Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2015 (27/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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El Peruano Sábado 27 de junio de 2015

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el "Acuerdo de Cooperación Ambiental entre la República del Perú y la República de Chile"
DECRETO SUPREMO Nº 033-2015-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo de Cooperación Ambiental entre la República del Perú y la República de Chile", fue suscrito el 10 de diciembre de 2014, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo de Cooperación Ambiental entre la República del Perú y la República de Chile", suscrito el 10 de diciembre de 2014, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Acuerdo, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la casa de Gobierno en Lima, a los veintisés días del mes de junio del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1256678-1

para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Georgia, con residencia en Ankara, República de Turquía; Que, mediante Resolución Suprema N° 208-2014/RE, se nombró al mencionado funcionario diplomático para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Azerbaiyán, con residencia en Ankara, República de Turquía; De conformidad con la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N.° 29318; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 130-2003/RE y su modificatoria, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 065-2009-RE; SE RESUELVE: Artículo 1. Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Enrique Abarca del Carpio como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Turquía, así como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Georgia, y como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Azerbaiyán. Artículo 2. Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3. La fecha de término de funciones será fijada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4. Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5. La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1256678-13

Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Turquía
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 129-2015-RE Lima, 26 de junio de 2015 CONSIDERANDO: De conformidad con el inciso 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N.° 29318; y su Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1. Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Turquía al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Manuel Santiago Marcovich Monasi. Artículo 2. Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3. La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones, será fijada mediante Resolución Ministerial.

Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en las Repúblicas de Turquía, Georgia y Azerbaiyán
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 128-2015-RE Lima, 26 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 242-2010/ RE, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Enrique Abarca del Carpio, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Turquía; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0547-2010/ RE, se fijó el 15 de agosto de 2010, como la fecha en que el citado funcionario diplomático, asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Turquía; Que, mediante Resolución Suprema N° 147-2014/ RE, se nombró al mencionado funcionario diplomático

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