Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2015 (26/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano Viernes 26 de junio de 2015

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instituciones que asistieron al acto público. Los resultados del sorteo serán publicados en la página web de la ONPE y en los Centros Poblados de los distritos en consulta. 1255519-1

Peruano y en el portal institucional, www.onpe.gob.pe, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. GILBERT FERNANDO VALLEJOS AGREDA Jefe (e) ANEXO INSTRUCCIONES PARA EL SORTEO DE UBICACIÓN DE LOS NOMBRES DE LOS DISTRITOS EN CONSULTA PARA LA CÉDULA DE SUFRAGIO QUE SE UTILIZARÁ EN LA CONSULTA VECINAL CON FINES DE DEMARCACIÓN TERRITORIAL EN LOS CENTROS POBLADOS 8.4½, CP4, CP5, SAN MARTÍN - SAN ISIDRO, CP6 Y CP14 SANTA ROSA, UBICADOS EN LOS DISTRITOS DE TAMBO GRANDE Y LAS LOMAS 2015 Artículo 1º.- Sorteo único El sorteo de ubicación de los nombres de los distritos en consulta en la cédula de sufragio que se utilizará en la Consulta Vecinal con fines de demarcación territorial en los Centros Poblados 8.4½, CP4, CP5, San Martín ­ San Isidro, CP6 y CP14 Santa Rosa, ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas, se realizará en un solo acto, cuyo resultado será utilizado en las cédulas de sufragio para esta consulta. Artículo 2º.- Sede del sorteo El sorteo mencionado en el artículo anterior se realizará en la sede de la ORC Piura. Artículo 3º.- Responsable del sorteo y actividades preparatorias El sorteo estará a cargo de los representantes de la Oficina Regional de Coordinación de Piura. Previamente al sorteo, se confirmará la presencia de un Notario Público y la concurrencia de representantes de los organismos del Sistema Electoral, la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, la Defensoría del Pueblo, de los observadores y representantes de las Municipalidades correspondientes. Artículo 4º.- Sorteo de ubicación de los espacios respectivos El sorteo de ubicación de los nombres de los distritos en consulta en la cédula de sufragio que se utilizará en la Consulta Vecinal con fines de demarcación territorial en los Centros Poblados 8.4½, CP4, CP5, San Martín ­ San Isidro, CP6 y CP14 Santa Rosa, ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas, se realizará de acuerdo a los pasos siguientes: a) Se ordena alfabéticamente los nombres de los dos distritos en consulta. b) Se utilizarán bolillos, los cuales se identificarán con los números 1 y 2, en orden alfabético. c) Los bolillos serán mostrados a los asistentes al momento de ser colocados en el bolillero, por parte de un servidor de la ORC. d) Se invitará a un servidor de la ORC, para que luego de revolver el bolillero, extraiga los bolillos y los muestre a los asistentes. e) El nombre del distrito que corresponda al primer bolillo extraído ocupará el lado izquierdo de la cédula; y el que corresponda al segundo bolillo extraído ocupará el lado derecho de la cédula. f) Simultáneamente al literal anterior, el servidor de la ONPE registra en una computadora los resultados obtenidos y a través de un proyector multimedia los muestra al público asistente. g) El Notario Público dará conformidad a los bolillos extraídos y a los resultados obtenidos. Artículo 5º.- Publicidad y elaboración de actas de los resultados del sorteo Obtenidos los resultados del sorteo, el Notario Público emitirá el acta en cuatro ejemplares, ésta será suscrita por los representantes de la ONPE, JNE, RENIEC, el Notario Público y facultativamente por el resto de asistentes. Los ejemplares se entregarán al Notario Público, JNE, RENIEC y el cuarto quedará en poder de la ONPE. Asimismo, se entregarán copias del acta a los representantes de las

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco Ripley Perú S.A. el cierre de agencias ubicadas en los departamentos de Lima y La Libertad
RESOLUCIÓN SBS Nº 3333-2015 Lima, 12 de junio de 2015 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por el Banco Ripley Perú S.A. para que se le autorice el cierre de dos (02) Agencias, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva y; CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el cierre de las agencias en mención; Que, en Sesión de Directorio de fecha 27 de mayo de 2015 se acordó el cierre de dos (02) agencias y; estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C"; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, por la Resolución SBS N° 6285-2013 y en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009, Resolución Administrativa SBS N° 240-2013 y Memorando N° 5692015-SABM. RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Ripley Perú S.A. el cierre de las agencias ubicadas en las siguientes direcciones: - Panamericana Sur Kilómetro 97.5, Urbanización La Querencia, Centro Comercial Asia del Sur, Distrito de Asia, Provincia de Cañete, Departamento de Lima. - Calle Pizarra N° 687 - 691, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. Regístrese, comuniqúese y publíquese. EDUARDO FLORES SALAZAR Intendente General de Banca (a.i.) 1255052-1

Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. el traslado de agencia ubicada en el departamento de Huánuco
RESOLUCIÓN SBS Nº 3434-2015 Lima, 16 de junio de 2015

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