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El Peruano Sábado 6 de junio de 2015 554418 Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal del Nor Oriente del Perú - MAMNORP”; integrada por las Municipalidades Provinciales de Jaén y Cutervo, en el departamento de Cajamarca, y la Municipalidad Provincial de Utcubamba, en el departamento de Amazonas RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 012 -2015-PCM/SD Lima, 4 de junio de 2015 VISTOS: El Ofi cio N° 001-2015-MAMNORP/GCD, el Informe Técnico de Viabilidad, la Ordenanza Nº 009-2015-MPC de la Municipalidad Provincial de Cutervo, la Ordenanza Nº 07-2015-MPJ/CP de la Municipalidad Provincial de Jaén, la Ordenanza Nº 006-2015-MPU/BG de la Municipalidad Provincial de Utcubamba, el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal del Nor Oriente del Perú - MAMNORP”, y el Informe Nº 069-2015–PCM/ SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de dos (2) o más municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Ofi cio de Vistos, el Gerente General de la “Mancomunidad Municipal del Nor Oriente del Perú - MAMNORP” solicita la inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Provinciales de Jaén y Cutervo, en el Departamento de Cajamarca y la Municipalidad Provincial de Utcubamba, en el Departamento de Amazonas; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre: Diagnóstico: institucional, social y demográfi co; Gestión estratégica: visión, misión, ámbito territorial, objeto, objetivos y horizonte de planeamiento; Gestión descentralizada: estructura orgánica, competencias y funciones, provisión de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinación, cooperación y colaboración; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidación institucional, desarrollo económico local, capacidad de gestión y evaluación; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Protección y conservación del ambiente, con enfoque del ecosistema de las cuencas de los ríos de la mancomunidad, y la industrialización de residuos sólidos, b) Planifi cación del desarrollo urbano y fomento de la inversión privada, el empleo y la competitividad productiva, c) Seguridad ciudadana y promoción de una cultura de paz que revierta la violencia familiar contra la mujer, los niños y adolescentes, d) Desarrollo territorial y económico productivo, e) Participación para mejorar la calidad en la prestación de los servicios de salud y educación, y la defensa y promoción de derechos ciudadanos, f) Extender la conectividad a tráves de medios electrónicos y g) Diseño y promoción de un circuito turístico en la zona de la mancomunidad; Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específi cas exclusivas: a) Promover e impulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo urbano, con enfoque de gestión territorial y de las cuencas de los ríos de la mancomunidad, b) Promover, apoyar y ejecutar proyectos de inversión y de servicios públicos municipales, orientados a la protección y conservación del ambiente que presenten, objetivamente, externalidades o economías de escala de ámbito territorial de la mancomunidad municipal, c) Proponer la emisión de normas técnicas generales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, así como sobre protección y conservación del ambiente, d) Proponer, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales, e) Concertar acciones, programas y proyectos para promocionar la actividad turística y la recreación en el ámbito de la mancomunidad, f) Planifi car y concertar el desarrollo social en armonía con las políticas y planes provinciales de la mancomunidad, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza, g) Ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial de la mancomunidad sobre información, capacitación, acceso a mercados, tecnología, fi nanciamiento y otros campos a fi n de mejorar la competitividad, h) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico de la mancomunidad, i) Organizar un servicio de Serenazgo sin fronteras o vigilancia inter municipal, de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad provincial, j) Concertar con instituciones del sector público y el privado, la elaboración y ejecución de programas de apoyo al desarrollo económico local sostenible, k) Facilitación de la articulación económica y social, en base a potencialidades, l) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad, m) Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 28846 y n) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley N° 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 192-2009-EF; Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específi cas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinación con los planes de desarrollo concertado de cada municipalidad provincial, b) Fortalecer el espíritu solidario y el trabajo colectivo, orientado hacia el desarrollo de la convivencia social, armoniosa y productiva, a la prevención de desastres naturales y a la seguridad ciudadana, c) Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinación con los organismos regionales y nacionales pertinentes, d) Promover la cultura de la prevención mediante la educación para la preservación del ambiente y mitigación de desastres, e) Promover el desarrollo económico local, en coordinación con las entidades locales y regionales competentes, aprovechando las ventajas comparativas productivas y turísticas, f) Determinar las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios, g) Gestión de la atención primaria de salud, en los componentes de planeamiento y control, h) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fi n, en cooperación con las entidades competentes e i) Participar en la evaluación del proyecto educativo en el ámbito territorial de la mancomunidad municipal; Que, fi nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal del Nor Oriente del Perú - MAMNORP”, contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución;