; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 08 al 12 de junio de 2015, con la finalidad de participar en la VII Reunion de Estados Mayores y VII Reunion Bilateral de Inteligencia entre la Armada de Mexico y la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el articulo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a cinco (05) militares de los Estados Unidos Mexicanos, del 08 al 12 de junio de 2015, con la finalidad de participar en la VII Reunion de Estados Mayores y VII Reunion Bilateral de Inteligencia entre la Armada de Mexico y la MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Registrese, comuniquese y publiquese. JAKKE VALAKIVI MORDAZA Ministro de Defensa

El Peruano Sabado 6 de junio de 2015

para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 2206 CCFFAA/SG/CIOEC, del 02 de junio de 2015, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, por especial encargo del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 8 al 19 de junio de 2015, con la finalidad de reunirse con miembros del Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjuntas de las Fuerzas Armadas del Peru; Que, el articulo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a tres (03) militares de los Estados Unidos de MORDAZA, del 8 al 19 de junio de 2015, con la finalidad de reunirse con miembros del Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjuntas de las Fuerzas Armadas del Peru. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Registrese, comuniquese y publiquese. JAKKE VALAKIVI MORDAZA Ministro de Defensa

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Modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209

1247487-4 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 492-2015-DE/SG MORDAZA, 5 de junio de 2015

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Modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209

CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nro. 426 del 4 de junio de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Dominicana y de la Republica de Colombia, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G.500-2464, del 3 de junio de 2015, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA, por especial encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica Dominicana y de la Republica de Colombia; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 07 al 13 de junio de 2015, con la

1247487-3 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 491-2015 DE/SG MORDAZA, 5 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nro. 402 del 26 de MORDAZA de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion

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