TEXTO PAGINA: 43
El Peruano Miércoles 4 de marzo de 2015 547909 Panamá, República de Panamá, los días 5 y 6 de marzo de 2015. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2015 de la SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Víctor Martín Ramos Chávez Viáticos US $ 315,00 Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 1206976-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen que el Presidente de la Sala Penal de Apelaciones de Ventanilla establezca cronograma de realización trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 060-2015-P-CSJV/PJ Ventanilla, 25 de febrero de 2015 VISTOS: Decreto Ley Nº 25476, Resolución Administrativa Nº 008-2011-SP-CS-PJ de fecha 10 de marzo de 2011; y, CONSIDERANDO: Primero.- De conformidad con lo establecido en el artículo 1º del Decreto Ley Nº 25476, las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República, realizarán un Audiencia Pública Extraordinaria con la asistencia del Fiscal respectivo en la que se procederá con lo señalado en la citada norma; asimismo, según prescribe el artículo 2º de la norma en comento, los Presidentes de las Cortes Superiores aprobarán un cronograma de realización trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias, a fi n de garantizar que los procesos penales se tramiten en los plazos fi jados por la ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad. Segundo.- Considerando lo establecido en el tercer párrafo del artículo 1º del Reglamento de Audiencias Públicas y Extraordinarias, resulta necesario que el Presidente de la Sala Penal de Apelaciones, elabore un cronograma teniendo en cuenta lo establecido en el Reglamento acotado aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 008-2011-SP-CS-PJ, de fecha 10 de marzo de 2011, a fi n de que sea aprobado por esta Presidencia en su oportunidad, tomando en cuenta lo establecido en el segundo párrafo del artículo 2º de dicho Reglamento. Por tanto, en uso de las facultades conferidas en artículo 90º incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que el Presidente de la Sala Penal de Apelaciones de Ventanilla, establezca un cronograma de realización trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias. Artículo Segundo.- PRECISAR que el cronograma trimestral citado en el párrafo que antecede, deberá ser remitido a esta Presidencia dentro de los tres días de efectuada la publicación de la presente resolución, para su aprobación correspondiente. Artículo Tercero.- PONER EN CONOCIMIENTO de la presente Resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, Presidencia de la Sala Penal de Apelaciones y Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELICEA INES ZUÑIGA HERRERA DE LEGUA Presidenta 1206052-1 Establecen rol de turno de los Juzgados de Familia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 061-2015-P-CSJV/PJ Ventanilla, 25 de febrero de 2015 VISTOS: Las Resoluciones Administrativas N° 009- 2015-P-CSJV/PJ de fecha 05 de enero de 2015 y N°040- 2015-P-CSJV/PJ de fecha 29 de enero de 2015; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Mediante Resolución Administrativa N° 009-2015-CSJV/PJ, se implementó el Sistema de Turno Permanente para los Juzgados de Familia de esta Corte Superior de Justicia por un período semanal disponiéndose que dicho sistema se aplicará para los jueces de Familia del 1° Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla, 2° Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla y Juzgado de Familia Transitorio de Ventanilla. SEGUNDO: La Resolución Administrativa N° 040- 2015-P-CSJV/PJ, dispuso que el turno permanente en materia de familia del Distrito Judicial de Ventanilla, estará a cargo del Primer Juzgado de Familia de esta Corte Superior de Justicia, a partir de las 08:00 horas del día lunes 02 de febrero de 2015 hasta las 07:59 horas del 02 de marzo de 2015, por el período vacacional comprendido entre el 01 de febrero hasta el 02 de marzo del presente año. TERCERO: Según lo expuesto en el considerando anterior, resulta pertinente establecer el turno judicial para los jueces de Familia para el mes de marzo de 2015. Por tanto, en uso de las facultades conferidas en artículo 90° incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ESTABLECER el rol de turno de los Juzgados de Familia de esta Corte Superior de Justicia según se detalla en el siguiente cuadro: Juzgado Semana Turno 2° Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla 02 al 09 de marzo de 2015 Desde las 16:46 horas del día lunes 02 de marzo hasta las 07:59 horas del día lunes 09 de marzo de 2015. Juzgado de Familia Transitorio de Ventanilla 09 al 16 de marzo de 2015 Desde las 16:46 horas del día lunes 09 de marzo hasta las 07:59 horas del día lunes 16 de marzo de 2015.