Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (16/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 28

El Peruano Martes 16 de junio de 2015 555150 ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Modifican la Res. Nº 161-2015-OSCE/ PRE, que autorizó viaje de funcionario a Colombia RESOLUCIÓN Nº 167-2015-OSCE/PRE Jesús María, 10 de junio de 2015 VISTOS: El Informe Nº 038-2015-CAI, de la Unidad de Cooperación y Asuntos Internacionales, el Memorando Nº 221-2015/OPD, de la Ofi cina de Planeamiento y Desarrolloy el Informe Nº 161-2015/OAJ, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorando Nº 206-2015/OPD, de fecha 28 de mayo de 2015, la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo del OSCE, remite a la Secretaria General el Informe Nº 037-2015/CAI de la Unidad de Cooperación y Asuntos Internacionales, sobre la participación del abogado Sandro Hernández Diez, Director Técnico Normativo del OSCE, en la Segunda Reunión de Subcomité y Comité de Comercio del Acuerdo Comercial entre Colombia y Perú, por una parte y la Unión Europea con sus estados miembros, la cual se realizará en la ciudad de Bogotá, Colombia los días 16 y 17 de junio de 2015; Que, mediante Resolución Nº 161-2015-OSCE/ PRE, de fecha 08 de junio de 2015, se autorizó el viaje del abogado Sandro Hernández Diez, Director Técnico Normativo del OSCE, a la ciudad de Bogotá, Colombia, del 15 al 18 de junio de 2015, cuyo monto previsto por concepto de pasaje aéreo fue por la cantidad de S/. 2 370.00 Nuevos Soles; Que,de acuerdo a lo informado por la Unidad de Cooperación y Asuntos Internacionales a través del Informe Nº 038-2015-CAI, el monto previsto por el concepto de pasaje aéreo se ha visto incrementado en la cantidad de S/. 182.00 Nuevos Soles, según lo comunicado por la Ofi cina de Administración de acuerdo al Memorando Nº 984-2015/OA, por lo que solicita la expedición de una Resolución de ampliación por el diferencial del pasaje aéreo del comisionado, abogado Sandro Hernández Diez, Director Técnico Normativo del OSCE; Que, mediante Memorando Nº 006-2015/PP, la Unidad de Planifi cación y Presupuesto, señala que se ha procedido a efectuar la ampliación de la Certifi cación de Crédito Presupuestal dentro de la Meta Presupuestaria 042 de la Unidad de Cooperación y Asuntos Internacionales, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, en la específi ca de gasto 2.3.2.1.1.1. Pasajes y gastos de transporte, por el valor de S/. 182.00 Nuevos Soles; Que, en tal sentido, al haberse incrementado el monto del pasaje aéreo consignado en la autorización de viaje del abogado Sandro Hernández Diez, Director Técnico Normativo del OSCE, corresponde modifi car la Resolución Nº 161-2015-OSCE/PRE, ya que este se encuentra acorde con la certifi cación de crédito presupuestal emitida por la Unidad de Planifi cación y Presupuesto del OSCE; De conformidad con lo dispuesto en el literal k) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10, modifi cado por Decreto Supremo Nº 006- 2014/EF y con las visaciones de la Secretaría General, la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car el artículo 2º de la Resolución Nº 161-2015-OSCE/PRE, de fecha 08 de junio de 2015, en el siguiente extremo: “Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al presupuesto del OSCE, de acuerdo al siguiente detalle: Abogado Sandro Hernández Diez Pasajes y gastos de transporte S/. 2 551.25 Viáticos y asignación por comisión de servicios S/. 3 495.39” Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI ROJAS DELGADO Presidenta Ejecutiva 1250881-1 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Designan representante de la Superintendencia del Mercado de Valores ante el Consejo Directivo del Administrador del Fondo de Garantía, quien lo presidirá RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 060-2015-SMV/02 Lima, 11 de junio de 2015 La Superintendente del Mercado de Valores CONSIDERANDO: Que, el artículo 158 de la Ley del Mercado de Valores, LMV, constituyó al Administrador del Fondo de Garantía como persona jurídica de derecho privado, de naturaleza especial, sin fi nes de lucro, encargado de la administración del Fondo de Garantía, patrimonio independiente de su administrador; Que, de acuerdo con el artículo 160 de la LMV, el Consejo Directivo del Administrador del Fondo de Garantía se encuentra integrado, entre otros, por dos (02) representantes de la Superintendencia del Mercado de Valores, (SMV), designados por su titular, uno de los cuales lo preside; Que, por Resolución de Superintendente N° 014-2012- SMV/02 se designó al señor Milko Juan Zárate Quiñones como representante de la SMV ante el Consejo Directivo del Administrador del Fondo de Garantía, ejerciendo su presidencia hasta la fecha; Que, conforme al artículo 8 del Reglamento del Fondo de Garantía, aprobado mediante Resolución SMV N° 013-2011-SMV/01, los miembros del Consejo Directivo del Administrador del Fondo de Garantía designados por la SMV pueden ser removidos por Resolución del Superintendente; Que, el señor Milko Juan Zárate Quiñones ha renunciado a la Superintendencia del Mercado de Valores, por lo que resulta necesario proceder a su remoción como representante de la SMV ante el Consejo Directivo del Administrador del Fondo de Garantía; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 160 de la Ley del Mercado de Valores y por el artículo 8 del Reglamento del Fondo de Garantía, aprobado mediante Resolución SMV N° 013-2011-SMV/01; RESUELVE: Artículo 1°.- Remover al señor Milko Juan Zárate Quiñones como representante de la Superintendencia del Mercado de Valores, (SMV), ante el Consejo Directivo del Administrador del Fondo de Garantía, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Artículo 2°.- Designar al señor Rolando Rony Aldave Romo en su calidad de funcionario de esta Institución, como representante de la Superintendencia del