Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2015 (04/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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Juzgado Semana Turno 1° Juzgado de 16 al 23 de marzo Desde las 16:46 horas Familia Permanente de 2015 del dia lunes 16 de de Ventanilla marzo hasta las 07:59 horas del dia lunes 23 de marzo de 2015. 2° Juzgado de 23 al 30 de marzo Desde las 16:46 horas Familia Permanente de 2015 del dia lunes 23 de de Ventanilla marzo hasta las 07:59 horas del dia lunes 30 de marzo de 2015. Articulo Segundo.- DISPONER que la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura en el ejercicio de sus funciones y atribuciones, supervise el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Resolucion Administrativa y actue segun sus facultades otorgadas. Articulo Tercero.- PONER EN CONOCIMIENTO de la presente Resolucion al senor Presidente del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, Presidencia de la Junta de Fiscales del Callao, Direccion Distrital de la Defensoria de Oficio, Oficina de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla y Magistrados interesados, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. ELICEA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidenta 1206053-1

El Peruano Miercoles 4 de marzo de 2015

la Corte Superior de Justicia; asimismo, en el tercer parrafo del numeral 6.3.2 de la citada Directiva se contempla que la comision debera conformarse por el Jefe de la Oficina de Administracion Distrital o un representante, ademas de los miembros que designe la Presidencia de la Corte Superior de Justicia (02), asi como sus suplentes. Tercero: El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, en aras de lograr el mejor desempeno en el Despacho Administrativo, por tanto, en uso de las facultades conferidas en articulo 90º incisos 3) y 9) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- CONFORMAR la Comision Permanente de Seleccion de Personal bajo el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios CAS, de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla para el ano judicial 2015, conforme se detalla a continuacion: Miembros Titulares: Ec. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la presidira Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Abog. MORDAZA Nhora MORDAZA MORDAZA Miembros Suplentes: Abog. MORDAZA Magaly MORDAZA MORDAZA Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo Segundo.- DISPONER que la comision conformada realice los procesos de seleccion en estricto cumplimiento de la normatividad correspondiente. Articulo Tercero.- PONER EN CONOCIMIENTO de la presente Resolucion Administrativa a la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, Oficina de Administracion Distrital y Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla y a los interesados, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese y cumplase. ELICEA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidenta 1206053-2

Conforman Comision Permanente de Seleccion de Personal bajo el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios CAS, de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 062-2015-P-CSJV/PJ Ventanilla, 26 de febrero de 2015 VISTOS: El Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM, Resolucion Administrativa de la Gerencia General del Poder Judicial Nº 589-2012GGPJ de fecha 12 de octubre de 2012; y, CONSIDERANDO: Primero: El articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Regimen Especial de Contratacion de Administrativa de Servicios, tiene por objeto garantizar los principios de meritos y capacidad, igualdad de oportunidad y profesionalismo de la administracion publica; asimismo, segun lo prescrito en el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM, el contrato administrativo de servicios es un regimen especial de contratacion laboral para el sector publico, que vincula a una entidad publica con una persona natural que presta servicios de manera subordinada. Se rige por normas especiales y confiere a las partes unicamente los beneficios y las obligaciones inherentes al regimen especial. Segundo: Mediante Resolucion Administrativa de la Gerencia General del Poder Judicial Nº 589-2012-GGPJ, se aprueba la Directiva Nº 008-2012-GG-PJ denominada "Directiva que regula la contratacion de personal bajo los alcances del Decreto Legislativo Nº 1057, Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios", que en su punto 6.3 regula lo concerniente a las Comisiones Ad Hoc conformadas para procesos CAS que indica en el numeral 6.3.1. que las Comisiones CAS Ad Hoc, estaran integradas por tres miembros, que se encargaran de llevar a cabo la evaluacion, calificacion y clasificacion de los postulantes declarados aptos, debiendo ser designados mediante Resolucion Administrativa de la Presidencia de

Establecen rol de turno de los Juzgados Penales de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 064-2015-P-CSJV/PJ Ventanilla, 25 de febrero de 2015 VISTOS: Las Resoluciones Administrativas Nº 0972014-P-CSJV/PJ de fecha 31 de diciembre de 2014 y Nº 041-2015-P-CSJV/PJ de fecha 29 de enero de 2015; y, CONSIDERANDO: Primero: Mediante Resolucion Administrativa Nº 097-2014-CSJV/PJ, se programo el rol del Turno Penal Permanente para el mes de enero de 2015 entre el Primer Juzgado Penal de Ventanilla, MORDAZA Juzgado Penal de Ventanilla y el Juzgado Penal Transitorio de Ventanilla. Segundo: Asimismo, la Resolucion Administrativa Nº 041-2015-P-CSJV/PJ, dispuso el turno de los juzgados penales designados como organos de emergencia durante el periodo vacacional, resultando necesario programar el turno de los juzgados citados correspondiente al mes de marzo del ano 2015. Por tanto, en uso de las facultades conferidas en articulo 90º incisos 3) y 9) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial;

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