Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2015 (06/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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y forma en que los usuarios deberan pagar la retribucion economica por uso de agua superficial, agua subterranea y vertimiento de agua residual tratada a aplicarse el ano 2015, el cual queda redactado de la siguiente manera: "Articulo 3º.- Plazo de pago de la retribucion economica 3.1 El pago de la retribucion economica por el uso de agua superficial con fines no agrarios, por el uso de agua subterranea, por el vertimiento de agua residual tratada y aplicable al PAVER vigente, se efectua conforme al siguiente procedimiento: a. La Unidad de Cobranza de Retribucion Economica de la Oficina de Administracion, a traves del servicio de mensajeria u otro medio, MORDAZA entrega en el domicilio del usuario, el recibo de pago para su respectiva cancelacion dentro de los treinta (30) dias habiles de entregado. b. Las Administraciones Locales de Agua, prestaran su apoyo en la entrega de los recibos de pago que les MORDAZA remitidos por la Unidad de Cobranza de Retribucion Economica de la Oficina de Administracion. c. Las Administraciones Locales de Agua del ambito respectivo, resolveran los pedidos de anulacion, correccion, modificacion u otras cuestiones que se presenten respecto a los recibos materia de cobranza, previo informe del organo competente cuando corresponda. Los procedimientos se rigen supletoriamente por la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. d. La entrega del recibo mediante resolucion administrativa solamente procede en caso del incumplimiento de pago, una vez superadas las etapas mencionadas en los literales precedentes. e. La ejecucion coactiva que se derive de los recibos no pagados se rige por la Directiva aplicable al Procedimiento de Ejecucion Coactiva, expedida por la Autoridad Nacional del Agua. f. El procedimiento descrito en los literales precedentes resulta de aplicacion para la cobranza de las deudas pendientes de cobro por concepto de retribuciones economicas, correspondiente a los ejercicios anteriores." (...) Articulo 2.- Mantener vigente la Resolucion Jefatural N° 048-2015-ANA, en todos los demas extremos que contiene. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1247362-1

El Peruano Sabado 6 de junio de 2015

Exterior y Turismo - MINCETUR establece que el MINCETUR define, dirige, ejecuta, coordina y supervisa la politica de turismo. En materia de turismo promueve, orienta y regula la actividad turistica, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promocion, orientacion y regulacion de la artesania. Asimismo, uno de los objetivos en materia de turismo es el de promover el desarrollo de la actividad artesanal, a traves del incremento de la productividad y competitividad de sus agentes, fortaleciendo su identidad y su acceso al MORDAZA nacional y de exportacion; Que, el articulo 18° de la Ley N° 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR propone, coordina, supervisa y evalua las politicas y normas orientadas a promover la organizacion de las ferias de artesania, emitiendo la normativa de alcance nacional; Que, el literal h) del articulo 72° del Reglamento de Organizacion y Funciones del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, senala que la Direccion Nacional de Artesania tiene por funcion promover y orientar la actividad artesanal hacia la atencion de la demanda nacional e internacional; Que, conforme a los documentos del Visto, y con la finalidad de establecer pautas generales que permitan el adecuado procedimiento para la participacion de artesanos en las ferias nacionales, se considera necesario la aprobacion de los "Lineamientos para la participacion en ferias nacionales de artesania que promueva o promocione el MINCETUR"; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organizacion y Funciones del MINCETUR, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0052002-MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar los "Lineamientos para la participacion en Ferias Nacionales de Artesania que promueva o promocione el MINCETUR", los cuales constan en el Anexo de siete (07) folios, que visados y sellados, forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano" y su Anexo en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob. pe) y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe), en el mismo dia de su publicacion oficial. Articulo 3°.- Disponer que la Direccion Nacional de Artesania se encargue del seguimiento y supervision de los Lineamientos aprobados en el articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1246750-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Aprueban los "Lineamientos para la participacion en Ferias Nacionales de Artesania que promueva o promocione el MINCETUR"
RESOLUCION MINISTERIAL N° 165 -2015-MINCETUR MORDAZA, 4 de junio de 2015 Visto, el Memorandum N° 28-2015-MINCETUR/SG/ OGPPD de la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo y el Informe N° 002-2015/MINCETUR/VMT/DNA/ FDP de la Direccion Nacional de Artesania del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, el articulo 2° de la Ley N° 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio

CULTURA
Reconocen a la comunidad de Zana como Repositorio Vivo de la Memoria Colectiva, en tanto es testimonio singular de la memoria historica y de la continuidad cultural de la poblacion afrodescendiente
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 187-2015-MC MORDAZA, 3 de junio de 2015 Vista la solicitud de fecha 18 de febrero de 2015, realizada por el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Zana y el Director del Museo Afroperuano de Zana; el Informe Nº 151-2015-DPI-DGPC/MC emitido por la Direccion de Patrimonio Inmaterial; el Informe N° 220-

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