TEXTO PAGINA: 44
El Peruano Miércoles 4 de marzo de 2015 547910 Juzgado Semana Turno 1° Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla 16 al 23 de marzo de 2015 Desde las 16:46 horas del día lunes 16 de marzo hasta las 07:59 horas del día lunes 23 de marzo de 2015. 2° Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla 23 al 30 de marzo de 2015 Desde las 16:46 horas del día lunes 23 de marzo hasta las 07:59 horas del día lunes 30 de marzo de 2015. Artículo Segundo.- DISPONER que la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura en el ejercicio de sus funciones y atribuciones, supervise el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Resolución Administrativa y actúe según sus facultades otorgadas. Artículo Tercero.- PONER EN CONOCIMIENTO de la presente Resolución al señor Presidente del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, Presidencia de la Junta de Fiscales del Callao, Dirección Distrital de la Defensoría de Ofi cio, Ofi cina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla y Magistrados interesados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELICEA INES ZUÑIGA HERRERA DE LEGUA Presidenta 1206053-1 Conforman Comisión Permanente de Selección de Personal bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios CAS, de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 062-2015-P-CSJV/PJ Ventanilla, 26 de febrero de 2015 VISTOS: El Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM, Resolución Administrativa de la Gerencia General del Poder Judicial Nº 589-2012- GGPJ de fecha 12 de octubre de 2012; y, CONSIDERANDO: Primero: El artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación de Administrativa de Servicios, tiene por objeto garantizar los principios de méritos y capacidad, igualdad de oportunidad y profesionalismo de la administración pública; asimismo, según lo prescrito en el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM, el contrato administrativo de servicios es un régimen especial de contratación laboral para el sector público, que vincula a una entidad pública con una persona natural que presta servicios de manera subordinada. Se rige por normas especiales y confi ere a las partes únicamente los benefi cios y las obligaciones inherentes al régimen especial. Segundo: Mediante Resolución Administrativa de la Gerencia General del Poder Judicial Nº 589-2012-GGPJ, se aprueba la Directiva Nº 008-2012-GG-PJ denominada “Directiva que regula la contratación de personal bajo los alcances del Decreto Legislativo Nº 1057, Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios”, que en su punto 6.3 regula lo concerniente a las Comisiones Ad Hoc conformadas para procesos CAS que indica en el numeral 6.3.1. que las Comisiones CAS Ad Hoc, estarán integradas por tres miembros, que se encargarán de llevar a cabo la evaluación, califi cación y clasifi cación de los postulantes declarados aptos, debiendo ser designados mediante Resolución Administrativa de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia; asimismo, en el tercer párrafo del numeral 6.3.2 de la citada Directiva se contempla que la comisión deberá conformarse por el Jefe de la Ofi cina de Administración Distrital o un representante, además de los miembros que designe la Presidencia de la Corte Superior de Justicia (02), así como sus suplentes. Tercero: El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, en aras de lograr el mejor desempeño en el Despacho Administrativo, por tanto, en uso de las facultades conferidas en artículo 90º incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONFORMAR la Comisión Permanente de Selección de Personal bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios CAS, de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla para el año judicial 2015, conforme se detalla a continuación: Miembros Titulares: Ec. Luis Reynaldo Gonzáles Herrera, quien la presidirá Dr. Christian Arturo Hernández Alarcón Abog. Melody Nhora Ventura Torres Miembros Suplentes: Abog. Glenda Magaly Ricra Curioso Abog. Jorge Arturo Rojas Chumbiauca Artículo Segundo.- DISPONER que la comisión conformada realice los procesos de selección en estricto cumplimiento de la normatividad correspondiente. Artículo Tercero.- PONER EN CONOCIMIENTO de la presente Resolución Administrativa a la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, Ofi cina de Administración Distrital y Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla y a los interesados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese y cúmplase. ELICEA INES ZUÑIGA HERRERA DE LEGUA Presidenta 1206053-2 Establecen rol de turno de los Juzgados Penales de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 064-2015-P-CSJV/PJ Ventanilla, 25 de febrero de 2015 VISTOS: Las Resoluciones Administrativas Nº 097- 2014-P-CSJV/PJ de fecha 31 de diciembre de 2014 y Nº 041-2015-P-CSJV/PJ de fecha 29 de enero de 2015; y, CONSIDERANDO: Primero: Mediante Resolución Administrativa Nº 097-2014-CSJV/PJ, se programó el rol del Turno Penal Permanente para el mes de enero de 2015 entre el Primer Juzgado Penal de Ventanilla, Segundo Juzgado Penal de Ventanilla y el Juzgado Penal Transitorio de Ventanilla. Segundo: Asimismo, la Resolución Administrativa Nº 041-2015-P-CSJV/PJ, dispuso el turno de los juzgados penales designados como órganos de emergencia durante el periodo vacacional, resultando necesario programar el turno de los juzgados citados correspondiente al mes de marzo del año 2015. Por tanto, en uso de las facultades conferidas en artículo 90º incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;