Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2015 (04/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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La renovacion se sujeta al cumplimiento de los requisitos y de las condiciones previstas en la Ley de Radio y Television y su Reglamento. Articulo 9º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, se procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 38º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 10º.- El titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38° del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Articulo 11º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 12°.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. HENRRY MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones (e) 1206189-1

El Peruano Miercoles 4 de marzo de 2015

Declaran aprobada la renovacion de autorizacion otorgada a persona natural mediante R.VM. N° 100-2003-MTC/03, para prestar servicio de radiodifusion sonora en FM en localidad del departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 104-2015-MTC/03 MORDAZA, 23 de febrero del 2015 VISTO, el escrito de registro N° 2012-065143-A, mediante el cual el senor MORDAZA PILA CHULLO, solicita la renovacion de la autorizacion que le fue otorgada para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de SicuaniTinta, departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial N° 1002003-MTC/03, del 07 de marzo de 2003, se otorgo al senor MORDAZA PILA CHULLO, autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Tinta, provincia de Canchis, departamento de MORDAZA, con vencimiento de su plazo de vigencia al 12 de junio de 2013; Que, mediante escrito de registro N° 2012-065143-A del 12 de MORDAZA de 2013, el senor MORDAZA PILA CHULLO solicito la renovacion de su autorizacion otorgada con Resolucion Viceministerial N° 100-2003-MTC/03; Que, el articulo 15º de la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establecen que el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovacion de autorizaciones otorgadas para prestar el servicio de radiodifusion; Que, el articulo 19° de la Ley de Radio y Television, concordante con el numeral 3) del articulo 71° de su Reglamento, establece que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento

veinte (120) dias; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo establecido en el MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Ley del Silencio Administrativo, Ley N° 29060, modificada con Decreto Legislativo N° 1029, senala que los procedimientos administrativos, sujetos al silencio administrativo positivo, se consideran automaticamente aprobados, si vencido el plazo establecido o MORDAZA, no se hubiere emitido pronunciamiento expreso; Que, de acuerdo a las normas citadas, la solicitud de renovacion de autorizacion presentada con escrito de registro N° 2012-065143-A, quedo aprobada al 10 de octubre de 2013, en aplicacion del silencio administrativo positivo, al haber transcurrido el plazo del procedimiento sin que la Administracion emita el pronunciamiento expreso correspondiente; Que, mediante Informe N° 3335-2013-MTC/29.02, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones da cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada el 29 de setiembre de 2013, segun Acta de Inspeccion Tecnica N° 317-2013, a la estacion autorizada al senor MORDAZA PILA CHULLO, verificandose que se encuentra prestando el servicio conforme a las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, con las caracteristicas tecnicas autorizadas, y cumpliendo con el objetivo y programacion de su proyecto de comunicacion, por lo que el resultado de la inspeccion tecnica es favorable; Que, mediante Resolucion Viceministerial N° 1082004-MTC/03 y sus modificatorias, se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM), para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Sicuani - Tinta, que comprende al distrito de Tinta, provincia de Canchis, departamento de MORDAZA, lugar donde se ubica la estacion materia de renovacion Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe N° 1903-2014MTC/28, MORDAZA con Informe N° 0176-2015-MTC/28, opina que ha quedado aprobada al 10 de octubre de 2013, en aplicacion del silencio administrativo positivo, la solicitud de renovacion de la autorizacion otorgada al senor MORDAZA PILA CHULLO mediante Resolucion Viceministerial N° 100-2003-MTC/03; recomendando emitir la resolucion correspondiente para su formalizacion; al haber cumplido con la MORDAZA de los requisitos y con las condiciones previstas para tal efecto, y que no se encuentra incurso en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de autorizacion, previstas en la Ley de Radio y Television, su Reglamento y el MORDAZA del Ministerio; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278 y su modificatoria, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, el MORDAZA del Ministerio, la Ley del Silencio Administrativo ­ Ley N° 29060, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 0212007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada al 10 de octubre de 2013, en aplicacion del silencio administrativo positivo, la renovacion de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial N° 100-2003-MTC/03, al senor MORDAZA PILA CHULLO, por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 12 de junio de 2023, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de SicuaniTinta, departamento de Cusco. Articulo 2°.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y debe haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, se procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 3º.- El titular de la autorizacion esta obligado al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto

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