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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2015 (04/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 35

El Peruano Miércoles 4 de marzo de 2015 547901 los estándares de transparencia, el fomento de la ética y la prevención de la corrupción; j) Emitir opinión técnica sobre propuestas normativas, en materias de su competencia; k) Elaborar y proponer, a la Alta Dirección, normas relacionadas a las materias de su competencia; l) Promover alianzas estratégicas y convenios de cooperación con entidades públicas y privadas nacionales y extranjeras, en materia de su competencia; m) Ejercer la Secretaría Técnica de la Comisión de Lucha Contra la Corrupción del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, n) Las demás funciones que le encargue la Alta Dirección o aquellas que le sean dadas por normatividad expresa”. Artículo 3.- Modifi cación del Organigrama del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que en Anexo forma parte del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA Modifícase el Organigrama del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que en calidad de Anexo forma parte del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, el cual queda establecido según el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 4.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo se efectúa con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; en el marco de lo previsto por la Tercera Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF. Artículo 5.- Publicación El presente Decreto Supremo se publica en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 6.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de marzo del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1206982-2 Aprueban el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2015” del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 055-2015-VIVIENDA Lima, 27 de febrero de 2015 VISTOS: El Memorándum Nº 069-2015-VIVIENDA- VMCS-P-CSTCF del Viceministerio de Construcción y Saneamiento, y el Informe Nº 001-2015-VIVIENDA/ OGPP-ST-CSTCF de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de Secretaría Técnica de la Comisión del Sector Vivienda responsable del proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones y recursos asociados, a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y demás normas complementarias y reglamentarias, se viene elaborando, aprobando y ejecutando los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales ; Que, el literal b) del numeral 11.3 de la Directiva Nº 005- CND-P-2005 “Procedimiento para la Formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, aprobada mediante Resolución Presidencial Nº 081- CND-P-2005, dispone que el Plan Anual de Transferencia Sectorial deberá ser aprobado por Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Ministerial N° 385-2014- VIVIENDA, se adecuó y reconformó la Comisión del Sector Vivienda responsable del proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones y recursos asociados, a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, constituida por Resolución Ministerial N° 295-2007- VIVIENDA, modifi cada por Resoluciones Ministeriales N° 628-2008-VIVIENDA y N° 179-2010-VIVIENDA; Que, con Memorándum Nº 069-2015-VIVIENDA- VMCS-P-CSTCF, el Viceministro de Construcción y Saneamiento, remite el Informe Nº 001-2015-VIVIENDA/ OGPP-ST-CSTCF, mediante el cual, el Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de Secretario Técnico de la mencionada Comisión Sectorial de Transferencia, presenta el proyecto del “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2015” del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, señalando que ha sido elaborado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, por lo que recomienda su aprobación mediante Resolución Ministerial; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2015” del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2015” del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, propuesta por la Comisión del Sector Vivienda responsable del proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones y recursos asociados, a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la Ofi cina General de Estadística e Informática, la publicación del Plan Anual aprobado en el artículo precedente, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob. pe), en la fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución y su Anexo a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1206980-1