Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2015 (27/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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energética adecuada a las necesidades de la sociedad, considera primordial evitar cualquier eventualidad que atente la seguridad del servicio público de electricidad, teniendo en cuenta que el artículo 58° de la Constitución Política del Perú, señala como deber del Estado actuar en el ámbito de los servicios públicos, siendo definido el Servicio Público de Electricidad como de utilidad pública, de acuerdo al Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y teniendo el Estado como responsabilidad el asegurar el abastecimiento oportuno y eficiente del suministro eléctrico para el Servicio Público de Electricidad, según lo establecido por la Ley N° 28332, Ley para asegurar el desarrollo eficiente de la Generación Eléctrica, consideraciones generales que han sido tomadas en cuenta con la dación de la Resolución Ministerial N° 168-2015-MEM/DM, por lo que debe declararse infundado en todos sus extremos el recurso de reconsideración, sin efecto suspensivo, planteado; De conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 6° de la Ley Orgánica del Sector Energía y Minas, Decreto Ley N° 25962; el literal i) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; y, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar INFUNDADO el recurso de reconsideración, sin efecto suspensivo, interpuesto por Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. - EGESUR, contra la Resolución Ministerial N° 168-2015-MEM/DM publicada en el Diario Oficial El Peruano en fecha 13 de abril de 2015, por las razones expuestas en la Parte Considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Declarar agotada la vía administrativa en el presente procedimiento administrativo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1255692-1

El Peruano Sábado 27 de junio de 2015

INTERIOR
Autorizan viaje de personal policial a Argentina, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 134-2015-IN Lima, 26 de junio de 2015 VISTOS; la Carta Invitación N/Ref RB-BUE/ENTRE/ GMB/012015, de fecha 15 de mayo de 2015, de la Oficina Regional INTERPOL para América del Sur; y, el Memorándum Múltiple N° 252-2015-DIRGEN-PNP/ EMP-OCNI, de fecha 4 de junio de 2015, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y , CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Invitación N/Ref RB-BUE/ ENTRE/GMB/012015, de fecha 15 de mayo de 2015, la Oficina Regional INTERPOL para América del Sur, hizo de conocimiento a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, sobre el ofrecimiento de dos (2) becas a funcionarios de la Policía Nacional del Perú para participar en la "Formación de Especialistas en Evaluación de Testimonios, Entrevistas e Interrogatorio", a realizarse del 29 de junio al 3 de julio de 2015, en la ciudad de Buenos Aires ­ República Argentina; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión N° 4812015-DIRGEN PNP/EMP-OCNI, de fecha 2 de junio de 2015, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú autorice el viaje al exterior del país en misión de estudios de la Mayor de Servicios de la Policía Nacional del Perú María

Asunción León Zapata y de la Mayor de Servicios de la Policía Nacional del Perú Kelly Esther Lázaro Camiloaga, las mismas que laboran en el área de Psicología Forense, para que participen del 29 de junio al 3 de julio de 2015 en el evento mencionado en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre el particular, mediante Memorándum Múltiple N° 252-2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI, de fecha 4 de junio de 2015, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú autorizó el viaje indicado en el considerando precedente, disponiendo la formulación de la resolución autoritativa de viaje correspondiente y señalando que el mismo irrogará gastos al Estado; Que, el numeral 3 del artículo 13° de la Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1148, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, la experiencia e información en materia de operaciones y procedimientos especiales aplicables a la función policial específica, mediante aspectos netamente psicológicos a adquirirse como resultado de la participación en el evento indicado, redundará en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú resultando de interés institucional y del país, debiendo señalarse que los costos de alimentación, estadía y transporte interno serán cubiertos por los organizadores; los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), serán asumidos por la Unidad Ejecutora N° 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2013-IN; y , el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior del país en misión de estudios del 28 de junio al 3 de julio de 2015, que se realizará en la ciudad de Buenos Aires ­ República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, del personal policial siguiente: - Mayor de Servicios de la Policía Nacional del Perú María Asunción León Zapata. - Mayor de Servicios de la Policía Nacional del Perú Kelly Esther Lázaro Camiloaga Artículo 2°.- Los gastos por concepto pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto

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