Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2015 (26/06/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 80

555954
POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Ordinaria del 16 de Junio del 2015. CONSIDERANDO Que, el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional, así mismo reglamentan materias de su competencia; Que, el Artículo 15º, sobre las atribuciones del Consejo Regional, dispone en su literal a), aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Artículo 9º literal a) del antes citado cuerpo normativo, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para "Aprobar su organización interna y su presupuesto"; Que, el Artículo 9º de la Ley de Bases de la Descentralización ­ Ley Nº 27783, establece las dimensiones de las autonomías políticas, administrativas y económicas de los Gobiernos Regionales y en su inciso 9.2. Especifica que la autonomía administrativa es la facultad de organizarse internamente; Que, el Decreto Supremo Nº 043 ­ 2006 ­ PCM aprueba los "Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública", documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión y objetivos; que contiene las funciones generales de la entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas; Que, la Ley Nº 27293 ­ Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, cuya finalidad es optimizar el uso de los Recursos Públicos destinados a la inversión mediante el establecimiento de principios, procesos, metodologías y normas técnicas relacionadas con las diversas fases de los proyectos de inversión, estableciendo en el Artículo 11º las atribuciones de las Oficinas de Programación e Inversiones, como órgano conformante del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 102 ­ 2007 ­ EF se aprueba el Nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública, en el que se establece que la Oficina de Programación e Inversiones es el órgano técnico del Sistema Nacional de Inversión Pública en cada Gobierno Regional, sus competencias están relacionadas al ámbito institucional del Gobierno Regional en el marco de sus competencias establecidas por la normatividad de la materia; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 003 ­ 2011 ­ EF / 68.01, se aprueba la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, en cuyo Artículo 8º se establece las Funciones y responsabilidades de la Oficina de Programación e Inversiones (OPI) y que constituye el máximo órgano técnico del SNIP; Que, mediante la Carta UT Nº 081 ­ 15 ­ UT de fecha 25 de Marzo del 2015, el Socio ­ Gerente de la Sociedad de Auditoría Urbano Toledo y Asociados, remite al Gobernador Regional el Informe de Control Interno Nº 001 ­ 2015 UT / GRC ­ SC haciendo de su conocimiento las Debilidades y Deficiencias de Control Interno detectadas en el Gobierno Regional del Callao, como resultado del desarrollo de la Auditoria Financiera y Examen Especial a la Información Presupuestaria del periodo 2014 correspondiente al Pliego 464, a fin de poder corregirlas y poder superarlas; Que, la Debilidad o Deficiencia detectada por la Sociedad de Auditoria Urbano Toledo y Asociados, correspondiente a la Recomendación 2 se refiere a la "Incompatibilidad de línea de autoridad sobre la Oficina Regional de Programación e Inversiones (ORPI) del Pliego Nº 464 Gobierno Regional del Callao, prevista en la normatividad del Sistema de Inversión Pública", en tal sentido, recomienda que el Gerente General Regional disponga al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Callao, elabore la propuesta del rediseño organizacional, para que la OFICINA REGIONAL DE PROGRAMACIÓN E INVERSIONES (ORPI), del

El Peruano Viernes 26 de junio de 2015

Gobierno Regional del Callao, pase a depender orgánica y funcionalmente de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, con la finalidad de dar cumplimiento a la normatividad del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, mediante el Memorándum Nº 457 ­ 2015 ­ GRC / GGR, la Gerencia General Regional comunica sobre las recomendaciones hechas por la Sociedad de Auditoría Urbano Toledo y Asociados, en el desarrollo de la Auditoria Financiera y Examen Especial a la Información Presupuestaria del periodo 2014, por lo que solicita a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial "disponer a quien corresponda se adopten las acciones contundentes y necesarias a efecto de implementar las recomendaciones 1, 2, 3, y 4 contenidas en el citado informe de Control"; Que, mediante el Memorándum Múltiple Nº 012 ­ 2015 ­ GRC ­ GRPPAT de fecha 21 de Abril de 2014 el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, dispone que se adopten las acciones respectivas a fin de implementar las recomendaciones de la Sociedad de Auditoría Urbano Toledo y Asociados, efectuadas en el desarrollo de la Auditoria Financiera y Examen Especial a la Información Presupuestaria del periodo 2014 del Gobierno Regional del Callao; Que, mediante Informe Nº 142 ­ 2015 ­ GRC / GRPPAT la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a través del Informe Nº 018 ­ 2015 ­ GRC / GRPPAT / ORE ­ CMN, opina que resulta técnicamente procedente la aprobación de la propuesta para modificar la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del Gobierno Regional del Callao, con el objeto de hacer depender orgánica y funcionalmente a la Oficina de Programación e Inversiones ­ OPI de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, de conformidad con la normatividad vigente, como es la Ley Nº 27293 ­ "Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública", el Decreto Supremo Nº 102 ­ 2007 ­ E F "Aprueban el nuevo Reglamento del Sistema nacional de Inversión Pública", así como por la Resolución Directoral Nº 003 ­ 2011 ­ EF / 68.01 "Aprueban Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública" publicada el 09 de Abril del 2011. Asimismo que la propuesta ha sido formulada considerando los lineamientos establecidos por el Decreto Supremo Nº 043 ­ 2006 ­ PCM "Aprueban Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública"; Que, mediante el Informe Nº 1521 ­ 2015 ­ GRC / GAJ de fecha 11 de Junio de 2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Callao, procede a visar el proyecto de modificación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del Gobierno Regional del Callao y de la Ordenanza Regional respectiva, formulada por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ­ ROF DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF y la Estructura Orgánica del Gobierno Regional del Callao, conforme al ANEXO Nº 01: "Modificaciones al Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del Gobierno Regional del Callao, que incorpora a la Oficina de Programación e Inversiones ­ OPI como una nueva Unidad Orgánica de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial" y al ANEXO Nº 02: "Modificación de la Estructura Orgánica del Gobierno Regional del Callao", los mismos que forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, dar cumplimento de la presente Ordenanza Regional.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.