Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (16/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 39

El Peruano Martes 16 de junio de 2015 555161 Artículo Segundo.- Nombrar al doctor José Luis Miguel Castillo Espejo, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Superior Mixta de Chota, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Nombrar como Fiscales Adjuntas Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Cajamarca, designándolas en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, a las siguientes doctoras: • Tania Baneza Rodrigo Vásquez de Quiñónes. • Zoila Maruja Torres Saavedra, con reserva de su plaza de origen. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación (e) 1251158-9 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2853-2015-MP-FN Lima, 15 de junio del 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: El Ofi cio N° 112-2015-10º FSPL-MP-FN, remitido por el doctor Teddy Edgardo Cortéz Vargas, Fiscal Superior Titular del Distrito Fiscal de Lima, designado en el Despacho de la Décima Fiscalía Superior Penal de Lima y la comunicación telefónica con el doctor Gustavo Efraín Quiróz Vallejos, Fiscal Superior Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, designado en el Despacho de la Quinta Fiscalía Superior Penal de Lima, en relación al cambio y/o rotación de Fiscal Adjunto Superior de sus respectivos Despachos. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la doctora María Camila Maguiña Torres, Fiscal Adjunta Superior Titular de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Quinta Fiscalía Superior Penal de Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4964-2014-MP-FN, de fecha 25 de noviembre del 2014. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la doctora Clariza Olga Zegarra Rosas, Fiscal Adjunta Superior Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Décima Fiscalía Superior Penal de Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1782-2013-MP-FN, de fecha 25 de junio del 2013. Artículo Tercero.- Designar a la doctora Clariza Olga Zegarra Rosas, Fiscal Adjunta Superior Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Quinta Fiscalía Superior Penal de Lima. Artículo Cuarto.- Designar a la doctora María Camila Maguiña Torres, Fiscal Adjunta Superior Titular de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Décima Fiscalía Superior Penal de Lima Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a las Fiscales mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación (e) 1251158-10 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAJARURO Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones, la Estructura Orgánica y el Organigrama de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 038-2015-MDC. Cajaruro, 29 de Mayo del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAJARURO POR CUANTO. El Concejo Municipal del Distrito de Cajaruro, en sesión ordinaria de fecha 28 de mayo de 2015. VISTO; El Dictamen de la Comisión espacial conformada para el proceso de Reestructuración Orgánica de la Municipalidad Distrital de Cajaruro MEDIANTE Acuerdo de Concejo Nº 004-2015/MDC-A, y los informes Nº 028- 2015-DPP-de la División de Planeamiento y Presupuesto MDC y el informe fi nal de la Gerencia Municipal Nº 018- 2015-GM-MDC entre otros documentos, sobre proyecto de Ordenanza de Modifi cación de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de Cajaruro. CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declaró al Estado Peruano en proceso de Modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, estableciéndose principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo el mismo: Que, el Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 señala la administración adapta una estructura gerencial sustentándose en los principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, efi cacia, participación y seguridad ciudadana. Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de la Administración Pública, en su artículo 28º precisa que se requiere, entre otros, la aprobación del ROF en el siguiente caso: f) Para optimizar o simplifi car los procesos de la entidad con la fi nalidad de cumplir con mayor efi ciencia su misión y funciones; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, que es el principal Instrumento orientador de la Modernización de la Gestión Pública en el Perú, que establece, la visión, los principio y lineamientos para una actuación coherente y efi caz del sector público, al servicio de los ciudadanos Que, el artículo 9º numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local, así mismo el artículo 9º numeral 8) de la ley antes mencionada, establece que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.