Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2015 (04/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Miercoles 4 de marzo de 2015

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Economico Autorizado (e) y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de Investigaciones Aduaneras (e) ambos de la Intendencia de Control Aduanero del 13 al 15 de MORDAZA de 2015, para participar en la XVIII CRDGA, el dia 14 de MORDAZA de 2015, eventos que se realizaran en la MORDAZA de Puerto Natales, Republica de Chile. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto del 2015 de la SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 1 476,80 Viaticos US$ 1 110,00 Senora MORDAZA MORDAZA Barandiaran Asparrin Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 1 689,30 Viaticos US$ 370,00 Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 1 689,30 Viaticos US$ 370,00 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados trabajadores deberan presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los trabajadores cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional (e) 1206348-1

y del Operador Economico Autorizado, propiciando un ambiente de dialogo sobre los avances y retos regionales, asi como tambien en mejorar la cooperacion entre las aduanas y proponer medidas para optimizar el rol de las Administraciones de Aduanas de las Americas y el Caribe; Que la Reunion conjunta con los representantes del sector privado constituye una oportunidad de dialogo e intercambio de ideas con dicho sector; Que la participacion de la SUNAT en la XVIII CRDGA, se enmarca dentro de los objetivos estrategicos institucionales relacionados con el control del fraude aduanero, mediante el fortalecimiento de los mecanismos de coordinacion multilateral entre las Administraciones Aduaneras de las Americas y el Caribe; en tanto que su participacion en la Reunion conjunta con los representantes del sector privado guarda estrecha relacion con el objetivo estrategico de garantizar la seguridad de la cadena logistica de comercio exterior; Que en tal sentido, siendo de interes institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe Nº 019-2015SUNAT/3Y0000 de fecha 11 de febrero de 2015, resulta necesario autorizar la participacion del trabajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas (e) en la XVIII CRDGA y en la Reunion conjunta con los representantes del sector privado, del 13 al 15 de MORDAZA de 2015, y de los trabajadores MORDAZA MORDAZA Barandiaran Asparrin, Gerente Operador Economico Autorizado (e), y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de Investigaciones Aduaneras (e), ambos de la Intendencia de Control Aduanero, para participar en la XVIII CRDGA el dia 14 de MORDAZA de 2015; Que el numeral 1 de la Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley Nº 29816, dispone que mediante Resolucion de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siendole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Ano Fiscal 2012, en las que se preve la prohibicion de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectuen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru; Que asimismo, el numeral 2 de la Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29816, establece que mediante Resolucion de Superintendencia, la SUNAT autorizara los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolucion de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del trabajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del 12 al 16 de MORDAZA de 2015, para participar en los referidos eventos, y de los trabajadores MORDAZA MORDAZA Barandiaran Asparrin y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del 13 al 15 de MORDAZA de 2015 para asistir a la XVIII CRDGA el 14 de MORDAZA de 2015; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aereos que incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viaticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29816, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Resolucion de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del trabajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas (e) del 12 al 16 de MORDAZA de 2015, para participar en la XVIII CRDGA y en la Reunion conjunta con los representantes del sector privado, que se llevaran a cabo del 13 al 15 de MORDAZA de 2015, y de los trabajadores MORDAZA MORDAZA Barandiaran Asparrin, Gerente Operador

Aprueban modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la SUNAT
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 064-2015/SUNAT MORDAZA, 27 de febrero de 2015 VISTO: El Informe Nº 031-2014-SUNAT/1K2000 e Informe Nº 02-2015-SUNAT/1K2000 emitidos por la Gerencia de Organizacion y Procesos de la Oficina Nacional de Planeamiento y el Informe Legal Nº 03-2015-SUNAT/ 8E0000 emitido por la Intendencia Nacional de Asesoria Legal Interna; CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 176-2013-EF, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria ­ SUNAT, modificado por Resolucion de Superintendencia Nº 316-2014/SUNAT; Que el numeral 38.7 del articulo 38º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que en los casos en que por Ley, Decreto Legislativo y demas normas de alcance general, se establezcan o se modifiquen los requisitos, plazo o silencio administrativo aplicables a los procedimientos administrativos, las entidades de la Administracion Publica estan obligadas a realizar las modificaciones correspondientes en sus respectivos TUPA; Que se han aprobado diversas normas que conllevan a que se modifiquen varios de los actuales procedimientos administrativos establecidos; tales como la Resolucion de Superintendencia Nº 290-2014/SUNAT, que modifica la Resolucion de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT

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