Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2015 (19/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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El Peruano Viernes 19 de junio de 2015

Aprueban "Normas complementarias al Decreto Supremo Nº 014-2015PRODUCE, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29051, Ley que regula la participacion y eleccion de los representantes de las MYPE en las diversas entidades publicas"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 198-2015-PRODUCE MORDAZA, 17 de junio de 2015 VISTOS: El Memorando Nº 0533-2015-PRODUCE/ DIGEDEPRO del 13 de MORDAZA de 2015, el Informe Nº 00026-2015-PRODUCE/OGAJ-rburneo del 14 de MORDAZA de 2015; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29051, Ley que regula la participacion y la eleccion de los representantes de las MYPE en las diversas entidades publicas, modificada por la Ley Nº 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversion, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial, establece el MORDAZA legal para el acceso de las Asociaciones de las Micro y Pequenas Empresas (MYPE), asi como de los Comites de MYPE constituidos al interior de otras organizaciones gremiales, a los espacios de representacion de entidades publicas que por su naturaleza, finalidad, ambito y competencia se

encuentren vinculadas directamente con la tematica de las MYPE; Que, el articulo 3 de la Ley Nº 29271, Ley que establece que el Ministerio de la Produccion es el sector competente en materia de promocion y desarrollo de cooperativas, transfiriendosele las funciones y competencias sobre micro y pequena empresa, dispone que se transfieran al Ministerio de la Produccion las competencias y funciones sobre micro y pequena empresa, previstas en la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y en el articulo 6 de la Ley Nº 28015, Ley de Promocion y Formalizacion de la Micro y Pequena Empresa; Que, el articulo 5 de la Ley Nº 29051 concordado con el articulo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2015-PRODUCE, establece que el Ministerio de la Produccion a traves de su organo de linea competente, es el encargado del desarrollo del MORDAZA Electoral que tiene por objeto la eleccion de las Asociaciones de las MYPE y/o Comites de MYPE para que, a traves de sus representantes, participen en los espacios de representacion de las diversas entidades publicas; MORDAZA que sera realizado con la asistencia tecnica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ ONPE; Que, asimismo, el Reglamento acotado, en su articulo 5, establece que las entidades publicas que cuentan con espacios de representacion deben solicitar, entre los meses de agosto y noviembre de cada ano, al Ministerio de la Produccion la realizacion del MORDAZA Electoral referido; Con el visado del Viceministro de MYPE e Industria, de los Directores Generales de la Direccion General de Desarrollo Productivo, de la Direccion General de Politicas

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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