Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2015 (19/06/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

555444
Vista, la propuesta de la Direccion de Normatividad de aprobar el Plan Contable Gubernamental version 2015, que comprende en su alcance a las entidades publicas de la actividad gubernamental del Estado. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 0112011-EF/93.01 se aprobo la version modificada del Plan Contable Gubernamental 2009 y sus modificatorias la Resolucion Directoral Nº 009-2012-EF/51.01, la Resolucion Directoral Nº 004-2013-EF/51.01, la Resolucion Directoral Nº 014-2013-EF/51.01, articulo 4° de la Resolucion Directoral Nº 006-2014-EF/51.01, articulo 3° de la Resolucion Directoral N° 007-2014EF/51.01, articulo 3° de la Resolucion Directoral N° 009-2014-EF/51.01, articulo 3° de la Resolucion Directoral N°011-2014-EF/51,01 y la Resolucion Directoral N° 015-2014-EF/51.01; Que, el inciso 42.1 del articulo 42º de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, establece que la Direccion General de Contabilidad Publica es el Organo Rector del Sistema Nacional de Contabilidad; Que, el inciso a) del articulo 7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad Publica, confiere a la Direccion General de Contabilidad Publica la atribucion de emitir resoluciones dictando y aprobando las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el sector publico; asimismo en el inciso 16.1 del articulo 16º establece que el registro contable es el acto que consiste en anotar los datos de una transaccion en las cuentas correspondientes del Plan Contable y en el inciso 16.2 del articulo 16º dispone que el registro contable oficial es el autorizado por la Direccion General de Contabilidad Publica, estando las entidades del sector publico obligadas a su total cumplimiento, en aplicacion de las normas y procedimientos contables emitidos por el Organo Rector, utilizando los planes de cuentas y clasificadores presupuestarios de ingresos y gastos publicos, asi como los sistemas contables que les MORDAZA aplicables; Que, mediante los articulos 1° y 2° de la Resolucion Directoral N° 011-2013-EF/51.01 se oficializa las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Publico ­ NICSP, emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contadores (IFAC) y se dispone que la Direccion General de Contabilidad Publica normara la aplicacion de las NICSP oficializadas; por tanto, se aprueba su aplicacion mediante las Directivas siguientes: Directiva N° 002-2014-EF/51.01 "Metodologia para la Modificacion de la MORDAZA Util de Edificios, Revaluacion de Edificios y Terrenos, Identificacion e Incorporacion de Edificios y Terrenos en Administracion Funcional y Reclasificacion de Propiedades de Inversion en las entidades gubernamentales", aprobada mediante la Resolucion Directoral N° 006-2014-EF/51.01, Directiva N° 003-2014-EF/51.01 "Metodologia del Costo Amortizado para el reconocimiento y medicion de instrumentos financieros de las entidades gubernamentales", aprobada mediante la Resolucion Directoral N° 007-2014-EF/51.01, Directiva N° 0042014-EF/51.01 "Metodologia para el reconocimiento y medicion de instrumentos financieros derivados de las entidades gubernamentales", aprobada mediante la Resolucion Directoral N° 009-2014-EF/51.01 y la Directiva N° 006-2014-EF/51.01 "Metodologia para el reconocimiento y medicion de Contratos de Concesiones en las entidades gubernamentales concedentes", aprobada mediante la Resolucion Directoral N° 0112014-EF/51.01; Que, habiendose incorporado la normativa de las NICSP en el Plan Contable Gubernamental, por la aplicacion de las Directivas indicadas en el considerando precedente, es necesario aprobar el Plan Contable Gubernamental version 2015; y En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 42.1 del articulo 42º de la Ley Nº 28112 Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico y el inciso a) del articulo 7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE:

El Peruano Viernes 19 de junio de 2015

Articulo 1º.- Aprobar el Plan Contable Gubernamental version 2015 y su difusion. Aprobar el Plan Contable Gubernamental version 2015, el mismo que forma parte de la presente Resolucion y disponer su difusion en el MORDAZA del Ministerio de Economia y Finanzas: http://www.mef.gob. pe en la misma fecha de publicacion que en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 2°.- Alcance Estan comprendidas en el alcance del Plan Contable Gubernamental version 2015, las entidades publicas usuarias de la version modificada del Plan Contable Gubernamental 2009. Articulo 3°.- Difusion Recomendar la difusion del Plan Contable Gubernamental version 2015 aprobado mediante la presente resolucion, a la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Publicos del Peru, a los Colegios de Contadores Publicos Departamentales y a las facultades de Ciencias Contables y Financieras de las Universidades del Pais. Articulo 4°.- Derogacion Se derogan la Resolucion Directoral N° 011-2011EF/93.01 y sus modificatorias, asi como todo lo que se oponga a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Contabilidad Publica 1253128-1

ENERGIA Y MINAS
Declaran Areas de No Admision de Petitorios Mineros ­ ANAP y autorizan al INGEMMET a realizar trabajos de prospeccion minera regional
DECRETO SUPREMO Nº 018-2015-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 25º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, establece que el Ministerio de Energia y Minas podra autorizar areas de no admision de petitorios al Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, por plazos maximos de cinco (5) anos calendario, con la finalidad de que dicha institucion realice trabajos de prospeccion minera regional, respetando derechos adquiridos y areas colindantes a las zonas arqueologicas del pais; Que, asimismo, la MORDAZA citada establece que cada una de dichas areas no podra comprender mas de trescientas mil (300,000) hectareas; Que, la Presidenta del Consejo Directivo del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, mediante Escrito N° 2353599 solicito al Ministerio de Energia y Minas la expedicion de un decreto supremo que autorice al Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET a realizar trabajos de prospeccion minera regional, respetando derechos adquiridos y areas colindantes a las zonas arqueologicas en las Areas de No Admision de Petitorios Mineros ­ ANAP PICO DE LORO, CALVAYUQUE, RUMAN, MAIJA, ORCCOPATA, HUYAHUYA y QUEHUINCHE, para lo cual se identifica el area de las mismas y los montos de las partidas presupuestales debidamente financiadas que garantizan la realizacion de dichos trabajos en el area que se solicita;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.