Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2015 (04/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Miercoles 4 de marzo de 2015

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Con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia de Consejo de Ministros; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1.- Modificacion de los articulos 8, 18, 19, 20, 21 y 23, del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102014-VIVIENDA Modificanse los articulos 8, 18, 19, 20, 21 y 23 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, los cuales quedan redactados en los siguientes terminos: "Articulo 8.- Estructura Organica El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, cuenta con la siguiente estructura organica: (...) Secretaria General 01.1.1.Oficina de Atencion al Ciudadano 01.1.2.Oficina de Gestion Documentaria y Archivo 01.1.3.Oficina de Dialogo y Gestion Social 01.1.4.Oficina de Seguridad y Defensa Nacional 01.1.5.Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupcion (...)" "Articulo 18.- Secretaria General La Secretaria General esta a cargo de un Secretario(a) General, es la MORDAZA autoridad administrativa del Ministerio. Asiste y asesora al Ministro(a) en los sistemas administrativos, asume las facultades que expresamente le delegue el Ministro(a). Tiene a su cargo la coordinacion y supervision de los organos de apoyo y asesoramiento; la conduccion y supervision de atencion al ciudadano, gestion documentaria y archivo, dialogo y gestion social, seguridad y defensa nacional; asi como la supervision de las acciones de integridad y lucha contra la corrupcion, y la actualizacion del MORDAZA de transparencia del Ministerio". "Articulo 19.- Funciones de la Secretaria General Son funciones de la Secretaria General, las siguientes: a) Asesorar a la Alta Direccion en las materias de su competencia; b) Coordinar y supervisar a los organos de apoyo y asesoramiento, en la gestion y funcionamiento de los sistemas administrativos en el Ministerio; c) Coordinar los aspectos tecnico-administrativos con los organos, programas y proyectos del Ministerio y sus organismos publicos adscritos; d) Proponer o aprobar lineamientos, directivas y procedimientos relacionados a la gestion y funcionamiento de los sistemas administrativos en el Ministerio, observando el MORDAZA normativo vigente y los lineamientos que emitan los organos rectores competentes; e) Proponer al Ministro(a) los planes estrategicos sectorial e institucional, el plan operativo y presupuesto institucional del Ministerio; asi como otros documentos de gestion que requieran su aprobacion; f) Coordinar con otros organismos de la Administracion Publica y del sector privado, los asuntos de su competencia, cuando corresponda; g) Revisar y proponer al Despacho Ministerial los proyectos de dispositivos legales para su visacion o aprobacion, segun corresponda; asi como, sistematizar y supervisar su registro, numeracion, publicacion, archivo y custodia; h) Supervisar la actualizacion permanente del MORDAZA de Transparencia del Ministerio; i) Aprobar el establecimiento de estandares de calidad y otros que MORDAZA relevantes para el funcionamiento de

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014VIVIENDA
DECRETO SUPREMO N° 006-2015-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Vigesimo Sexta Politica de Estado del Acuerdo Nacional, referida a la promocion de la etica y la transparencia y erradicacion de la corrupcion, el MORDAZA de dinero, la evasion tributaria y el contrabando en todas sus formas, establece entre sus objetivos, velar por el desempeno responsable y transparente de la funcion publica; promover una cultura de respeto a la ley, de solidaridad y de anticorrupcion, que elimine las practicas violatorias del orden juridico, incluyendo el trafico de influencias, el nepotismo, el narcotrafico, el contrabando, la evasion tributaria y el MORDAZA de dinero; y regular la funcion publica para evitar su ejercicio en funcion de intereses particulares; Que, la Ley N° 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, establece los principios, deberes y prohibiciones eticos que rigen para los servidores publicos de las entidades de la Administracion Publica; Que, el numeral 8 del articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, dispone que la Prevencion es un MORDAZA de servicio al ciudadano, el mismo que consiste en la gestion para enfrentar los riesgos que afecten la MORDAZA de las personas y para asegurar la prestacion de los servicios fundamentales; Que, por Decreto Supremo Nº 119-2012-PCM, se aprueba el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupcion 2012-2016, que incluye entre otros objetivos estrategicos: i) Articulacion y coordinacion interinstitucional para la lucha contra la corrupcion; ii) Prevencion eficaz de la corrupcion; iii) Investigacion y sancion oportuna y eficaz de la corrupcion en el ambito administrativo y judicial; Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2014VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el cual establece la estructura organica, las competencias y las funciones de sus organos y unidades organicas; Que, es politica del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento consolidar un sector transparente, promotor de la probidad dentro de sus organos, programas, proyectos, asi como en sus organismos publicos y entidades adscritas, y con la ciudadania, garantizando la prevencion, investigacion, control y sancion efectiva de los actos de corrupcion; Que, es necesario crear en el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupcion, encargada de conducir las acciones preventivas en materia de politica de anticorrupcion, lo cual conlleva modificar las funciones de la Secretaria General y de la Oficina de Atencion al Ciudadano, e igualmente, se requiere modificar la denominacion de la Oficina de Prevencion de Conflictos por Oficina de Dialogo y Gestion Social; Que, en consecuencia, corresponde modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado con Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, de acuerdo con lo regulado en los "Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administracion Publica", aprobados por el Decreto Supremo Nº 0432006-PCM;

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