Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2015 (06/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Sabado 6 de junio de 2015

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Inmaterial comunica a la Direccion General de Patrimonio Cultural que en el MORDAZA de lo dispuesto por la citada Resolucion Ministerial N° 182-2014-MC, se ha previsto otorgar el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura a distinguidas personalidades ligadas al patrimonio cultural afroperuano, personas de gran renombre nacional e internacional que han contribuido de manera significativa a la visibilidad y puesta en valor del valioso legado de la cultura afroperuana, habiendo seleccionado para tal distincion a los senores MORDAZA indicados, de quienes adjunta un breve resumen de su trayectoria, el mismo que la referida Direccion General hace MORDAZA a traves del Informe N° 272-2015-DGPCVMPCIC/MC, sugiriendo se remita el expediente de las personalidades propuestas a la Direccion General de Industrias Culturales y Artes para continuar el tramite correspondiente; Que, de conformidad con las funciones establecidas en el numeral 78.14 del articulo 78 y el numeral 82.15 del articulo 82 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, la Direccion General de Industrias Culturales y Artes, a traves del Informe N° 326-2015DGIA-VMPCIC/MC de fecha 1 de junio de 2015, aprueba el Informe N° 576-2015-DIA-DGIA-VMPCIC/MC de la misma fecha emitido por la Direccion de Artes, que en su calidad de organo tecnico recomienda se lleven a cabo las acciones correspondientes para el reconocimiento de las personas propuestas, quienes por su reconocida trayectoria y labor significativa en beneficio de la cultura afrodescendiente del MORDAZA, ameritan ser declarados como Personalidad Meritoria de la Cultura; Que, en ese sentido, en el MORDAZA de las actividades que se desarrollan por el "Mes de la Cultura Afroperuana", el Ministerio de Cultura ha considerado distinguir como Personalidad Meritoria de la Cultura a destacadas personalidades que se desempenan en el MORDAZA academico, la investigacion, la promocion de las practicas culturales afroperuanas y el rescate, preservacion y difusion de la cultura y el patrimonio cultural afroperuano, quienes por su valiosa labor han realizado un aporte al desarrollo cultural del pais; Con el visado del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, del Director General, designado temporalmente, de la Direccion General de Industrias Culturales y Artes y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y la Directiva N° 001-2011/MC, Directiva sobre la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nacion y el Otorgamiento de Reconocimientos, aprobada por Resolucion Ministerial N° 080-2011-MC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar la distincion de "Personalidad Meritoria de la Cultura", en el MORDAZA de las celebraciones por el "Mes de la Cultura Afroperuana", por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, a las siguientes personas: - MORDAZA MORDAZA CARAZAS MORDAZA, por su destacado aporte al estudio de las representaciones sociales del sujeto afroperuano en la literatura peruana. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su destacado aporte a la documentacion de la memoria colectiva afroperuana. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su destacado aporte a la cultura musical peruana. Articulo 2°.- Remitir una MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Industrias Culturales y Artes, para que proceda con el tramite que corresponda. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALVAREZ-CALDERON Ministra de Cultura 1247152-2

Modifican la Resolucion Directoral Nacional Nº 676/INC en extremo referido a la clasificacion del monumento arqueologico prehispanico Cerro MORDAZA, ubicado en el departamento de La MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 069-2015-VMPCIC-MC MORDAZA, 3 de junio de 2015 VISTOS, el Informe N° 0249-2015-DGPA-VMPCIC/ MC emitido por la Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble, el Informe Tecnico Legal N° 976-2015-DSFL-DGPA/MC, el Informe Tecnico N° 08452015-DSFL-DGPA/MC, el Informe Tecnico N° 3167-2014DSFL-DGPA-MC emitidos por la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal e Informe N° 379-2015-OGAJSG/MC; y CONSIDERANDO: Que, el articulo 21 de la Constitucion Politica del Peru establece que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, los articulos IV y VII del Titulo Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senalan que es de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional N° 676/INC de fecha 30 de MORDAZA de 2007, se declaro Patrimonio Cultural de la Nacion al sitio arqueologico "Cerro Campana", ubicado en los distrito de Huanchaco y Chicama, provincia de MORDAZA y Ascope, departamento de Trujillo; Que, mediante Ley N° 30100 publicada en el diario oficial "El Peruano" el 31 de octubre de 2013, se declaro de interes nacional y necesidad publica la proteccion de la biodiversidad y del Patrimonio Cultural del Cerro MORDAZA, ubicado en el distrito de Huanchaco, provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad; Que, de conformidad con lo establecido en el literal a) del articulo 14 de la Ley N° 29565, Ley de Creacion del Ministerio de Cultura, concordado con el numeral 9.1 del articulo 9 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion"; Que, el articulo 7 del Reglamento de Intervenciones Arqueologicas aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2014-MC, establece que los Monumentos Arqueologicos Prehispanicos son los bienes inmuebles que constituyen evidencia de actividad humana de epoca prehispanica, con fines de registro, de delimitacion, investigacion, conservacion, proteccion y gestion, los que se clasifican en Sitio Arqueologico, MORDAZA Arqueologica Monumental, Paisaje Arqueologico; Que, el procedimiento de actualizacion catastral es el conjunto de operaciones destinados a renovar los datos del levantamiento catastral, mediante la revision de los elementos fisicos, juridicos y la eliminacion de las disparidades originadas por cambios fisicos, variaciones de uso, obras publicas, entre otros, funcion desempenada por la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal, conforme lo dispone el numeral 62.1 del articulo 62 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0052013-MC; Que, mediante Informe Tecnico N° 3167-2014-DSFLDGPA/MC de fecha 28 de noviembre de 2014, el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, informa sobre las labores de diagnostico de superficie desarrolladas en el

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